Contrato de vientre subrogado, ¿es legal? Aunque suene un atentado o no a los viejos principios o códigos morales, lo cierto es que hoy por hoy es una realidad muy frecuente.
CONTRATO DE VIENTRE SUBROGADO, ¿ES LEGAL?
Antes era impensable imaginar que existiera otra madre distinta a la madre genética o biológica.
Recordemos que “madre solo hay una”, la madre “siempre es cierta”, pero hoy existen hasta dos y tres madres.
Problemas legales: Todo lo anterior genera multiplicidad de conflictos que deben ser resueltos en los órganos jurisdiccionales.
CONTRATO DE VIENTRE SUBROGADO, ¿ES LEGAL?
(Partes)
La imposibilidad de gestar: Se acude a otra mujer para que esta geste el producto de la concepción, con el consecuente embarazo y posterior alumbramiento.
Donación de óvulos y/o de gametos para lograr la fecundación artificialmente: Genera o una maternidad uterina con la gestación y el parto, o una maternidad genética con utilización del óvulo de la madre subrogada.
CONTRATO DE VIENTRE SUBROGADO, ¿ES LEGAL?
(Base legal escasa)
Sutil referencia del artículo 204 del Código Civil: “El marido no puede desconocer al hijo alegando su impotencia, a menos que sea manifiesta y permanente. El desconocimiento no se admitirá, aun en ese caso, cuando la concepción ha tenido lugar por la inseminación artificial de la mujer con autorización del marido.”
Sentencias vinculantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: Sentencia N° 1456, del 27-07-06 y Sentencia Nº 1187, del 15-12-16
CONTRATO DE VIENTRE SUBROGADO, ¿ES LEGAL?
Alquiler de Vientre: Cuando la mujer que no puede concebir dispone de sus óvulos para que sean fecundados a través de inseminación artificial, bien sea con esperma de su pareja o de un donante, posteriormente implantados en el útero de otra mujer (madre subrogada).
CONTRATO DE VIENTRE SUBROGADO, ¿ES LEGAL?
(A CAMBIO DE DINERO)
En opinión de quien suscribe, cualquier disposición a título oneroso que intente regular la filiación a cambio de un contrato mercantil, hoy por hoy, resultará nulo de toda nulidad, por tener un objeto ilícito y, por ende, carecer de eficacia jurídica.
Es lo que tenemos al día de hoy.
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