Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, Fase XIX, Entrega 199

(Continuación)

Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo

Ha sido muy oportuno y perentorio en las circunstancias actuales del país, continuar exacerbando la perspectiva que enmarca hoy en día el litigio territorial con Guyana, como parte de la salvaguarda de la integridad territorial y soberanía de Venezuela sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, de manera que este proceso escalonado de concientización dirigido al gentilicio nacional y a la comunidad internacional, sobre las circunstancias geohistóricas y los enfoques geopolítico, geoeconómico y geoestratégico que se han venido aclarando, ya sea por las presiones existentes sobre el país o como parte ineludible de la Defensa Integral de la Nación, conlleve al incremento de compromisos y corresponsabilidades que sensibilicen cada vez más, a un mayor número de connacionales, y también, a los países y organismos a nivel global. Es una ardua tarea que debió iniciarse hace mucho, pero aún el país está muy a tiempo.

En apreciación del suscrito, Venezuela se ha venido serenando y levantando en positivo cada vez más, sobre hechos puntuales de este asunto controversial, lo cual ha tendido también, a configurar eventualmente algunas opiniones antagónicas por señalamientos que se han venido manejando, como falsos positivos relativamente convincentes ante el país y la opinión pública internacional, expuestos con meticulosos y exuberantes fundamentos manipulados, que se entretejen en un marco de confusiones, cuyo fin ha sido sin duda, elevar el debilitamiento de la mayoría, y derrumbar la motivación de la posición venezolana. Está claro que, como punto tóxico de ignición sobre este caso, lo ha constituido el entramado jurídico conducido por el Gobierno de Guyana mediante la demanda introducida ante la Corte Internacional de Justicia contra Venezuela desde el 2018, lo cual fue aceptado por dicho organismo jurídico en franca orientación, a propósito de validar o no el Laudo Arbitral de París de 1899, con la consecuente delimitación definitiva de la línea fronteriza entre ambos países.

En este contexto, lo primero que debe considerarse es que, Guyana de manera desesperada ante el irresponsable error cometido de haber demandado a Venezuela, busca compensar en un estado de emergencia, los vacíos que afronta jurídicamente, arrastrando con ello además, a la Exxon Mobil ante las inversiones ilegítimas realizadas en los espacios acuáticos del Esequibo, dado que el gobierno vecino no tuvo, no tiene, ni tendrá como sustentar la titularidad jurídica del territorio cedido de la Guayana Británica en 1966, al igual que las supuestas posesiones en dicho territorio por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, mientras que Venezuela obtuvo el territorio en cuestión, mediante el proceso de emancipación iniciado a través de la declaración de su independencia en 1810, cuyo espacio geográfico se corresponde a la creación por parte de España, de la Capitanía General de Venezuela en 1777, aunado a las notas y documentaciones diplomáticas que nacieron desde ese entonces, reconocidas por el Gobierno de Gran Bretaña. En este contexto, hoy en día, el Artículo 10 de la Constitución venezolana lo ratifica, consagrando la adopción del citado principio jurídico en el que se estaría declarando que, lo que poseía en dominio territorial la Capitanía General de Venezuela a nombre de la Corona Española, lo posee actualmente a título de dominio eminente el Estado venezolano.

En segundo lugar, la Corte Internacional de Justicia, se ha inclinado en el tiempo para el dictamen de las sentencias emitidas en otros casos, a favor del Principio Uti Possidetis Juris, como soporte supremo legal, hecho que le concede a Venezuela con los fundamentos jurídicos respectivos, suficiente aval para la recuperación del territorio que le fue usurpado mediante el viciado y nulo Laudo de 1899, que se manejó en aquel entonces para favorecer los intereses de Rusia y Gran Bretaña. De hecho, llama la atención del suscrito, el escrito emitido por el Dr. Gómez (2023), quien ha señalado además, que Inglaterra le propuso a los Estados Unidos de América el 23 de marzo de 1869, repartirse en mitades el territorio venezolano, de manera que el Gobierno norteamericano pudiese reubicar en el occidente de esta Nación, a la población de descendencia africana que había participado en la guerra de secesión, y el Gobierno de Inglaterra se quedaría con el resto del territorio, incluyendo a la Guayana Esequiba, agregando además, que según ellos, los ingleses, no podían siquiera considerar a los venezolanos como sujetos del Derecho Internacional. Una verdadera conducta patética y descarrilada.

