Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, Fase XVIII, Entrega 183

(Continuación)

Una semana más que se avizora en positivo con los avances para Venezuela en su lucha por la recuperación del espacio geográfico integral del Esequibo, ante la avasallante y atropelladora actuación del Gobierno de Guyana, en pro de fortalecer el falso positivo que introdujo ante la Corte Internacional de Justicia al demandar en una maniobra totalmente dubitativa y obscura a Venezuela, y en una desesperante actuación iterativa de su estrategia indirecta en aras de neutralizar el poder táctico y situacional del Estado venezolano, ha buscado repetitivamente compartir su problemática con otros países del primer mundo.

De manera que éstos sean su fachada de confrontación y no precisamente ella, mientras que se victimiza obteniendo el usufructo de los recursos que le pertenecen al gentilicio nacional tanto en el territorio continental como en los espacios acuáticos del Atlántico, aprovechándose de la deontológica posición venezolana en mantenerse apegada a lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966, hecho que Guyana además de haberle dado la espalda al citado Tratado, ha pretendido debilitarlo e incluso anularlo ante la comunidad internacional, mediante la ilegítima participación de empresas transnacionales de distintos países y en distintas actividades geoeconómicas mediante el otorgamiento de licitaciones indebidas, que debieron detenerse mediante medidas cautelares emitidas por el Tribunal de La Haya que éste no pronunció en su momento, dándole técnicamente espacio de actuación a Guyana para legalizar lo que es totalmente ilegal.

¿Casualidad o silente conspiración monitoreada en las esferas de un Estado profundo combinado con intereses extranjeros?

Con ello, el vecino país amplió más aun, su escatológica y sátira ofensiva contra Venezuela, pensando que, con esa forma de acción, tendría el efecto deseado por siempre hasta alcanzar su iracundo e irascible objetivo.

Lo anteriormente señalado no constituye un punto de vista personal ni capricho alguno del suscrito, y mucho menos un intento de manipulación interpretativa ante el lector, dado que ello está abierta y claramente fundamentado en el Acuerdo de Ginebra de 1966, que como acción de reconocimiento NO
TÄCITO SINO EXPLÍCITO, fue firmado conjuntamente entre los Gobiernos de Venezuela, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de Guyana, y en esta ocasión, producto de las nuevas variables inesperadas que han surgido antagónicamente a los intereses del Gobierno de Guyana, en el que se ha venido fortaleciendo la posición jurídica de Venezuela sobre la titularidad geohistórica, nomotética, política, diplomática y cartográfica que le asiste el Derecho Internacional sobre el territorio en reclamación desde 1777, se ha ido debilitando sin más ni más la invención sustentada en artificios y falsedades de parte de Guyana, quien está abocada con elevado y encajonado recelo, obtener como única medida jurídica para la preservación de sus intereses, la validez del Laudo Arbitral de París de 1899, a pesar de las claras sustentaciones jurídicas que refutan su precaria y frágil aspiración.

Gobierno de Guyana

En la dirección ya señalada, es que el Gobierno de Guyana ha venido aglutinando esfuerzos, e intentando con mayor intensidad atraer la involucración de varios países para consolidar la ejecución del plan energético 2023, de manera de darle mayor legalidad a su paradójica, incoherente y desatinada actuación, todo ello en un esfuerzo por descalificar las acciones que lleva adelante el Estado venezolano, y así obtener el concierto multinacional destinado a satisfacer intereses extranjeros, beneficiarse unilateralmente Guyana.

Por supuesto, opacar a como dé lugar, la legítima gestión nacional venezolana, pero lo cierto es que el impulso nacional del país ha sido indetenible, al igual que los sólidos fundamentos con los que cuenta Venezuela para demostrar el desacierto procesal de Guyana en la Corte Internacional de Justicia. La campaña de anulación utilizada recientemente en contra de Venezuela a través de la inteligencia artificial, ha conformado otro factor en el que perversamente asesorado el Gobierno de Guyana, ha venido utilizando los medios tecnológicos necesarios para incrementar la campaña de descrédito contra Venezuela, generando falsas informaciones de carácter geohistórico y geopolítico, a pesar que los soportes legales demostrativos están en manos de una sola de las partes, que en este caso favorecen a Venezuela.

