Partición y distribución de la herencia

Partición y distribución de la herencia. Los llamados a suceder cuando no existe testamento, se pueden dividir así:

CLASIFICACIÓN DE LOS HEREDEROS EN UNA PARTICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA HERENCIA:

1: Hijos o descendiente con filiación comprobada, incluyendo el hijo adoptado.

2: Cónyuge superviviente no legalmente separado de cuerpo y bienes.

3: Ascendiente consanguíneos, padres adoptantes y sus ascendientes.

4: Hermanos del causante y a falta de estos sus sobrinos pero por derecho de representación.

5: Colaterales consanguíneos hasta el 6° grado.

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CONCURRENCIAS Y EXCLUSIONES EN PARTICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA HERENCIA:

GRUPO 1: No lo excluye nadie. El excluye a los grupos 3, 4 y 5 y concurre con el grupo 2, tomando el cónyuge superviviente una parte igual a la  de un hijo.

GRUPO 2: No lo excluye nadie. Excluye solamente al grupo 5. En concurrencia con el 3, excluye al 4 y 5.

Cuando concurre con el 1, recibe una parte igual a un hijo.

Si no hay grupo 1, entonces concurre con el 3.

En ausencia del grupo 1 ni 3, concurre con el 4, tomando el 50% cada grupo.

A falta de 1, 3 y 4, corresponde íntegramente la herencia al cónyuge.

Al faltar el 1, 2 y 3, la herencia será íntegra de los hermanos.

GRUPO 3: Lo excluye el 1. A su vez el excluye a 4 y 5.

Cuando concurre con el 2, corresponde a cada uno el 50% de la herencia.

Si no hay  grupo 1 ni 2, le toca el 100% de la herencia.

GRUPO 4: es excluido por el grupo 1, concurre con el 2 y excluye al 5.

Si no hay grupo 1 ni 2 ni 3, la herencia le toca al 100%.

GRUPO 5: es excluido por los demás grupos. A falta de los grupos anteriores, suceden al causante.

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¿SI NO HAY NINGÚN HEREDERO QUE OCURRE CON LA HERENCIA?:

Los bienes pasarán a la Nación, quien responderá por los pasivos de la herencia, hasta concurrencia del activo, tal y como ocurre en la herencia aceptada a beneficio de inventario.

No obstante, lo cierto es que lo normal es que los herederos reclamen la herencia, pero puede ocurrir que la persona no tenga herederos o que los herederos no tengan conocimiento  del lugar donde reside el causante ni de sus bienes, es aquí donde cobra importancia esta institución.

En la actualidad y con ocasión a la ola masiva de emigrantes venezolanos, estamos seguros que el porcentaje de herencias yacentes va a ir aumentado.

En consecuencia, como Abogados debemos estar atentos a esta figura jurídica.

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Para ampliar esta información: puedes consultar en nuestra Página Web este artículo: https://www.tusolucionlegal.com.ve/reparticion-de-una-herencia-familiar/ donde podrás también plantear tu inquietud que responderemos a la brevedad.

Abogado UCAB

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