¿Quién quedaría a cargo? AN autoriza viaje de Maduro al exterior mientras Delcy Rodríguez está en China

La Comisión Delegada de la Asamblea Nacional autorizó una gira de Nicolás Maduro fuera del país, con la finalidad de tocar varios países, entre ellos China.

La autorización cabe entre las atribuciones de la Comisión Delegada, pero llama la atención que se haya concretado mientras la vicepresidenta, Delcy Rodríguez, también se encuentra fuera del país, por lo que, al menos mediáticamente, en el Palacio de Miraflores no habría quien gobierne, salvo que Maduro y Rodríguez se crucen en el camino o coincida la llegada de una y la ida del otro y así no habría un vacío de poder.

En la reunión de la Delegada se leyó una carta enviada «por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, para solicitar el permiso de salida del territorio nacional como lo establece la Constitución en el artículo 235», lo cual quedó aprobado.

Artículo 235: «La ausencia del territorio nacional por parte del Presidente o Presidenta de la República requiere autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos. Sección Segunda: De las Atribuciones del Presidente o Presidenta de la República».

«Solicita el permiso correspondiente para realizar un viaje de trabajo, de Estado, a varios destinos a los cuales fue invitado a efectos de profundizar relaciones diplomáticas, de encuentro y consolidación de este mundo multipolar», leyó Jorge Rodríguez, presidente de la AN.

Por otro lado, la Carta Magna, en el artículo 239 dice que: «Son atribuciones del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva: 1. Colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en la dirección de la acción del Gobierno. 2. Coordinar la Administración Pública Nacional de conformidad con las instrucciones del Presidente o Presidenta de la República. 3. Proponer al Presidente o Presidenta de la República el nombramiento y la remoción de los Ministros o Ministras. 4. Presidir, previa autorización del Presidente o Presidenta de la República, el Consejo de Ministros. 5. Coordinar las relaciones del Ejecutivo Nacional con la Asamblea Nacional. 6. Presidir el Consejo Federal de Gobierno. 7. Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios o funcionarias nacionales cuya designación no esté atribuida a otra autoridad. 8. Suplir las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República. 9. Ejercer las atribuciones que le delegue el Presidente o Presidenta de la República. 10. Las demás que le señalen esta Constitución y la ley».

Janet Yucra

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