(Continuación)
Abordar hoy en día el tema de la controversia territorial sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, se ha convertido en una situación desafiante que constituye para todos los venezolanos el sagrado deber de inmiscuirnos ante el reclamo que grita con clamor escandalizado desde la época de nuestros Libertadores, en aras de recuperar el país que nos pertenece por derecho, lo que exacerba la necesidad de armarse tajante, aguda e incisivamente sobre uno de los temas prioritarios que atenta contra la soberanía e integridad territorial de Venezuela, luego que la Corte Internacional de Justicia desestimó la excepción preliminar introducida y expuesta por los representantes del país en el mes de noviembre del 2022, y sentenciada el pasado 7 de abril del 2023, en el que se decidió continuar con el juicio, basado a partir de ese momento en la evaluación del asunto de fondo sobre la demanda de Guyana contra Venezuela, apuntando hacia una futura sentencia centrada sobre la validez o no del Laudo Arbitral de París de 1899 y la delimitación de la frontera definitiva entre ambos países, aunado a la no necesaria comparecencia del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, pese a que éste es firmante corresponsable del Acuerdo de Ginebra de 1966.

Se considera y se ratifica en opinión del suscrito, que este acto llevado a cabo por el citado organismo internacional, ha resquebrajado el honor de la institución jurídica del más alto nivel a nivel mundial, y peor aún lo ha sido la desfachatez de Guyana en su intento de pretender que se le dé validez a una
sentencia que nació en 1899, llena de falsedades y bañada de conductas antiéticas amparadas en el hecho de satisfacer los intereses de otros gobiernos y países en aquel entonces, sabiendo que le despojaron a Venezuela la séptima parte de su territorio, y hoy en día al procurar esconderse bajo el contexto del Derecho Internacional Público, no ha hecho más que embadurnarse de afrenta, torpeza y bochorno ante la inexistencia jurídica de elementos que le permitan justificar su deletérea pretensión alejada perversamente y a conciencia del Acuerdo de Ginebra de 1966.
A pesar de haberse señalado en el artículo anterior lo ambiguo que ha sido en su redacción el citado Acuerdo de 1966, también es justo, ponderado y prudente señalar que en el Artículo I del mismo, el cual reza textualmente: ”… buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana que el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito”, por lo que la condición de rechazo del Laudo Arbitral de 1966 fue una condición jurídica ineludible e indiscutible, aceptada por las partes en contra de la absurda y nefasta sentencia allí señalada. Y si ello fuese distinto e inclusive contrario a la clara interpretación allí plasmada, entonces, ¿Qué otra razón pudieron tener tanto Gran Bretaña e Irlanda del Norte como Guyana para firmar con Venezuela dicho Acuerdo? Es aquí donde no puedo ocultar la incomodidad que me genera el saber que un grupo de Magistrados supuestamente “calificados” que manejan el caso en el más alto tribunal internacional, quienes mejor que nadie conocen la base jurídica de fondo y de forma escrita en dicho Acuerdo, lo han evadido desfachatadamente, subestimando la participación y sustentación jurídica presentada por el Estado venezolano, hecho que se circunscribe a una actuación totalmente irreverente e irrespetuosa.
El 30 de marzo de 1845, formalmente España reconoció la independencia de Venezuela con la geografía continental existente a partir de la Declaración de la independencia en 1810, la cual se corresponde con la creación de la Capitanía General de Venezuela de 1777, y Gran Bretaña no opuso argumento alguno, siendo por supuesto ello la razón fundamental por la que no se colocó sobre la mesa cartográfica del Tribunal de París, lo que le corresponde a Venezuela en conjunto con la aplicación del Principio del Utis
Possidetis Juris, variables de primer orden que automáticamente anularían las pretensiones guyanesas ante un Tribunal internacional de Justicia que se sustente sobre los principios éticos de equidad y justicia, pero que hoy en día, sobran dedos para contar las razones que le otorgarían una sólida confiabilidad a dicho organismo.
De paso, el argumento a favor de Venezuela no termina allí, dado que existen otros elementos ineludibles que son indiscutibles y que ya hemos venido señalando en diversos artículos tendientes a favorecer la posición venezolana, sin embargo, si todo lo señalado como prueba material pudiese constituir únicamente la médula neurálgica del asunto de fondo ante la Corte Internacional de Justicia para anular claramente las pretensiones de Guyana, ello estaría totalmente resuelto a favor de Venezuela, pero la realidad es que eso no es todo, dado que la geopolítica y geoeconomía petrolera internacional, particularmente la que se corresponde con el petróleo existente en los espacios acuáticos del Esequibo, ha ocupado un sitial que se conjuga con los intereses de los países del primer mundo, y queramos entenderlo y aceptarlo o no, ello se ubica hoy en día por encima del peso que constituye factor jurídico, en el que Guyana si se actuase legítimamente, en definitiva no tendría nada que buscar allí.