La IA

Cada vez más, se consiguen más informaciones inadecuadas que en una siniestra campaña de desprestigio y manipulación a través de la IA, se miente descaradamente a través de las redes sociales, en el que el Gobierno de Guyana ha buscado maliciosa y abiertamente descalificar a Venezuela, enalteciendo su gestión y falsos derechos que requiere formalizar con exaspero, manifestando una y otra vez ante la opinión pública cibernética, que se han ido dando una serie de hechos de carácter político, jurídico y práctico, que afectan las posibilidades reales de Venezuela en hacer valer el Acuerdo de Ginebra de 1966, y logra a través de éste, la restitución por el supuesto despojo sufrido a través del Laudo Arbitral de París de 1899.

A lo que se agrega la complejidad del contexto en el Artículo 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual reza textualmente que: “El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”; en este contexto, la esgrimida información IA ha manifestado que con el citado artículo constitucional se ha dificultado para Venezuela el proceso de reclamación, dado que el Laudo Arbitral de 1899 es jurídicamente claro y legítimo en su contenido. Todo ello no ha sido más que una estrategia como parte de la atormentada y temida cruzada informativa del Gobierno de Guyana.

Mecanismos de presión

En el marco de estas actuaciones incómodas, inesperadas y preocupantes para el Gobierno de Guyana, es que el país vecino ha venido utilizando los mecanismos de presión necesarios, para rescatar espacios internacionales y adentrarse nuevamente en el Tribunal de La Haya, para sustentar la pretensión en validar un Laudo cuyas pruebas han venido demostrando la sumatoria de aberraciones cometidas tanto de forma como de fondo, y por supuesto, tal como ocurrió con la empresa Exxon Mobil, la cual aportó en su momento quince millones de dólares para sufragar los gastos de Guyana en la Corte Internacional de
Justicia, también no faltarán otras empresas transnacionales con múltiples intereses, intentando apoyar la gestión guyanesa en aras de alcanzar el objetivo de la demanda introducida contra Venezuela.

Ante los parciales señalamientos presentados, es que Venezuela a través del grupo de expertos y asesores que trabajan arduamente sobre el tema objeto de estudio, debe reorientar la extraña y pasiva política exterior que maneja en la actualidad, buscando más bien la directa y franca comunicación con todas estas
empresas que intentan operar y comercializar los recursos existentes en los espacios acuáticos del Esequibo y en el propio territorio continental, de manera de ponerlas al tanto de la realidad y no de la soez y engañosa manipulación que ha llevado adelante el Gobierno de Guyana, sin obtener contraposiciones venezolanas ajustadas a la realidad; así mismo, es necesario fortalecer la unidad nacional debidamente consagrada a la defensa de la integridad territorial de Venezuela, al igual que el uso de todo medio tecnológico incluyendo la inteligencia artificial IA, de manera que se propicie un amplio debate retroalimentador de informaciones y estrategias, cónsonas en forma y en contenido irrebatible de fondo para su consignación en la Contramemoria a ser entregada el 8 de abril del 2024.

El principio del Uti Possidetis Juris

Es imprescindible que Venezuela a pesar de contar hoy en día con sólidas pruebas jurídicas que sustenten cónsonamente el principio del Uti Possidetis Juris a favor del país, no se deje ventana jurídica alguna abierta que pueda utilizarse en su contra, tomando en consideración el factor de la baja confiabilidad exteriorizado ante las dos sentencias emitidas por la Corte internacional de Justicia, aunado a la conveniente omisión de las medidas cautelares ante el descalabro que Guyana ha venido ejerciendo en contra de Venezuela, y a criterio del suscrito, se agrega la tácita interpretación jurídica inclinada a los intereses alineados con el manejo que le ha dado al caso, el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas.