En tercer lugar, al igual que ayer, el Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en sus maniobras evasivas sin la presencia de Venezuela, ha pretendido lavarse las manos del Acuerdo de Ginebra de 1966, firmado entre las partes, puesto que afrontar la realidad de todos los actos cometidos perversa y vergonzosamente en aquel entonces, demuestra claramente que dicho Gobierno británico NO TIENE hoy en día como sustentar todo lo que se hizo bajo la modalidad del fraude, y mucho menos tiene la titularidad jurídica, ni los soportes legales que debieron conllevar a la sustentación de su supuesta titularidad, durante el Tribunal que sentenció absurda e ilegítimamente el Laudo Arbitral de París de 1899, sumatoria de hechos que la obligan a mantenerse bajo la mesa, fingida de un silencio aparente ante la opinión pública internacional y sin dar la cara, pero paralelamente, estaría buscando aprovechar las fortalezas que le conceden el pertenecer a la OTAN, al igual que disponer permanentemente por ley, de un Magistrado en la Corte Internacional de Justicia, además de su clara correlación con el Gobierno norteamericano, variables que podrían tener una considerable influencia sobre la sentencia final del caso, pero todo ello no tendría legalmente como privar por encima de la titularidad jurídica de Venezuela, ni en la manipulación del Principio del Uti Possidetis Juris que ampara indefectiblemente al país. Sin embargo, el rol diplomático y jurídico de la Comisión tecno-jurista venezolana en conjunto con el Estado venezolano, juega sobre estos señalamientos, un rol protagónico de primera magnitud que no se puede descuidar.

En cuarto lugar, el Laudo Arbitral de París de 1899, abarcó mucho más allá de lo que estaba previsto según los acuerdos establecidos a través del Tratado de Washington de 1897, además de manejarse con alteraciones cartográficas, no sustentadas y modificadas retorcidas e inicuamente a favor de los intereses británicos, lo cual se realizó además, a espaldas de Venezuela y con la arrogante pretensión de exigir la no presencia venezolana en el Tribunal respectivo, omitiéndose el principio fundamental del Uti Possidetis Juris, siendo abordado únicamente el de la prescripción facultativa para favorecer los intereses británicos. Una verdadera confabulación vergonzosa que hoy en día se encuentra latente a la luz del Derecho Internacional, y que constituye una verdadera torpeza y cerote moral, para los países que aún continúan apoyando a Guyana por intereses netamente económicos, y peor lo es, para quienes se han volteado coyunturalmente, porque eso es lo que verdaderamente les interesa, a pesar de las oportunidades y de los apoyos económicos y políticos otorgados por el Estado venezolano en diferentes circunstancias.