Sin embargo, al interactuar el factor jurídico con la complejidad petrolera que clama por una solución confiable en beneficio de los países involucrados directa e indirectamente en la controversia territorial sobre el Esequibo, la situación cambia y le otorga a la Corte Internacional de Justicia la probabilidad como lo señalé con el sarcasmo necesario en el artículo anterior, de repetir posiblemente el “Laudo Arbitral de París de 1899, Parte II”, cumpliendo instrucciones superiores ante las acciones acometidas en
los espacios acuáticos de Venezuela en el Esequibo por parte de otros gobiernos como el de la empresa transnacional norteamericana Exxon Mobil, así como la de china CNOOC, entre otras, las cuales han continuado ejerciendo ilegalmente sus actividades de explotación y comercialización amparadas por las licitaciones ilegítimas que fueron otorgadas por el Gobierno de Guyana, y el citado organismo internacional de La Haya no ha generado medida cautelar alguna ni ha dado muestras de hacerlo, y ello a mi juicio, constituyó la razón fundamental por la que la excepción preliminar de Venezuela fue desestimada para desligarse del litigio como lo ha pretendido el Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, quien también tiene su cuota de beneficio geoeconómico proveniente de la región en litigio.

El mundo ha dado un vuelco significativo en este siglo XXI, en el que el contexto del pensamiento postmoderno se ha inclinado de manera tal, que los intereses materiales han estado prevaleciendo por encima de otros intangibles aun cuando han sido considerados de mayor preponderancia, dado que anteriormente los principios y preceptos basados en la conciencia e integridad de las instituciones y de las personas, conformaban la génesis fundamental de sus actuaciones y de sus discreciones. En este contexto, las empresas petroleras que se encuentran actualmente en los espacios acuáticos del Esequibo bajo la administración equívoca de Guyana, pretenden transformar dicha área geográfica y marítima en una región emergente como medio para proveer potencialmente la energía requerida en el mercado internacional, mediante la explotación gasífera y petrolera allí existente. Y mientras tanto, conociendo esta descarada y arbitraria realidad manejada por el Gobierno de Guyana, de la que debía obligatoriamente lucrarse únicamente el Estado venezolano, o en el peor de los casos, compartido con base a un acuerdo entre las partes, tal como lo refleja el Acuerdo de Ginebra de 1966, el verdadero dueño de dichos recursos, Venezuela, permanece en un inadecuado estado de permisividad, hecho que escapa de la coherencia y cordura requerida.
Si bien, la Corte Internacional de Justicia hasta satírica y sarcásticamente – porque no hay peor ciego que quien no quiera ver – emitió los dos veredictos pronunciados hasta ahora, aunado a su posición prácticamente desligada por ahora del Acuerdo de Ginebra de 1966, es incomprensible que la política exterior venezolana se mantenga en este silencio en el que no se observa intención ni justificación alguna para permanecer en el estado de pasividad actual, y ello lo afirmo sin reserva alguna, dado que no debe olvidarse que en la época de este siglo XXI en el que los alimentos comenzaron a escasear en Venezuela, el Gobierno de Guyana negoció por sus precarias condiciones socioeconómicas, efectuando el pago de las transacciones petroleras recibidas de Venezuela a través del convenio de Petrocaribe para ser canceladas con arroz a los venezolanos, y ello fue aceptado, hecho que se suma a la supuesta cooperación que debió existir entre las partes en todo momento, reflejada en una sólida reciprocidad que nunca se obtuvo de parte de Guyana, sin embargo, en la primera oportunidad que se le presentó al Gobierno de Guyana, intentó sin retraimiento ni vergüenza alguna, aprovechar la situación nacional para pretender tambalear el poder situacional y táctico de Venezuela mediante las concesiones ilegítimas otorgadas a trasnacionales en franca complacencia de los Gobiernos respectivos, permitiéndoles la exploración y explotación tanto minera como petrolera en los espacios tanto continental como acuáticos del Esequibo, cuyo objetivo ha sido la caída del sólido cayado que enarbola la pertenencia de un territorio que ha sido usurpado históricamente en una jugada llena de falsedades, en la que ni Guyana ni
Gran Bretaña podrán jamás demostrar la titularidad ni pertenencia legítima de dicho territorio, y la Corte Internacional de Justicia en su utópica justicia demostrada, ha pretendido y sigue aun apoyando el juego estratégico forzado que se maneja en el tablero sobre el que se han generado algunas de las variables
principales en este orden mundial.

