(Continuación)
Por: José Chachati Ata
Venezolanos todos, el pasado de este grandioso país, ha quedado enarbolado y dignamente representado a través de los verdaderos Próceres que se erigen como cimientos en los diferentes sitios geográficos de nuestra República, e incluso a nivel internacional, comenzando por legado del Padre de la Patria, el Libertador Simón Bolívar, recordándonos el sacrificio, abnegación y amargos logros que le adjudicaron todos ellos con el reconocimiento obtenido al momento de forjar la independencia de Venezuela en el siglo XIX, en el que el Territorio Esequibo formó parte de dicha afirmación, y unos años después, en un acto de baja laya, en aprovechamiento del poder que ostentaba Gran Bretaña frente a la débil situación por la que atravesaba este país, se utilizaron los más infames mecanismos para descalificarnos y adjudicar dicho espacio geográfico continental al Imperio inglés, intentando anular, excluir y deshonrar todo cuanto se realizó por el gentilicio venezolano y sus Próceres, sin disponer ese país prueba válida alguna que hubiese podido apreciarse y respetarse verdaderamente como soporte jurídico, y le permitiese ocultar el derecho de posesión reconocido por España en favor de Venezuela, y no a Gran Bretaña.
Venezolanos todos, lo anterior lo he mencionado a propósito de resaltar el valor meritorio de los Próceres de nuestra independencia, pero lo cierto de todo es que hoy en día con la situación en la que se está manejando este litigio territorial, no podemos seguir mirando solo hacia el pasado, sino que tenemos que sopesar este complejo presente, el cual va acompañado con la daga inocultable proveniente del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, del Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de los países del primer y tercer mundo que frontalmente apoyan a Guyana, al igual que los países del primer y tercer mundo que con su doble discurso e hipócritas actuaciones, están abocados en favor de Guyana mientras se aprovechan de Venezuela, explotando y obteniendo sus recursos, y finalmente de la Corte Internacional de Justicia, como ente decisor sobre el litigio en sí, por lo que más bien, todos los venezolanos deben mirar muy a fondo este presente de agrio sabor, y reorientar grandes esfuerzos para evitar retorcidos, irónicos, irrespetuosos y ásperos resultados en el futuro inmediato que se le avecinan al país si no tomamos las acciones inmediatas. Por ello te pregunto Venezuela, ¿Quiénes serán los futuros Próceres que honrarán tu pasado y le otorgarán al país el derecho resarcido sobre la recuperación ineludible e indiscutible de nuestro espacio geográfico integral del Esequibo?

Venezolanos todos, si en los momentos actuales se tuviese que estructurar la decisión por parte de la Corte Internacional de Justicia sobre el litigio actual entre Venezuela y Guyana, como consecuencia de la demanda introducida por éste último en contra de nuestro país para darle la validez o no al Laudo Arbitral de París de 1899, y tomando en consideración la coyuntura geopolítica, geoeconómica y geoestratégica actual a nivel global y regional como parte de este nuevo orden mundial a raíz del conflicto entre Rusia y Ucrania en el que el factor energético ha ocupado una de las prioridades preponderantes en los países del primer mundo, podría exacerbarse a mi juicio, la clara y obvia inclinación del citado organismo jurídico, lo cual no podría ser más axiomático y concluyente ante los hechos que se han venido generando como producto de las omisiones desolladas y absurdas posturas asumidas bajo el velo de una supuesta legalidad, en el que la baja confiabilidad demostrada por el Tribunal Internacional de La Haya ha quedado prácticamente al descubierto ante el mundo, siendo ello la razón fundamental por la que el Estado venezolano con la mayor seriedad, corresponsabilidad y preocupación, debe encaminarse a la realización de una cónsona, sustancial, muy cuidadosa y minuciosa
contramemoria para su entrega al mencionado organismo jurídico el próximo 8 de abril del 2024.
