«El que se pica es porque ají come». La reacción del oficialismo a la elección primaria que un sector de la oposición celebró el 22 de octubre, con el propósito de elegir a su candidato unitario para las presidenciales de 2024, ha corroborado este refrán popular.
Así, tras ignorarla e incluso asegurar en más de una ocasión que no se celebraría, nada más conocidos los resultados de la consulta las autoridades han emprendido una campaña contra este proceso y en contra de los organizadores del acto, señala la ONG Acceso a la Justicia en un análisis del caso
«[Jesús María Casal, presidente de la Comisión Nacional de la Primaria] ha cometido un delito. Es una verdadera pillería lo que hicieron el domingo (…) De dónde sacaste eso [que votaron 2,3 millones de personas], bárbaro, ladrón, farsante», declaró el 24 de octubre el presidente de la Asamblea Nacional (AN), diputado Jorge Rodríguez.
Pero el legislador no se quedó allí y denunció: «Aquí aparece un verdadero delito, porque ellos están inflando el número de personas; es decir están usurpando la identidad de 2 millones 500 mil venezolanos». Rodríguez, quien hizo gala de los conocimientos que adquirió mientras presidió el Consejo Nacional Electoral (CNE), aseveró que a lo sumo participaron 598 mil personas.
Los señalamientos del presidente de la AN son similares a los que ese mismo día hizo el diputado de la «oposición a la medida» que hace vida en la actual legislatura, José Brito, quien acudió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para impugnar el acto.
Las declaraciones de ambos funcionarios, entre otras, sirvieron de excusa al fiscal general Tarek William Saab para anunciar el 25 de octubre el inicio de una investigación penal contra los directivos de la Comisión Nacional de Primarias (CNP), a los que buscará procesar por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, usurpación de identidad, legitimación de capitales y asociación para delinquir.
Dos días después, Saab anunció por su cuenta de X (red social anteriormente conocida como Twitter), que sus subalternos, los fiscales 8 y 73 Nacional, citaron para el 30 de octubre a Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Abdul-Hadi Casanova, presidente, vicepresidenta y suplente de la Comisión, respectivamente. También fueron citados los integrantes de las juntas regionales de la CNP.
Sin embargo, tras realizar una revisión de los hechos y del ordenamiento jurídico venezolano queda claro que la averiguación de la Fiscalía responde más bien a razones políticas que jurídicas y, por ello, en realidad se trata más bien de una persecución política por las siguientes razones:
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Nadie asumió potestades del CNE
«Al tratarse de las primarias de una elección de organizaciones con fines políticos entonces estaríamos en presencia clara e inequívoca de un caso de usurpación de funciones electorales, ahí no cabe duda». Con estas palabras el fiscal Saab justificó la decisión de su despacho de considerar que los organizadores de la primaria se arrogaron potestades del organismo comicial.
Asimismo, aseguró que el CNE «constitucionalmente es el único que puede organizar elecciones y ayudar a organizaciones políticas, sindicatos, a centros de estudiantes a elegir a sus autoridades».
Ciertamente, el numeral 6 del artículo 293 del texto fundamental señala que es competencia del CNE
«organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Asimismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de estas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios».
No obstante, una lectura de la norma revela que un evento como el del 22 de octubre no está incluido en esta disposición, pues la primaria no fue un proceso para elegir a las autoridades de ningún partido ni tampoco para escoger al abanderado de un partido en particular, sino que fue una consulta en la que los electores debían seleccionar, de entre 10 postulados, muchos de ellos no afiliados a ninguna agrupación, al abanderado presidencial de la oposición.
Asimismo, durante la organización del proceso, ni Casal, ni Camero ni ninguno de los representantes regionales de la CNP desconoció al CNE ni menos aún pretendieron asumir sus funciones o hacerse pasar por funcionarios del CNE. Por el contrario le solicitaron su asistencia técnica, lo que es su potestad como señala el artículo antes transcrito de la Constitución, pero en virtud del tiempo que se tomó el árbitro para responder su petición tuvieron que rechazarla para evitar demorar más el proceso.
Si hubiera habido alguna obligación constitucional de celebrar las primarias a través del CNE, las autoridades en todos los meses transcurridos no se hubieran dado el lujo de no responderle a la oposición o de hacerlo tardíamente, sino que simplemente hubieran obligado a hacerlas con el CNE.
Acusaciones sin pruebas
«Se usaron los nombres, los apellidos y los números de cédula de miles de personas que no acudieron a ese evento electoral, pero que en realidad cuando anuncian el número de votos utilizaron la identidad de esas personas para abultar la cifra». Con estas palabras, Saab justificó la precalificación del delito de usurpación de identidad.
El señalamiento del fiscal, en sintonía con lo expresado tanto por Rodríguez como por Brito, es llamativo. Hasta ahora ningún ciudadano ha denunciado que su nombre figure entre quienes participaron en la primaria pese a no haberlo hecho en la realidad. Esto, requeriría revisar los cuadernos de votación, pero ello no será posible, porque los mismos debieron ser destruidos concluido el proceso según el reglamento que rige las primarias, justamente para proteger la identidad de los electores, pues en el pasado esto fue usado por el chavismo en su contra mediante la conocida Lista Tascón.
Aunque carecen de pruebas y apenas está arrancando la investigación, las autoridades lanzaron acusaciones, vulnerando así el principio de presunción de inocencia previsto en el artículo 49 constitucional.
Lo más alarmante es que el propio fiscal general se haya unido a esto, usando epítetos para calificar, por no decir, condenar, a personas a las que su despacho apenas ha comenzado a investigar, lo que hace dudar sobre su supuesto rol como «parte de buena fe» en el proceso penal.
La celeridad de todo esto también llama la atención en un país donde impera el retardo judicial, pues apenas transcurrida una semana de la celebración de dicho evento, ya se han verificado las citaciones a todos quienes fueron parte de la CNP, quienes fueron interrogados a lo largo de todo el país por la Fiscalía por horas el pasado lunes 30 de octubre.
¿Cuál dinero sucio?
«Los fondos no se conocen, de dónde vinieron, quién los otorgó y dónde están los libros que refieren, paso a paso, la suerte del capital para ese acto electoral totalmente al margen de la ley». De esta manera Saab presentó sus sospechas de que la CNP incurrió en el delito de legitimación de capitales.
Las palabras del funcionario no parecen estar en sintonía con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo, que establece que incurre en legitimación de capitales
«quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita, será penado o penada con prisión de diez a quince años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido».
En pocas palabras, los recursos empleados en la primaria deberían proceder de actividades ilícitas, como el narcotráfico o la corrupción, para poder hablar de legitimación de capitales. No obstante, lo que se conoce es que muchos de los medios empleados para el evento fueron aportados por quienes participaron en él, es decir, por los mismos electores. De hecho, muchas de las mesas se constituyeron en casas de ciudadanos o en sitios de naturaleza privada.
Sin los tres primeros no hay el cuarto
La asociación para delinquir, como su nombre lo indica, requiere que dos o más personas acuerden cometer un determinado delito. Sin embargo, visto que la imputación por usurpación de funciones y de identidad, así como la de legitimación de capitales parecen no tener sustento, pues no podría aplicarse este otro delito por su cuenta.
Janet Yucra
Con información de Acceso a la Justicia
Que personaje tan irrespetuoso con aquellos ciudadanos que decidieron ejercer su derecho politico de escoger libremente a un candidato!!! Acaso esto puede llamarse «pilleria»? Esto último no se ve en ninguna sociedad civilizada!