Es indiscutible que ante este cuadro en el que se maneja una supuesta conflagración jurídica en el tapete, y otra totalmente distinta que permanece oculta bajo la mesa, cuyo centro de gravedad lo conforma la estructura más importante alineada a la geopolítica petrolera internacional y regional, la controversia territorial se ubica en un cuadro en el que hoy en día de parte de Venezuela, se requiere una elevadísima capacidad de actuación en las áreas jurídica y diplomática, en el que el Acuerdo de Ginebra de 1966 va por una vía y el litigio territorial sobre el espacio geográfico territorial va por otra distinta a través de la Corte Internacional, por lo que se requiere más que un simple enlace entre ambos parámetros, entender que el elemento fundamental de separación lo constituye la política exterior venezolana, por lo que sugiero una vez más a todos los entes expertos involucrados oficialmente en esta controversia, generar una profunda revisión y verdadera transformación integral de dicha política exterior, visualizada en los tres contextos del poder estructural, situacional y táctico, de manera que se evite el aprovechamiento silente y tóxico de los entes externos que han utilizado diversos mecanismos inadecuados para incidir sobre los acontecimientos que afectan actualmente al país, cuya tendencia ha sido proclive a generar inestabilidad aun cuando se han beneficiado directa e indirectamente de los recursos que provee Venezuela sin obtenerse el respaldo respectivo, sin olvidar también que existen corresponsabilidades que se vienen arrastrando desde el siglo XIX, y ello incomprensible y extrañamente ha sido evadido en el tiempo por los niveles decisorios de la política venezolana.
El señalamiento anterior debe conllevar a que en la mira de las acciones jurídicas y diplomáticas que se manejen hoy en día, Venezuela logre exacerbar y captar la atención internacional sobre la gravedad del caso que nos atañe, incluyendo a la misma evasiva Corte Internacional de Justicia, en la que Venezuela puede y debe lograr si verdaderamente se lo propone, que Guyana con su demanda contra Venezuela y la ausencia de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, expliquen sobre o bajo la mesa, la adulteración efectuada de los mapas originales que se expusieron en el Tribunal de 1897 a 1899, por cierto, sin la participación del Estado venezolano, siendo ello una condición irreverente, descomedida e irrespetuosa que se le exigió a éste por Gran Bretaña, además del reconocimiento tácito de dicho imperio en 1825 y 1834 sobre el espacio geográfico continental correspondiente a la Gran Colombia, en el que se le señaló en su momento, que el límite oriental es el río Esequibo y no hubo protesta diplomática ni reclamo alguno, pero ello fue omitido y oculto por supuesto en el citado Tribunal internacional, además de los diferentes escritos encontrados en el que el Gobierno de Gran Bretaña giró instrucciones a los jueces que tampoco fueron mostrados, entre otros.
Un episodio muy importante se juega hoy en día sobre el tablero de la geopolítica mundial, en la que el petróleo se ha adentrado una vez para conjugarse en el contexto del poder geoestratégico, hecho que se reviste de un sensible peligro para la paz regional y mundial, y particularmente para los Estados Unidos de América, luego de la experiencia obtenida con el peligro inminente que representó el Medio Oriente para dicho país y el mundo durante las cuatro últimas décadas del siglo XX, se encuentra hoy en día en una dificultosa posición en el continente suramericano, al existir posicionamientos políticos contrarios que se suman a la presencia estratégica de otras potencias como lo son Rusia y China, aun cuando ésta última explota petróleo tanto en Venezuela como también en el Esequibo, obedeciendo a sus intereses y concepción estratégica claramente definida a través de sus actuaciones, por lo que con el conflicto entre Ucrania y Rusia, aunado a las alianzas de varios países que se consolidan con Irán en la zona del Medio Oriente y Asia, es indiscutible el valor supremamente estratégico que conforma la región del Atlántico, por lo que los espacios acuáticos del Esequibo se ubican en el tope de dicho señalamiento por razones de recursos, transporte, ubicación, cercanía y posicionamiento militar, entre otros, por lo que eres tú Venezuela quien ahora más que nunca, debes tomar claras decisiones que te abrirían las puertas para consolidar la recuperación del espacio geográfico integral del Esequibo, a pesar que puedas con todo el
derecho que te asiste, variar tu futura política exterior obedeciendo exclusivamente a tus intereses, tal como lo manejan todos los países sin menoscabo de las decisiones asumidas, por lo que tienes la oportunidad de oro en tus manos para incidir por la vía diplomática y política sobre el manejo de la variable fundamental que manipula la Corte Internacional de Justicia, para encaminar el esfuerzo requerido que nos conlleve a que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.
Por: José Chachati Ata
Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata
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