Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, Fase XVII, Entrega 162

(Continuación)

Por: José Chachati Ata

Con el saludo semanal a todos mis lectores, inicio el escrito de esta semana manifestando con la mayor crudeza y molestia que siento como venezolano, al visualizar que no ha sido irracional ni constituye juicio de valor, afirmar que la participación del Estado durante las excepciones preliminares efectuadas hace aproximadamente dos meses en la Corte Internacional de Justicia, se construyó frente a una frontal, perversa, infame y sigilosa conspiración, cuyos actores primarios contrarios a los intereses de Venezuela, se han valido de una serie de factores basados en la subestimación, el irrespeto, la evasión, la mentira, la manipulación, el engaño, la deshonestidad, irresponsabilidad y prestidigitación, para intentar alterar y esquivar toda la realidad geohistórica, jurídica, geográfica y cartográfica que le asiste ineludiblemente al país, en el que la baja confiabilidad en el organismo jurídico internacional y la exacerbada necesidad de una política exterior prudente del país, salen a relucir nuevamente a flor de agua en el marco de la diplomacia y de la estrategia, dado que la posición expuesta por los representantes del país, inesperada por cualquiera de ellos, alteró totalmente la ecuación que se veía venir como parte de un complot, cuyo fin ineludiblemente fue el de establecer prácticamente un probable “jaque mate al rey”, a dictarse ya sea a corto o mediano plazo. No tengo otra manera de visualizarlo, analizarlo o exponerlo en estas circunstancias.

Esta controversia territorial que debió resolverse prescindiendo del Laudo Arbitral de París de 1899, razón por la que se firmó el Tratado de Ginebra de 1966, y que de hecho, fue la razón principal por la que nació, siendo ello aceptado por el Gobierno de Gran Bretaña, resulta que a pesar de la descarada e irresponsable evasión de Guyana, cuyo comportamiento se asemeja al de un Estado profundo, aunado a la ausencia total del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Internacional de Justicia, han trasteado hábilmente esta realidad, pretendiendo no darle la importancia notable que reviste el compromiso firmado desde 1966, además de manipular jurídicamente la interpretación que cada uno de ellos ha considerado esgrimir acorde a los intereses que prevalecen para cada una de las partes.

No puedo evadir tampoco en mi apreciación personal, la imagen de incomodidad que reflejó abiertamente la Presidente de la Corte Internacional de Justicia, al momento de retirarse una vez que culminó la exposición realizada por Venezuela (no hay peor ciego que quien no quiera ver), dado que esa nueva posición del país le conformó un nuevo dolor de cabeza al citado organismo jurídico, motivado a que éste tendrá que dar una respuesta jurídica, y es que en este contexto, desde el inicio de este proceso, la Corte Internacional de La Haya debió determinar de pleno derecho, que la demanda introducida por Guyana además de estar aflorada en un marco viciado, ha sido improcedente el seguir por ahora el caso a través de la vía judicial (recordando que el organismo jurídico se afincó erróneamente sobre el término “elegir” para dictaminar la procedencia de la demanda de Guyana), porque ese posible derecho a la acción, requeriría reunir condiciones que aún no estaban concebidas, y por ende, quedaba obligatoriamente entumecido el supuesto derecho de Guyana en el que sustentó la demanda, desde que firmó su compromiso en el Acuerdo de Ginebra de 1966. ¿Qué tanta dificultad podría haber tenido la justa comprensión del contexto afirmado, para haberse pronunciado ajustada a Derecho la Corte Internacional de Justicia? ¿Por qué sigue dando aún hoy en día, vuelta y vuelta girando sobre lo mismo, cuando es obvia la única interpretación que existe al respecto, tratando de encontrar alguna caída que coloque a Venezuela entre la espada y la pared?

