(Continuación)
Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo
A una semana de haberse iniciado el proceso jurídico ante la Corte Internacional de Justicia, consignándose por parte del Estado venezolano la Contramemoria con las pruebas irrefutables en cuanto a la titularidad del país sobre lo que se ha denominado el Estado Guyana Esequiba, y cuyos argumentos sustentan complementariamente la invalidez del Laudo Arbitral de París de 1899, aunado a la promulgación en Gaceta Oficial de la Ley Orgánica para la Defensa del mencionado Estado, Venezuela en definitiva, no ha reconocido la jurisdicción del citado Organismo Internacional de La Haya sobre la disputa territorial objeto del presente artículo, hecho que no frenará los avances enmarcados unilateralmente en el marco judicial por el Gobierno de Guyana, en el que a pesar de la ausencia del demandado por la mencionada vía, se dio inicio a un proceso que llevará necesariamente a la revisión exhaustiva de las evidencias presentadas, y con ello, más temprano que tarde, quedará desenmascarada la farsa manejada por el gobierno del país vecino y sus aliados, al haberse tergiversado en un falso positivo la realidad de esta situación por más de un siglo, lo cual ha sido concordado perversamente con el abierto apoyo de algunos organismos internacionales y gobiernos de otros países, dado que por un lado, emerge empalidecido el sustancial desconocimiento demostrado por éstos, a conciencia o no, sobre los hechos geopolíticos y geohistóricos reales, y por el otro, al buscar éstos con premura el lograr satisfacerse de sus intereses propios basados en los diversos recursos allí existentes.
Debe quedar claro para los venezolanos, que aun cuando la Corte Internacional de Justicia no ha constituido el medio más idóneo para resolver la disputa territorial, considerando que fue un Tribunal Internacional el que sentenció el Laudo Arbitral de París de 1899, además de la tendencia demostrada por el actual Tribunal de La Haya sobre los dictámenes “de forma” que se han pronunciado desde el año 2018 hasta ahora, en el que éste admitió su competencia jurídica por solicitud unilateral de Guyana, y por supuesto, sin el consentimiento de Venezuela, negando posteriormente la obligatoriedad de la participación del Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el proceso de entendimiento como firmante del Acuerdo de Ginebra de 1966, se ha estructurado una evidente matriz negativa de credibilidad, en el que la vía judicial no ha constituido la vía más confiable para los intereses de Venezuela, pero también debe admitirse, que el Ejecutivo Nacional, además de haber actuado y manejado el caso como un asunto de Gobierno y no de Estado, éste no ha logrado detener el proceso judicial ni tampoco ha logrado conseguir una alternativa viable, tal como se esperaba con la reciente Reunión de Argyle y de Brasilia.
Ahora bien, hay una razón muy de fondo al señalarse que el tema sobre la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, le agrega a Venezuela la decisión que comparten una gran mayoría de países en el mundo, de no reconocer a esa instancia para tratar los asuntos jurídicos. Es evidente, y sin emitir juicios de valor, para quienes hayan investigado sobre este delicado asunto, que hasta hace poco, han habido pronunciamientos que se han manejado fuera de un orden racional y jurídico, dado que estos han sido manipulados e inclinados a intereses geopolíticos, que a costillas del poder que se les ha conferido a dichos magistrados, éstos se han valido de ello para ubicar las decisiones y sentencias internacionales, en el marco de la inapelabilidad. La frase “el niño que llora y la mamá que lo pellizca”, encaja perfectamente en este episodio histórico del acontecer nacional, en el que los venezolanos no pueden correr nuevamente el riesgo de una manipulación contraria a la verdad que existe sobre el fraude de 1899, y que ello tenga el carácter irrevocable.

La postura venezolana de reconocer únicamente el Acuerdo de Ginebra de 1966, ha sido desde ese entonces, el instrumento jurídico adecuado para resolver la disputa territorial entre Venezuela y Guyana establecido por todos los Gobiernos del país, sin excepción. Venezolanos todos! abramos los ojos, y conformemos todos por un momento, la turbia ventana en el imaginario del futuro concatenado a la sentencia definitiva, en la que luego de 127 años o más del daño que le infringieron a nuestro país con la sentencia del Laudo de París de 1899, la Corte Internacional de Justicia a pesar de las pruebas irrefutables y del engaño generado a todos los venezolanos geohistóricamente, se pronuncie nuevamente validando el írrito y viciado Dictamen Arbitral, y sin derecho a la reclamación. Escenario totalmente inadmisible.
