La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó trasladar desde Aragua a Caracas todo el proceso judicial abierto contra cuatro exdirectivos de Pdvsa Gas Comunal.
Se trata de la sentencia N° 30 redactada por Maikel Moreno, presidente del TSJ de Nicolás Maduro.
Entre los procesados figura Jacob Rafael Grey Varela, quien era el presidente de la empresa distribuidora del gas comunal. También están procesados los exgerentes de plantas Yhoandry José Guevara Álvarez, Oriana Alejandra Betancourt Corales, Eder Alexis Dugarte y Adán Felipe Contreras Freite, propietario del galpón Maracay Gas 2020 donde vendía bombonas de gas en dólares, según Fiscalía.
Estas personas fueron capturadas en febrero pasado por funcionarios adscritos a la Dgcim y presentadas ante el Tribunal 7° de Control de Aragua. El Ministerio Público les imputó corrupción propia, especulación, boicot y desestabilización a la economía, entre otros delitos.
Al mes siguiente, el Ministerio Público solicitó al TSJ radicar en otra entidad el proceso penal iniciado en Aragua contra los ex directivos de Pdvsa Gas Comunal, según se desprende del recurso de avocamiento interpuesto por el fiscal Elin Teodoro León Aguilar.
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El fiscal argumentó que los delitos implicados son de naturaleza grave y es necesario mantener el juicio “lejos de cualquier perturbación que pudieran incidir en el desenvolvimiento del proceso”.
El funcionario consignó un extracto de los hechos investigados y describió el desenvolvimiento de “mafias inescrupulosas” dentro de Pdvsa Gas Comunal ejecutoras del “desvió, venta y distribución ilícita de gas licuado de petróleo a nivel nacional, el cual está siendo revendido en divisas por empresas y/o personas dedicadas al comercio especulativo”.
En el TSJ determinaron que los delitos imputados a exdirectivos de la empresa estatal “son considerados como graves por su naturaleza y por atentar contra el Estado venezolano, generando una conmoción social”.
La Sala concluyó que los soportes consignados por la Fiscalía, “demuestran la existencia de un obstáculo ostensible para el adecuado desenvolvimiento del juicio en el circuito judicial penal donde (actualmente) se desarrolla”.
Con información de VTV