He leído también ciertos escritos que le recomiendan a Venezuela, recurrir hoy en día al Consejo de Seguridad para denunciar la actuación y decisión contradictoria de la Corte Internacional de Justicia, la cual se pronunció contrariamente, a pesar de haberse generado diversas jurisprudencias emitidas anteriormente por dicho Tribunal.

Buen asidero

Desde la arista antes señalada, la acción recomendada tendría en apariencia buen asidero, más si se toman en cuenta los países miembros actuales del Consejo de Seguridad, siendo éstos, Francia, Gran Bretaña, Rusia, China y Estados Unidos, se podría visualizar que Gran Bretaña, Rusia y Estados Unidos, formaron parte del Tribunal de París de 1899, en el que los dos primeros se confabularon y el tercero bajo presión, generaron la sentencia del Laudo Arbitral que despojó a Venezuela de 159.542 kilómetros cuadrados.

Hoy en día, esos países incluyendo a China, tienen intereses geoeconómicos con los recursos existentes tanto en el espacio continental como en los espacios acuáticos del Atlántico, hechos que favorecerían la decisión inclinativa con elevada probabilidad enmarcada en razones geopolíticas y geoeconómicas, hacia Guyana. A criterio del suscrito, y a pesar de la tendencia actual en debilitarse paulatinamente el Gobierno de Guyana, éste no es el momento más adecuado para acudir al Consejo de Seguridad, pero sí para contrademandar y responder adecuadamente al escrito emitido por Guyana, en el
que desarrolló sus falsos positivos manifestando las razones por las que le pertenece el Territorio Esequibo.

Sentencia de 1899

La médula neurálgica de la posición adoptada por Guyana radica en que la sentencia emitida en 1899, constituye un hecho plasmado en documento, lo cual fue arbitrado, fallado y aceptado por Venezuela; sin embargo, está claro que ello fue históricamente la verdad procesal, mas Guyana no ha manifestado la
realidad que se manejó para llegar a dicha decisión que le despojó a Venezuela de 159.542 kilómetros cuadrados, lo cual fue protestado desde el mismo momento en que se generó el nulo y viciado veredicto. Pablo Ojer en su proceso de investigación histórica, para 1949 había iniciado la búsqueda de documentos probatorios en los archivos británicos que apoyaran la reclamación venezolana, por lo que estando en la ciudad de Londres, logró remitir a la Cancillería venezolana de acuerdo a Dunís Ríos, una cantidad de microfilms y centenares de documentos copiados a mano, incluyendo cartografía histórica, soporte geohistórico que permitió realizar el informe de Venezuela sobre la cuestión de límites con Guayana Británica presentado al Gobierno nacional en marzo de 1966, antes de llevarse a cabo la firma del Acuerdo de Ginebra. 

Línea limítrofe falsa

En este contexto, se demostró que el Tribunal de Arbitraje se sustentó sobre una línea limítrofe falsa del Esequibo, en el que el primer mapa levantado en 1835 por el geógrafo de origen prusiano, Robert Schomburgk, coincidió sin dualidad interpretativa la frontera de Venezuela aceptada por el Gobierno de Gran Bretaña en 1830, lo cual fue ocultado inmediatamente.

Recordando la importancia de carácter vital que representaban las vías marítimas y fluviales para el fortalecimiento del comercio de Gran Bretaña en el nuevo continente, ya para 1839, se habían establecido dos objetivos fundamentales: el control del norte de Suramérica a través de la desembocadura del río Orinoco, apetencia impulsada por recomendación del ex Edecán del Libertador Presidente Simón Bolívar, el General de origen inglés Daniel Florencio O´Leary, y el descubrimiento de grandes yacimientos de oro, en el que al oeste del río Esequibo se encuentra uno de los más grandes del mundo. En este contexto, y atendiendo a los intereses británicos, Schomburgk trazó un nuevo mapa cuya línea (segundo mapa) abarcaba ilegítimamente 142.000 kilómetros cuadrados del
territorio venezolano.

