Esta es la nueva fecha de vencimiento para el IGTF

El Gobierno Nacional publicó la Gaceta Oficial N° 42.575, donde extiende por un año las exoneraciones del IGTF a ciertas operaciones.

El Impuesto a las Grandes Transacciones, IGTF aplica un 3% a las transacciones con monodas distintas al bolívar o el Petro.

De acuerdo con el nuevo instrumento quedan exentas de este tributo las siguientes operaciones:

La compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela.

También los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos.

Los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por Venezuela.

Asimismo también quedan exoneradas las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas».

Los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago.

Quedan exentos los pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.

Continúa leyendo en Diario 2001.

¿Qué opinas?