Así mismo, qué dificultad pudo haber en que se entendiese que la Corte Internacional de Justicia debió determinar que el tema en sí no podía centrarse sobre la validez o no del Laudo Arbitral de París de 1899, la cual perdió efecto, valor e incluso importancia, desde la firma del Tratado de 1966, por lo que debió abocarse exclusivamente a la propia controversia territorial, en el que se estaría buscando una solución entre las partes, que sea aceptable, práctica y satisfactoria, y por ello, debió pronunciarse en la devolución de las actuaciones respectivas que le atañe al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, de manera de darle cumplimiento al Artículo IV del Acuerdo de Ginebra de 1966, hecho que obligaría a Guyana a que actúe de acuerdo a lo que allí se estableció y se firmó, pero no, fue más adecuado a los intereses existentes, manipular las interpretaciones e inclinarse en favor de lo que ya está más que claro, en querer favorecer a Guyana, y por ende, al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a la Secretaría de la ONU y a la OTAN, entre otros organismos colaterales, dado que esta actuación obviamente, ya había sido consultada para su manejo de manera distinta.

Y con la manipulación del término “elegir”, la Corte Internacional de La Haya, colocó como factor principal sobre el tapete, el evaluar la validez de lo que ya era inválido para 1966 (el Laudo Arbitral de París de 1966), mermando con ello la médula neurálgica del asunto en sí, que lo constituye precisamente la solución de la controversia territorial entre las Partes sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, de acuerdo a lo establecido en el citado Tratado de Ginebra de 1966, es decir, que la disputa bilateral debía centrarse fundamentalmente sobre este asunto, en el que Venezuela tiene todos los factores a su favor en la balanza frente a Gran Bretaña y Guyana, considerando que la titularidad jurídica e histórica proviene para España desde la ratificación con la firma del Tratado de Paz de Ultrecht a principios del siglo XVIII, entre 1713 y 1715, con lo cual se obtuvo el deseado equilibrio entre las potencias europeas, y España quedó limitada a la Península y a los territorios de Ultramar, en el que Inglaterra deseosa de abrir el comercio ultramarino español a los intereses de la poderosa burguesía londinense, logró apenas que España le otorgase concesiones que significaban la ruptura del monopolio comercial que había mantenido durante los siglos XVI y XVII con sus colonias del otro lado del Atlántico (América), y en dicho Tratado no se menciona en absoluto la cesión de territorio alguno sobre el área geográfica que nos compete. De hecho, al visualizar el mapa de América del Sur de ese entonces, es clara y perfectamente visible, que el río Esequibo era posesión española, pasando posteriormente a ocupar el espacio geográfico de la Capitanía General de Venezuela de 1777. Ello se ratifica más aún con la firma del Tratado de Madrid en 1750 entre España y Portugal, en el que se muestra claramente en el mapa respectivo, el acuerdo al cual llegaron para delimitar a Brasil, en el que se ratifica que el río Esequibo era posesión española, y no existe evento histórico alguno que demuestre la titularidad de Gran Bretaña sobre lo que astutamente conformó en 1899 la denominada Guayana Inglesa.

Así mismo, la creación de la Capitanía General de Venezuela de 1777, ratifica lo anteriormente señalado, y en el mapa de dicha Capitanía, el límite geográfico oriental se corresponde con el río Esequibo; adicionalmente, la sentencia de París de 1899, luego de haberse expuesto el caso por Venezuela ante la Organización de las Naciones Unidas, Gran Bretaña así lo entendió y firmó para ello el Tratado de 1966, por lo que el Laudo Arbitral ya a partir de ese entonces, carecía de efectos jurídicos, y el sentido del entendimiento entre las partes debía conducir a una solución aceptable, práctica y satisfactoria, hecho que automáticamente le quitó a Guyana su pretensión sobre el uso del derecho judicial para dirimir el territorio bajo el uso de dicho mecanismo jurídico contra Venezuela sin haber agotado todos los mecanismos que le preceden, y a la vez, le generó un mayor cerco al país vecino, a raíz de la exposición presentada por el Estado venezolano en las excepciones preliminares llevadas a cabo en la Corte Internacional de la Haya durante el mes de noviembre del año 2022.

