Tribunal Supremo chavista anula modificación del reglamento

El Tribunal Supremo de Justicia chavista anuló de nulidad absoluta” la modificación que le hiciera la Asamblea Nacional al Reglamento de Interior y de Debate que es donde se rige la Asamblea. Esta enmienda en el documento permitiría a los diputados que viven en el exilio poder votar por medio de internet.

La decisión de la sala Constitucional, que es parte del Tribunal Supremo de Justicia elegida ilegalmente, de espalda a la nueva Asamblea nacional elegida en 2015, dijo que “Se declara nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos de la reforma parcial del reglamento publicado en Gaceta Oficial N° 6.014 del 23 de diciembre 2010”.

El procedimiento de anulación fue iniciado o procurado bajo la base de denuncias hechas por tres diputados de oposición, uno de ellos fue José Gregorio Noriega, quien fue expulsado de la tolda política, Voluntad Popular.

Dijeron de Juan José Mendoza Jover, que “la AN como poder público obliga a la presencia física de sus miembros para deliberar, consensuar y tomar decisiones, de allí que todos los Parlamentos del mundo deben tener una sede que en nuestro país está reconocida constitucionalmente y tiene además carácter histórico como símbolo del poder nacional”.

Agregó la sentencia que “ningún parlamento virtual, todos exigen la presencia física de sus integrantes”.

La AN en desacato ha pretendido violentar las bases constitucionales y republicanas del Estado venezolano, al intentar y desconocer la actuación personal y presencial de la función parlamentaria, reconociendo la cualidad de diputados a personas que no tienen residencia física en el territorio y que abandonaron el ejercicio de sus funciones. Esta vez la pretensión de reconocer a quienes se encuentran en esta situación, lesiona además la legitima aspiración de los diputados suplentes en el ejercicio de los curules vacantes, por la cual se modifica el esquema constitucional propio de nuestra tradición republicana. Este acto constitucionalmente írrito, como lo ha calificado la sala constitucional, conllevaría la disolución del Estado de Derecho” finalizó.

Redacción Curadas.

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