En quinto lugar, y con base al punto anterior, debe tomarse en consideración que el factor de la “confiabilidad” en llevar adelante un proceso justo ante la Corte Internacional de Justicia, dependiente del órgano regular que lo conforma precisa y directamente, la Organización de las Naciones Unidas, hecho que da cabida colateral a un escenario escabroso para la estrategia diplomática de Venezuela, en el que se han integrado otras aristas, como la decisión unilateral y a favor de Guyana del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, quien manipuló el ejercicio de sus atribuciones establecidas en el Acuerdo de Ginebra de 1966, y que el Gobierno de Guyana vio con muy buenos ojos para darle la espalda a dicho Tratado, al obtener el respaldo grisáceo cual Estado profundo de dicho Secretario
General, dejando en manos de terceros sus problemas (estrategia a la que ha estado acostumbrado dicho gobierno), aunado a la arrogancia demostrada mediante el supuesto respaldo internacional que se le estaba otorgando, además de la ventaja que le confería el lobby multifacético efectuado bajo la mesa con el organismo jurídico internacional y la comunidad internacional, que en su conjunto, lucieron como acciones aplastantes para el Estado venezolano, pero en el tiempo, demostraron que no todo lo que brilla es oro, al encontrarse vacíos y graves errores cometidos, que han obligado al gobierno del país vecino, a tomar acciones desesperadas, incluso a recular bajo la hipócrita figura de la buena fe, sus intenciones y actuaciones diplomáticas, dado que hay mucha tela que cortar. Venezuela se ha mantenido apegada al Acuerdo de Ginebra de 1966, y ello representa aún, una arista significativa en favor del país, a pesar de su actual y muy extraña política exterior.

En sexto lugar (PRESTE ATENCIÓN A ESTE PUNTO ESTIMADO LECTOR), la declaración emitida por el Mandatario Nacional venezolano en el 2004 sobre que no se oponía al desarrollo de Guyana en el Esequibo, que lógicamente debió interpretarse como que ello debió hacerse en conjunto y no de manera individual como lo ha hecho Guyana, en tal caso, se hubiese podido corresponder únicamente a un “posible desarrollo” en el espacio continental, porque ello es precisamente lo que se enmarca en el Laudo Arbitral de París de 1899, y no a los espacios acuáticos como lo ha manipulado Guyana, dado que estos no estaban ni están delimitados, y de hecho, no forman parte siquiera de la controversia actual, razón más que suficiente para evitar a como dé lugar, la presencia de empresas transnacionales, y vetar abiertamente ante la comunidad internacional el pecaminoso abuso cometido contra Venezuela. Esta cara de la moneda, ayudaría a justificar también, el silencio de Venezuela al momento de haberse sentenciado por la Comisión de Delimitación de la Plataforma Continental de la Organización de las Naciones Unidas, la línea divisoria de los espacios acuáticos entre Guyana y Surinam.

En séptimo lugar, como consecuencia del punto anterior, al haberse anunciado el retiro de la empresa Exxon Mobil del bloque Kaieteur, en cuanto al ejercicio de las actividades económicas relacionadas con las exploraciones en aguas profundas de los espacios acuáticos del Atlántico, se conforma una excelente coyuntura a favor de Venezuela, para retomar legítimamente la inclusión de las medidas cautelares ante la Corte Internacional de Justicia, de manera que el Gobierno de Guyana con su compromiso firmado en el Acuerdo de Ginebra de 1966, se retire inmediatamente de los espacios acuáticos del Esequibo, y responda ante Venezuela por todo el daño generado, además de cancelarle al país previo entendimiento de las partes, entre el 50% y el 80% de los ingresos petroleros percibidos hasta ahora.

En octavo lugar, si Guyana intentase orientar las acciones petroleras realizadas en los espacios acuáticos del Esequibo como actos de soberanía a su favor con el supuesto y relativo silencio complaciente de Venezuela, ello perdería el peso jurídico con los señalamientos efectuados en los puntos 6 y 7, además que los actos de Guyana como apócrifos actos de soberanía, se habrían convertido en evidente violación del Acuerdo de Ginebra de 1966, siendo ello razón más que suficiente para la urgente solicitud de las medidas cautelares ante la Corte Internacional de Justicia, sin dejar de lado las violaciones unilaterales que ha intentado afectar la legítima delimitación marítima efectuada entre Venezuela y Trinidad & Tobago, en la que Guyana tampoco protestó en su momento. De hecho, el Artículo V, Aparte 2 del Acuerdo de Ginebra de 1966, reza textualmente:

Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos Territorios, excepto en cuanto tales actos o actividades sean resultado de cualquier convenio logrado por la Comisión Mixta y aceptado por escrito por el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guyana…

En noveno lugar, la diferencia entre ambos países radica en que la actuación de Venezuela se ha mantenido apegada permanentemente al Acuerdo de Ginebra de 1966, hecho que le concede justificación plena de sustentar su actuación como Estado, mientras que políticamente la conducta adoptada ha sido interpretativa a merced de los intereses existentes en cada tolda; en este marco de intervenciones, Guyana siendo corresponsable del citado Tratado, ha violado abiertamente el mismo, maniobrando unilateralmente e invadiendo espacios que no le corresponden y mucho menos le pertenecen, otorgando licitaciones ilegales, y permitiendo la sustracción a través de terceros, de los recursos allí existentes para su único beneficio.

En décimo lugar, en materia geopolítica petrolera comparativa a los años en que Venezuela apoyó a varios países del Caribe, particularmente los del Caricom, y posteriormente con la activación el plan petrolero de Petrocaribe, la realidad actual es que todos ellos venían apoyando a Guyana sin saber de la existencia del petróleo, razón por la que en la actualidad, el interés y apoyo de estos se ha profundizado más hacia el país vecino, por lo que la diplomacia venezolana debe poner en juego varias estrategias adecuadas, mediante el uso de su poder estructural, situacional y táctico, que le den un giro al marco geopolítico petrolero que por excelencia, le pertenece a Venezuela y no a Guyana. La profundización en cuanto al contexto de las medidas cautelares ante la Corte Internacional de Justicia, podrían significar
un frontal touché petrolero no solo para Guyana y los países del Caribe, sino también en materia gasífera, incluyendo a los países del primer mundo que han venido actuando con duras políticas en el contexto de la diplomacia cañonera.

En décimo primer lugar, al visualizar las actividades petroleras, mineras y forestales que se desarrollan actualmente en el Esequibo, participando empresas de China, Canadá y Estados Unidos, en el que existen incluso alianzas comerciales entre algunos de estos, es importante ampliar el contexto de dichas coaliciones, en el que las medidas cautelares solicitadas ante la Corte Internacional de Justicia, no solo afectarían a Guyana, sino también, incidirían significativamente sobre los intereses de las transnacionales que laboran allí a expensas del interés nacional. En este contexto, además de las citadas medidas cautelares, el Gobierno Nacional tiene la excelente oportunidad de renegociar con dichas transnacionales la exploración y explotación conjunta del Esequibo, además de establecer planes de desarrollo que incidan no solo en la acción gubernamental guyanesa, sino también en el ámbito socioeconómico de esa comunidad, de manera que el efecto contrario incida exponencialmente sobre Guyana ante cualquier barrabasada que se cometa contra Venezuela, dado que no sería la primera vez en ocurrir, en atención a que el Gobierno vecino ha estado acostumbrado tradicionalmente a generar perversas sorpresas.

En décimo segundo lugar, una revisión, cambio o actualización de las relaciones diplomáticas de Venezuela, podrían reconsiderarse por parte del Ejecutivo Nacional, pese al supuesto contrapeso de la comunidad internacional, en el que sin dudas, ya apegada al Acuerdo de Ginebra de 1966, la Corte Internacional de Justicia tomará en consideración dicho Tratado al momento de definir la línea fronteriza, en el que sigue reinando la incomprensible posición adoptada por los supuestos países aliados del continente, que apoyan incondicionalmente a Guyana en este litigio territorial, o que simplemente no han tenido una definición congruente, a pesar que se han beneficiado abiertamente a costillas de los recursos que les han sido aportados, incluyendo los que han sido explotados y comercializados en el Esequibo, porque estos indiscutiblemente son del patrimonio nacional y no de Guyana. En este contexto, la extraña política exterior venezolana está ineludiblemente obligada a prevalecer el interés nacional por encima de cualquier color o tendencia partidista, entendiendo que este tema debe enmarcarse sin titubeos en un problema de Estado y no de gobierno, con miras al fortalecimiento integral y multifacético de sus relaciones diplomáticas.