En pocas palabras, la controversia territorial sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, debió y debe centrarse únicamente sobre el asunto limítrofe y no a la validez del Laudo Arbitral de París de 1899, en el que la nulidad absoluta del mismo conformó el tapete fundamental para llevar a cabo la firma del Acuerdo de Ginebra de 1966, sin olvidar a propósito de la actuación inadecuada del actual Secretario General de la ONU, que ello fue respaldado en aquel entonces con el aval de la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas. Si realmente la Corte Internacional de La Haya desea llevar a cabo el proceso jurídico sobre este caso de manera imparcial, objetiva, ética y sustentada en la aplicación de la justicia con las pruebas irrefutables existentes, debería anular la demanda de Guyana, considerando que
como país no existía en 1899, por lo que en tal caso, es Gran Bretaña quien debería dar la cara y afrontar ante Venezuela y la Justicia Internacional el fraude procesal que se manejó en forma despótica, inadecuada, arbitraria, absurda e improcedentemente, habida cuenta por supuesto del reconocimiento que éste le dio a la invalidez jurídica del Laudo Arbitral de París de 1899, para llevar a cabo la firma del Acuerdo de Ginebra de 1966, por lo que ese asunto no podría volver a estar en discusión entre las partes, porque ello ética, objetiva y jurídicamente es inaplicable.

Y mientras tanto, el mundo sigue centrando el movimiento de sus piezas estratégicas sobre el conflicto entre Rusia y Ucrania, y particularmente para el Gobierno de Gran Bretaña, el panorama no es el más prometedor, dado que la economía europea ha entrado desde ya en un proceso escalonado de debilitamiento, en el que la actuación de Alemania, ha tendido con sus políticas a buscar el recorte definitivo del suministro de gas y petróleo ruso, fomentando cambios en el ámbito petroquímico y metalúrgico, que en materia socioeconómica, podrían traer sensibles incrementos en el área de desempleos y posible emigración, hecho que incidiría sobre las variables que entran en juego en el tablero estratégico mundial a favor de la acción hegemónica norteamericana.

En este contexto, la crisis energética comienza a tener respuestas a través del suministro de otros mercados, y nuevamente Venezuela como país con las mayores reservas de petróleo en el planeta, aunado a la riqueza gasífera y minera que posee, entra inéditamente en este juego estratégico con capacidad de respuesta multiplural, en el que la presencia de la empresa norteamericana Chevron, quien ha generado acciones, movimientos y presencia dentro del Territorio venezolano en su favor, generando por ahora números que apuntan hoy en día en rojo para Venezuela, mientras que para Gran Bretaña, Guyana constituye entre otros, una posible puerta de primer orden, habida cuenta que ésta tenga lícita o ilícitamente, acceso a los recursos energéticos existentes en la cuenca del Atlántico, extrayendo el petróleo que le pertenece a todos los venezolanos, y la Corte Internacional de Justicia continúa con su silencio, intentando ignorar esta actuación ilícita que lleva adelante el Gobierno del país vecino, sin emitir una medida cautelar obligatoria que se ampara por sí sola precisamente en el Acuerdo de Ginebra de 1966.

Con los últimos acontecimientos surgidos, pareciese que hoy en día, las prioridades de Venezuela han girado sobre otras variables, y mientras tanto, la Casa Blanca se está beneficiando abiertamente y de lleno, con la flexibilización económica petrolera llevada a cabo con el Gobierno venezolano, lo cual no critico ante la deuda que tiene el país con el país del norte, pero, y el beneficio de Venezuela ante esta forma de dádiva otorgada, apunta hacia dónde? Considero que el país, con la apertura parcial generada en beneficio de los Estados Unidos, requiere evaluar también factores y acciones no sustentadas en retóricas ni en promesas, sino en resultados contundentes, que le generen desde ya resultados concretos, y el tema del espacio geográfico integral del Esequibo, debería ocupar en conjunto con otros factores propios de la Seguridad Nacional, una verdadera prioridad que escape de una vez por todas de esta manipulación perversa en contra de todos los venezolanos, en el que se arribe a resultados no tácitos, sino tangibles, que le otorguen al gentilicio nacional la veracidad de afirmar en definitiva que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.

Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata

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