El Gobierno Nacional publicó la Gaceta Oficial N° 42.575, donde extiende por un año las exoneraciones del IGTF a ciertas operaciones.
El Impuesto a las Grandes Transacciones, IGTF aplica un 3% a las transacciones con monodas distintas al bolívar o el Petro.
De acuerdo con el nuevo instrumento quedan exentas de este tributo las siguientes operaciones:
La compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela.
También los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos.
Los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por Venezuela.
Asimismo también quedan exoneradas las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas».
Los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago.
Quedan exentos los pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.
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