Gran Bretaña

Ahora bien, veinte años después que falleció el citado geógrafo, Gran Bretaña adulteró las planchas de cobre de su segundo mapa, trazando un tercer y cuarto mapa, con dos líneas respectivamente adulteradas, tanto en 1887 como en 1897. Ya esta última línea abarcaba más de 200.000 kilómetros cuadrados del territorio venezolano, y con ese último mapa adulterado, se arribó a la nefasta sentencia del Laudo Arbitral de París de 1899. 

Y es bajo esta descompuesta, escabrosa y obscena forma de actuación, que el Gobierno de Guyana ha pretendido exacerbar ante la Corte Internacional de Justicia, que Venezuela había aceptado el resultado del Laudo con esa última línea divisoria, por lo que puede observarse, que el tribunal le dio el carácter jurídico y legal a una línea que en esencia no tenía basamento alguno, y sobre esta se fijó la frontera, por supuesto, sin agregar en ninguna parte de la sentencia el por qué se trazó la frontera. Y fue precisamente en ese contexto que se exacerbó la falta de motivación para decidir el soporte jurídico de la línea fronteriza en cuestión, aunado al exceso de poder, dado que el mencionado Tribunal se inmiscuyó en otros asuntos adicionales, estableciendo normas sobre asuntos que no formaban parte del tema objeto de estudio.

Prensa británica

Es importante añadir que, en el momento del pronunciamiento de la sentencia de 1899, la prensa británica consideró textualmente la decisión arbitral como una “grosería y un atropello a un país pobre”. Más claro, imposible.

Y si lo que se está manejando en la Corte Internacional de Justicia hoy en día, reviste obviamente en su esencia de una orientación netamente jurídica, existen sólidas jurisprudencias emitidas por el mismo Tribunal de La Haya, en el que el principio del Uti Possidetis Juris y NO el de la prescripción Facultativa, ha conformado la base ineludible para diferentes pronunciamientos jurídicos anteriores, por lo que Venezuela tiene como sustentar el territorio que le corresponde de acuerdo a la titularidad obtenida desde la creación de la Capitanía General de 1777.

Así como sustentar el vacío que habían intentado manipular tanto Gran Bretaña como Guyana con la falsa afirmación sobre la supuesta presencia y asentamiento de los holandeses en diferentes momentos históricos sobre la región del Esequibo, siendo ello sujeto a continuos fracasos, lo que culminó con los establecimientos holandeses en el Este y no al oeste del río Esequibo, cuyo escrito se presentó en el artículo de la semana anterior.

Debida prudencia

Por lo tanto, el mapa utilizado del Esequibo con la cuarta línea adulterada, constituye el antagonismo irrefutable con el que pretendió Gran Bretaña en confabulación con Rusia, llevar a cabo en un Tribunal de Arbitraje para manipular a su conveniencia los resultados que se deseaban alcanzar, razones de fondo para que Venezuela hoy en día pueda continuar con la debida prudencia en el proceso jurídico ante la Corte Internacional de Justicia.

Sin embargo, adentrarse en un justo juicio implicaría que, NO pueden quedar ventanas de contexto legal abiertas para otorgar o facilitar la posibilidad de una manipulación con dudas sobre la confiabilidad del Tribunal de La Haya.

Variable que se encuentra aún a flor de agua, lo que dependerá de Venezuela y del equipo de expertos y asesores al momento de consignar la Contramemoria a ser entregada el año entrante al mencionado organismo jurídico internacional, hecho que hoy en día como ya se explicó, preocupa profundamente a Guyana, por lo que contrariamente a este señalamiento.

Habría que evaluar con suma sensatez el que Venezuela se mantenga pasiva con la extraña posición actual. Alineada únicamente con lo establecido legítimamente en el Acuerdo de Ginebra de 1966, hecho que conformaría el basamento necesario para otorgarle cierta tranquilidad de Guyana, al quedar ella alineada y sola ante un proceso jurídico internacional con países y organismos que la apoyan tácitamente sin que Venezuela le haga contrapeso.

Por lo que de esa manera, el país vecino podría actuar con mayor molicie y holgura, aun cuando se reafirme en nuestro territorio nacional que ”el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.

Por: José Chachati Ata

Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata

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