Cómo anular una venta que no autoricé. La venta sin permiso de la pareja es nula. Las ventas efectuadas por un cónyuge sin el consentimiento del otro son anulables.
CÓMO ANULAR UNA VENTA QUE NO AUTORICÉ
Es necesario que:
- Uno de los cónyuges o concubino haya cumplido un acto de disposición sin el consentimiento necesario del otro.
- Quien actúa con el concubino o cónyuge, tuviere motivos para conocer de la existencia del matrimonio o concubinato.
- El acto no haya sido convalidado por el cónyuge o concubino no actuante.
- Que la acción se ejerza en un lapso de caducidad de 5 años, contados a partir de la inscripción del acto en el registro correspondiente
CÓMO ANULAR UNA VENTA QUE NO AUTORICÉ
(Lapso para ejercerla acción)
La acción caducará a los cinco (5) años de la inscripción del acto en los registros correspondientes.
CONCLUSIÓN
El componente de la pareja que no prestó el consentimiento necesario para la celebración del acto de disposición puede intentar la nulidad del mismo dentro del lapso de 5 años.
En su defecto, podrá intentar la acción resarcitoria por los daños y perjuicios causados, cuando no proceda la nulidad.
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