En este contexto, debe llamarnos a la reflexión el conjunto de variables que se inmiscuyen en este litigio manejado por el Tribunal Internacional, en el que a merced de los entes decisores sobre los intereses que se derivan de la situación global y del rol que cada Magistrado debe asumir en concordancia a las prelaciones emanadas del ente superior, se toman y justifican decisiones que atiendan a dichas prioridades, y para ello, he querido utilizar como referencia el contundente escrito elaborado por el Dr.
Heber López (2023), Docente que forjó la estructura académica del Doctorado en Seguridad de la Nación del que fue otrora el Instituto de Altos Estudios de la Defensa Nacional “Gran Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre”, quien ha manifestado al respecto:
…Ningún Estado independiente y soberano, en apariencia, dispone de más derecho que otros a la participación solidaria en el “concierto” de las naciones unidas, pero la CIJ siempre conformada por unos purificados “magistratus” imponen sentencias recurriendo, si es necesario, al Consejo de Seguridad para el empleo de la fuerza con el fin de constreñir a los países “cuestionados” el cumplimiento de las disposiciones de un terrorífico plan de “reseteo mundial” sin importarles sus consecuencias. ¿Procedimiento neutral, equitativo y justo para la concordia de todas las naciones? Interrogante, quizás, medio escabrosa, aunque no exagerada, visto el empleo que se hace de unas bravatas intimidaciones con sus “inapelables” decisiones a las naciones de tercer estamento (carentes de privilegios políticos y de medios de defensa), pero tan reprochable forma de acción exceptúa al doble estándar cosmopolita de las potencias mundiales con asiento permanente de representantes y vasallos en los precitados organismos que gozan de privilegios o prerrogativas reales… (el subrayado es nuestro)
Adicionalmente, éste agregó:
…La Corte Internacional de Justicia es la única jurisdicción con competencia general sobre todo el ámbito planetario y sus sentencias son definitivas, vinculantes e inapelables ¿Quién o quiénes le atribuyeron tales facultades y sobre cuáles fundamentos? ¿Por acuerdo especial entre Estados o por coerción disimulada de las grandes potencias mundiales? Sus “arreglos”, “dictámenes” y “sentencias” son para las partes involucradas de obligatorio cumplimiento, indistintamente, si está de acuerdo, o no, sin esperanza, ni regateo alguno. Sus auspicios suelen ser favorables o desfavorables, a veces, sobornados por motivos políticos, económicos o militares. La incomparecencia de un Estado soberano que haya sido demandado
–porque rechaza su jurisdicción o por otro valido motivo– no evita que los procedimientos sigan el tenebroso curso de las voluntades imperiales. (el subrayado es nuestro)
En el tablero estratégico actual que se reacomoda de acuerdo a los parámetros de este nuevo orden mundial, la Corte Internacional de Justicia ha demostrado que se desenvuelve sobre un conjunto de sinuosidades manipuladas bajo el efecto de una actuación legal determinada, de manera que sus decisiones le permitan irrumpir y abusar de sus funciones para inmiscuirse en el ejercicio soberano de las naciones; sin embargo, en el marco de este señalamiento, es importante recordarle al lector, que Venezuela no se ha suscrito como parte para el ejercicio de tal jurisdicción por parte del citado organismo internacional, por lo que a raíz de los escritos originales presentados por el Estado venezolano, la exposición preliminar presentada en el mes de noviembre del año 2022 y la actuación de la Corte, en la que se ha descalificado la responsabilidad de inmiscuirse al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el proceso del litigio, pese al título claramente establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966 y el claro delito público cometido desde el siglo XIX en contra de Venezuela, dan realmente mucho que pensar, en el sentido de haberse generado una decisión tan obvia en cuanto a su ilegalidad, pero fue sentenciada abiertamente, y con ello, el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha quedado prácticamente fuera del concierto que conlleva a darle cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966, es decir, Guyana ha violado una y otra vez el citado Tratado a pesar de ser parte obligante del mismo, y la Corte no ha dictado medida cautelar alguna; así mismo, Gran Bretaña ha manifestado que no tiene interés alguno en la frontera de Guyana con Venezuela, y la Corte avaló su desentendimiento, por lo que queda sola Venezuela permitiendo que se exploten los recursos existentes tanto en el espacio continental del Esequibo como en los espacios acuáticos ubicados en el océano Atlántico, los cuales les pertenecen al gentilicio nacional, sin la obtención de la citada medida cautelar, limitándose ésta a eventuales protestas, pero igualmente, siguen ejecutándose actividades de exploración y explotación con la presencia de empresas trasnacionales.

