Juez de EE.UU. suspende temporalmente permiso para venta de acciones de Citgo

La petrolera Citgo consiguió algo de oxígeno frente a acreedores que intentan embargarla, pues que el juez federal Paul B. Matey, del Tercer Circuito acató favorablemente una moción interpuesta por la Junta Directiva Had Hoc de Petróleos de Venezuela, que es reconocida por el gobierno y el sistema de justicia de Estados Unidos.

«La moción de suspensión precedente se remite al panel de este Tribunal que decidirá sobre el fondo de estos recursos. Mientras tanto, se ordena una suspensión administrativa temporal: se SUSPENDEN los procedimientos adicionales en los seis recursos de apelación SUSPENDIDOS hasta nueva orden de este Tribunal».

Esto dice el fallo del juez Matey, según una publicación del portal El Estímulo.

Esta suspensión se refiere a los casos 23-1647, 23-1648, 23-1649, 23-1650, 23-1651, 23-1652, y 23-1781, incoados por un grupo de empresas extranjeras contra la República Bolivariana de Venezuela, en reclamo de dineros pendientes de pago tras expropiaciones ordenadas por el régimen chavista o incumplimiento de contratos comerciales.

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Teóricamente, también la decisión del juez da más tiempo a Citgo y a Venezuela para evitar su muerte por desguace, pues habría más tiempo para que se busque una solución negociada que incluya al gobierno de Nicolás Maduro, a los representantes de la oposición -cuya autoridad solo es reconocida por Estados Unidos y un puñado de países- y a los propios acreedores interesados en recupera su dinero y sus inversiones.

Estas empresas involucradas en este caso son: OI European Group B.V; Northrop Grumman Ship Systems, Inc, antes conocida como Ingalls Shipbuilding, Inc (en este caso contra el ministerio de la Defensa de Venezuela), ACL1 Investments Ltd., ACL2 Investments Ltd., y LDO (Cayman) XVIII Ltd, además de la minera canadiense Rusoro Mining Limited y Koch Minerals Sàrl y su filial Koch Nitrogen International Sàrl y la minera Gold Reserve Inc.

La revisión de estos recursos seguirá su curso en un «calendario perentorio» según el cual los apelantes deberán presentar sus escritos el 19 de mayo de 2023 o antes; los escritos de respuesta de los apelados deben ser presentados antes del 2 de junio de 2023 y los escritos de réplica deberán presentarse antes del 9 de junio de 2023.

Con información de El Estímulo

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