En décimo tercer lugar, el retiro parcial de la empresa Exxon Mobil, ha proyectado negativas incidencias sobre el futuro geoeconómico de Guyana, considerando que la citada transnacional se mantendrá operando en el bloque Stabroek, que es donde se encuentra el mayor potencial petrolero actual, correspondiente a la zona marítima del Esequibo, y por ende, le pertenece a Venezuela, por lo que la disposición de los actuales y futuros inversionistas en seguir manteniendo el falso positivo de un supuesto crecimiento del país vecino a costillas de Venezuela, aunado al corto conocimiento que se tiene sobre la materia energética, obligará a Guyana a retomar un nuevo rumbo integral a nivel regional e internacional, en el que tendrá que lidiar internamente a niveles gubernamentales, y externamente con la comunidad internacional, ante el impacto ecológico y climático que se estaría generando, incluyendo al pulmón de la humanidad en el Amazonas y su entorno, en el que la “huella ecológica” respectiva generará no solo simples cambios, sino transformaciones que no se podrán eludir.

En décimo cuarto lugar, a raíz de las inversiones de las empresas transnacionales en materia petrolera, gasífera y minera, el Gobierno de Guyana ha venido cayendo en conflictos políticos internos, mostrando un comportamiento inadecuado tendiente a la desinformación de sus ingresos ante la comunidad, cuando éste está obligado a exteriorizar todo dato que garantice la transparencia de su gestión, hecho que ha germinado en alertas de primer orden, que han abierto puertas a exacerbados niveles de corrupción a través del Ministerio de Finanzas. De hecho, entre los 123 países en el mundo, Guyana ocupa actualmente el puesto número 98, por lo que el ingreso elevado de divisas ilegítimas al país, tiene incidencias socioeconómicas acompañadas de acciones tendientes al facilismo y el abandono, como las que tuvo Venezuela al momento de iniciarse la era petrolera, en el que el campo fue abandonado, y el
interés en otros rubros de la economía nacional se perdió.

En décimo quinto lugar, el Artículo I del Acuerdo de Ginebra de 1966, reza textualmente que: “…con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899…, es nulo e írrito”, razón más que clara para entender que el proceso de entendimiento conllevará a que la Corte Internacional de Justicia una vez declarada ineludiblemente la nulidad del Laudo Arbitral de París de 1899, se apegará a conveniencia de ella, al Acuerdo de Ginebra de 1966 para definir la línea fronteriza entre ambos países, y al establecerse que la solución debe ser práctica y satisfactoria para ambas partes, se dará un vuelco a favor de los intereses de los países del primer mundo, en especial a los del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la OTAN, en el que la probabilidad para la recuperación del territorio a favor de Venezuela será parcial, indistintamente de los espacios que se recuperen para las partes.

Los quince puntos abordados en este artículo, constituyen tal como se informó al principio de este escrito, los basamentos de la realidad actual, analizados anteriormente en los libros titulados “La Daga de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo” y “Touché de Venezuela sobre Guyana”, proclives a fortalecer y a evaluar con mucha prudencia por parte del Estado venezolano y de la Comisión Tecno-jurista venezolana abocada al litigio territorial con Guyana, los escenarios que se proyectan en materia geopolítica, geoeconómica y geoestratégica, razón por la que se sugiere un exhaustivo seguimiento que de seguro, emergerá a flor de agua, sustanciales variables que requieren en esta compleja ecuación matriz, de acciones preventivas a ser implementadas, con la finalidad de ir buscando mermar el impacto nacional, y de situar al país en la realidad que con mayor probabilidad de ocurrencia se avecina, de manera que se sincere indistintamente de la tolda política existente, la postura y orientación nacional que le señala al país, que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.

Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata

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