Sugiero que el Estado venezolano evalúe la racionalidad y lógica de esta curiosa y advenediza actuación como parte de la política exterior nacional, la cual no encaja bajo ningún concepto con lo establecido en la Constitución venezolana actual sobre la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación, la cual se encuentra claramente amenazada. Ya Venezuela es otra, apuntando a que los venezolanos no son los mismos actores pasivos del pasado, por lo que el Estado está obligado a exponer una clara explicación al país sobre las acciones genéricas y categóricas que se han de tomar al respecto.
De hecho, el Dr. López (2023), considerando la actuación y decisión del Tribunal Internacional de La Haya, ha manifestado sobre esta actuación particular, lo siguiente:
Puede afirmarse que la providencia de la CIJ en exonerar o liberar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, delata el entorno connivencial de un testimonio de congénita responsabilidad, no debiendo interpretarse como una excepción a la normativa conforme a los principios que le son inherentes ¿Actuación dolosa para quebrantar conciencias y dispensar adeudos en el marco de un proceso internacional patibulario? El fallo que se adoptaría no es, ni lo será nunca, de acuerdo a sus competencias jurídicas (y no diplomáticas) una declaración de solución “satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e irrito”. (el subrayado es nuestro)
Es por ello, que la propia Corte Internacional de Justicia, al actuar de la forma en que lo ha hecho, es ella misma quien en principio está desconociendo y propiciando también la inadvertencia de los demás Estados involucrados sobre el Tratado de Ginebra de 1966; sin embargo, no descartemos que en la última decisión adoptada, estableció que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sí se encuentra implicado para proceder con las audiencias sobre el asunto de fondo del litigio territorial, lo cual obviamente no incide sobre Guyana, pero que sí ha afectado frontalmente desde el viciado Laudo de 1899 a todos los venezolanos y a su sentido de integridad territorial. La Corte Internacional ha obviado lo que está claramente establecido en el Acuerdo de Ginebra, lo cual señala en su artículo VIII que el Gobierno de Guyana será parte del mencionado Acuerdo luego de su independencia, además de los Gobiernos de Venezuela y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, mas no se establece en ninguna parte del citado documento, que Guyana relevará a Gran Bretaña, y aun así, decidió todo lo contrario.
Por otra parte, además de Gran Bretaña como parte del Consejo de Seguridad, están China y Rusia, países que actúan como “aliados” de Venezuela, sin embargo, China mientras ejerce sus acciones económicas en materia energética dentro de Venezuela, también lo hace en el espacio continental y acuático del Esequibo, explotando recursos mineros y petroleros, al igual que madereros, sin que Venezuela haya objetado dicha acción; igualmente Rusia como país que formó parte fundamental en el Tribunal de París, asumiendo el rol de Juez principal para dictar la nefasta sentencia del Laudo Arbitral de París de 1899, no se ha pronunciado absolutamente en nada sobre este abrasador tema, sin olvidar que dicho país conjuntamente con Gran Bretaña, negoció en aquel entonces la repartición que se efectuaría a favor de Rusia en la región asiática, mientras que el Territorio Esequibo le sería entregado a Gran Bretaña. Así lo manifestó en su Memorándum firmado, el abogado Principal norteamericano que representó los intereses de Venezuela entre 1897 y 1899, Severo Mallet-Prevost. En este contexto, Venezuela tampoco ha objetado nada hoy en día sobre la corresponsabilidad que tiene Rusia al respecto, manteniéndose ese país en un sórdido silencio al respecto.

