Para luchar contra los daños que produce la devaluación del bolívar en el condominio, se hace la necesario anclarse a una moneda dura.
Rafael Viso nos cuenta su experiencia y nos da recomendaciones respecto al uso de bolívares o dólares en la administración del condominio.
Dale play al audio de Rafael Viso para aprender más al respecto:
Quién es Rafael Viso
Curadas pone a tu disposición el conocimiento, la experiencia y la sabiduría de Rafael Viso, un abogado asesor y consultor experto en juntas de condominio, juntas de vecinos y otras comunidades inmobiliarias.
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Se puede cobrar en dólares dando el equivalente en bolívares y así se dan los recibos de condominio a los residentes del edificio
Por favor, que organismo publico atiende denuncias en contra de juntas de condominio arbitrarias, que se desenvuelven fuera de las leyes, prohíben uso de areas comunes, proponen multas, ofenden y someten al escarnio publico a copropietarios que tienen deudas, por inconformidad y mal manejo del edificio, gracias.
Los propietarios eligen a los miembros de las JC, los inquilinos no tienen potestad en la elección de esta; por otro lado debe existir un listado de Normas Internas aprobada en una votación entre propietarios que debe estar ajustada a las Leyes y que deben ser cumplidas a cabalidad por los residentes.
Buenas noche. Es legal que un copropietario llame a los demás a no cumplir con las cuotas de condominio por inconformidad con la actuación de la Junta de Condominio?
Una pregunta: en mi edificio la junta exige que paguen en dólares la cuota extra, y si no la pagas directo a una cuenta bancaria de uno de los integrantes o le entregas los dólares en Cash y prefieres pagarlo directo a la administradora, entonces te cobran 30% más. Esta situación es legal o es denunciable???
Buenas tardes, a cual organismo del estado podemos dirigirnos para denunciar a un administrador que además es copropietario de la Residencia y toma decisiones arbitrariamente y sin consulta sobre mantenimiento de áreas comunes??
Pues han habido gastos en equipos luminosos solo en áreas cercanas a su apto y a sus estacionamientos, dejando en desventaja otras que no son de su interés?
La Moneda de Venezuela es el.Bolivar .Artículo 318 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Todo lo demás es contrario a Derecho.
Todo muy bien explicado pero omite algo relevante, la moneda de curso legal en Venezuela es el Bolivar; lamentablemente no tiene peso pero todo proceso de cobro en otra moneda debe contar con el consenso y aprobación de los propietarios, ajustándose a lo que establece la Ley.
Imagínese las JDC o admón hacen de la suyas en bolivares, cómo será que se les pague todo en dólares, cuando no hay un ente del estado que haga cumplir la LPH, ideas nuevas para esa JDC corruptas. Fin de mundo.!
Referente a la ley propiedad horizontal hay que actualizarla ya que esta muy caduca
Y como se hace con el artículo 128 de la ley del Banco Central que prohíbe el.cobro en dólares, salvo que sea un contrato entre partes. Al aplicar el artículo 1.692 del código civil..no está actuando impositivamente . Sobre todo porque no hay un contrato entre partes