Puedo vender un bien de mi hijo. Siempre que se trate de la venta o compra de bienes perteneciente a niños o adolescentes, deberá solicitarse la debida autorización del Tribunal competente.
Para dicho acto la Ley requiere:
De aquellos que ejercen la patria potestad y de la intervención del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
PUEDO VENDER UN BIEN DE MI HIJO
(Nociones elementales)
Lo primero y más importante es que la materia de Familia es de orden público.
Patria Potestad:
el conjunto de deberes y derechos de los progenitores en relación con sus hijos que no hayan alcanzado la mayoridad. Un sistema de protección integral para lo cual se tomará en cuenta el interés superior.
La Patria Potestad comprende:
La responsabilidad de crianza, la representación, la administración de los bienes de los hijos sometidos a ella.
PUEDO VENDER UN BIEN DE MI HIJO
Actos que requieren autorización del Tribunal:
Entre ellos,hipotecar, enajenar, renunciar a herencias, aceptar donaciones o legados sujetos a cargas o condiciones, particiones, préstamos, arrendamientos o anticresis por más de 3 años.
PUEDO VENDER UN BIEN DE MI HIJO
Sólo es concedida la autorización en caso de evidente necesidad o utilidad para el menor, oída la opinión del Ministerio Público.
El progenitor autorizado, será responsable de los perjuicios que se ocasionen.
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