También Brasil, ha tenido un doble discurso con Venezuela, al haber olvidado su compromiso ineludible, firmado en el Tratado relacionado con la delimitación fronteriza, en el que reconoció que el límite de Venezuela por el este es el río Esequibo, pero hoy en día, contrario al cumplimiento de dicho Tratado, ha generado la construcción de la carretera que atraviesa el Esequibo hasta el Atlántico, recordando que geoeconómicamente, Brasil ha buscado desde siempre su salida hacia la zona norte del Atlántico desde el espacio geográfico continental, siendo por supuesto la Boca del Orinoco el área de mayor apetencia estratégica, y es por ello, que el área de mayor acercamiento a dicha aspiración, lo conforma el río Esequibo. Y donde está la protesta venezolana sobre este particular?
Ante todo este extraño, absurdo e inaceptable silencio que se maneja hoy en día en el país, aunado a la actuación de la Corte Internacional de Justicia, la cual se ha pronunciado en dos oportunidades en perjuicio de la soberanía e integridad de Venezuela, sin haber dictado abiertamente medida cautelar ante el descalabro originado por las aberraciones que el Gobierno de Guyana se ha tomado durante años para otorgar ilícitas asignaciones de exploración y explotación a distintas trasnacionales, nos encontramos hoy en día ante un escenario inesperado, en el que de repente el mismo Gobierno de Guyana decidió colocar en modo de suspensión la licitación relacionada con los catorce bloques en los espacios acuáticos de lo que debiese ser el vigésimo cuarto Estado venezolano, denominado Esequibo con Capital “Ferrear”, cuya ubicación geográfica se corresponde tentativamente a lo que es hoy en día “Madia”, hecho que permite pensar con mayor lupa y cautela, que se están moviendo bajo la mesa estratégica de intereses alineados a las potencias mundiales, posibles variables que necesitan apaciguar el descaro con el que el vecino país y el Tribunal Internacional han venido actuando en perjuicio de la seguridad, defensa y desarrollo integral de Venezuela, con lo que se asumiría como posibles escenarios, un reconocimiento tácito-parcial del Territorio en favor de Venezuela, tanto del Tribunal Internacional de La Haya como de Guyana, lo que los obliga a una mayor discreción en la actuación de éstos, y más aún, ante el compromiso firmado en el Acuerdo de Ginebra de 1966, así como también, podría entenderse esto como la necesidad de brindarse un escudo de protección político y geopolítico ante la comunidad internacional, de los países del primer mundo que tienen sus intereses manejados como entes decisores a nivel OTAN, Consejo de Seguridad y Organización de las Naciones Unidas.
Es poco el tiempo que hay por delante y mucho lo que queda por hacer, por lo que el Estado venezolano debe demostrar sin cabida a dudas de ninguna naturaleza la posesión jurídica del Territorio Esequibo, la falsificación de mapas realizados por parte de Gran Bretaña, la patraña manejada al impedirse la presencia de Venezuela en el Tribunal Internacional de 1897 hasta 1899, el turbio manejo en hacer prevalecer la ocupación de áreas geográficas por encima del Uti Possidetis Juris, lo cual se corresponde con la creación de la Capitanía General de Venezuela de 1777, las notas diplomáticas de fiel y tácito reconocimiento por parte del Gobierno de Gran Bretaña, entre otros, sumatoria de hechos que demuestran la absoluta mala fe de Gran Bretaña que no puede eludirse en la sentencia a ser pronunciada por la Corte Internacional de Justicia, mediante la cual debe anularse el viciado e írrito Laudo Arbitral de París de 1899, en el que ajustado al Acuerdo de Ginebra de 1966, al delimitar la frontera entre Guyana y Venezuela, con seguridad en ese entonces y a conveniencia de Guyana, quien no tiene título jurídico alguno sobre el territorio en reclamación, la Corte SÍ hará valer el citado Tratado en aras de alcanzar también a favor de la desfachatez que ha tenido el vecino país hasta ahora, la obtención de una solución satisfactoria, práctica y aceptable para las Partes, y es allí donde deberán enfocarse también los esfuerzos sobre las alternativas de Venezuela para definir con certeza, que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.
Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata
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Para que Venezuela va a recuperar el «esequibo», para que la peste del siglo XXI la deprede y destruya, como hicieron con la Gran Sabana, patrimonio de la humanidad ddeclarado por la UNESCO…???