Partición y distribución de la herencia. Los llamados a suceder cuando no existe testamento, se pueden dividir así:
CLASIFICACIÓN DE LOS HEREDEROS EN UNA PARTICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA HERENCIA:
1: Hijos o descendiente con filiación comprobada, incluyendo el hijo adoptado.
2: Cónyuge superviviente no legalmente separado de cuerpo y bienes.
3: Ascendiente consanguíneos, padres adoptantes y sus ascendientes.
4: Hermanos del causante y a falta de estos sus sobrinos pero por derecho de representación.
5: Colaterales consanguíneos hasta el 6° grado.
CONCURRENCIAS Y EXCLUSIONES EN PARTICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA HERENCIA:
GRUPO 1: No lo excluye nadie. El excluye a los grupos 3, 4 y 5 y concurre con el grupo 2, tomando el cónyuge superviviente una parte igual a la de un hijo.
GRUPO 2: No lo excluye nadie. Excluye solamente al grupo 5. En concurrencia con el 3, excluye al 4 y 5.
Cuando concurre con el 1, recibe una parte igual a un hijo.
Si no hay grupo 1, entonces concurre con el 3.
En ausencia del grupo 1 ni 3, concurre con el 4, tomando el 50% cada grupo.
A falta de 1, 3 y 4, corresponde íntegramente la herencia al cónyuge.
Al faltar el 1, 2 y 3, la herencia será íntegra de los hermanos.
GRUPO 3: Lo excluye el 1. A su vez el excluye a 4 y 5.
Cuando concurre con el 2, corresponde a cada uno el 50% de la herencia.
Si no hay grupo 1 ni 2, le toca el 100% de la herencia.
GRUPO 4: es excluido por el grupo 1, concurre con el 2 y excluye al 5.
Si no hay grupo 1 ni 2 ni 3, la herencia le toca al 100%.
GRUPO 5: es excluido por los demás grupos. A falta de los grupos anteriores, suceden al causante.
¿SI NO HAY NINGÚN HEREDERO QUE OCURRE CON LA HERENCIA?:
Los bienes pasarán a la Nación, quien responderá por los pasivos de la herencia, hasta concurrencia del activo, tal y como ocurre en la herencia aceptada a beneficio de inventario.
No obstante, lo cierto es que lo normal es que los herederos reclamen la herencia, pero puede ocurrir que la persona no tenga herederos o que los herederos no tengan conocimiento del lugar donde reside el causante ni de sus bienes, es aquí donde cobra importancia esta institución.
En la actualidad y con ocasión a la ola masiva de emigrantes venezolanos, estamos seguros que el porcentaje de herencias yacentes va a ir aumentado.
En consecuencia, como Abogados debemos estar atentos a esta figura jurídica.
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