El proceso jurídico iniciado a finales del siglo XIX con la firma del Tratado de Washington de 1897, dio conformidad al Tribunal de París, y estando previamente arreglados los términos entre los Gobiernos de Inglaterra y Rusia, por supuesto a espaldas de Venezuela, este duró un poco más de dos años hasta que se emitió la sentencia del Laudo Arbitral respectivo, por lo que podría estimarse también, que en esta ocasión manejada unilateralmente con la demanda de Guyana contra Venezuela, el caso podría durar un tiempo similar, tendiente a determinar con la verdad la nulidad, o por la falsedad y manipulación, la validez del mencionado Laudo que le despojó a Venezuela el Territorio Esequibo, cuyo espacio geográfico continental equivale a 159.542 kilómetros cuadrados, y con su plataforma continental concerniente al suelo y subsuelo marino de los espacios acuáticos en el océano Atlántico, se estaría abarcando un desfalco realizado a la República, de aproximadamente 400.000 kilómetros cuadrados, espacio geográfico integral que representa el 42% del territorio continental venezolano en la actualidad. Difícilmente el Gobierno de Guyana, podría rebatir este argumento con el perverso señalamiento efectuado ante los organismos internacionales, al manifestar que Venezuela ha pretendido cercenarle dos tercios de su territorio, lo cual quedará en un futuro muy cercano, desenmascarado y plegado a la desesperada, vil e inmoral maniobra del Gobierno vecino.
Adicionalmente, no debemos olvidar una vez más los venezolanos, que la disputa territorial con Guyana es un asunto de Estado y no de Gobierno, independientemente de los colores o inclinaciones a determinadas ideologías o posiciones políticas, además que la firma del Acuerdo de Ginebra de 1966, realizado entre los Gobiernos de Venezuela y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, reconocido y firmado posteriormente por el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, está totalmente vigente, y éste partió de la posición venezolana en que el Laudo Arbitral de París de 1899 es nulo e írrito. Ahora bien, esta última afirmación venezolana ha conformado también la médula neurálgica de la demanda de Guyana contra Venezuela en la Corte Internacional de Justicia, razón por la que este último admitió su competencia jurídica para determinar la validez o invalidez del citado Laudo de 1899. No hay dudas que ello ha conformado un nudo lleno de intrigas, maniobras e intereses. Venezuela debe estar muy atenta a esta coincidencia esencial.
Sobre este último señalamiento, se ha derivado una marcada ramificación que el Estado venezolano debe atender ineludiblemente desde ya, dado que si se determinase como debería ser, la invalidez del Laudo Arbitral de París de 1899, se estaría generando también la nueva línea fronteriza entre ambos países, tal como se espera de parte de Venezuela que el Gobierno de Guyana lo cumpla, y proceda al desalojo administrativo del vigésimo cuarto Estado de la división política venezolana, cuyo derecho geohistórico quedaría corroborado en la balanza de la justicia internacional. Pero caso contrario, si la Corte Internacional de La Haya determinase en el entramado que han venido conformando las teorías conspirativas e hipótesis enlazadas a realidades del pasado, que es válido el Laudo Arbitral de París de 1899, entonces el Gobierno de Guyana asumirá que la base de nulidad del Laudo sobre la que partió Venezuela para la firma del Acuerdo de Ginebra de 1966, no tendrá más vigencia, razón por la que el país vecino no tendrá en absoluto ningún compromiso para negociar con Venezuela, y lógicamente, ello será la jugada maestra que espera el Estado vecino para transformar la ilegalidad en legalidad, asumiendo lo que consideraría por derecho para el ejercicio de la soberanía sobre el territorio en disputa.
Una contradicción total con los recientes acuerdos establecidos en la Reunión de Argyle y de Brasilia, que por cierto, cada vez más, quedan entumecidos en un escabroso e inconveniente letargo, como lo son la mayoría de los entendimientos firmados por los países de estas latitudes. Verbo y gracia, el lector puede revisar hacia atrás hasta hoy en día, y podrá percatarse de esta dura pero real afirmación, en particular al revelarse una vez más, las mentiras declaradas por el Presidente de Guyana, quien recientemente manifestó que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, había adoptado una posición contraria a Venezuela, cuando la realidad es que dicho Consejo se inclinó en que ambas partes resolviesen la disputa territorial por la vía del entendimiento y no de enfrentamientos.
Por supuesto, que lo mencionado en el párrafo anterior, conjugado en el marco de la decisión cuadriculada de la Corte Internacional de Justicia, no conformaría bajo ningún concepto una solución aceptable, ni práctica y mucho menos satisfactoria para las partes, sino más bien una contradicción total al Acuerdo de Ginebra de 1966, razón por la que para Venezuela, ello sería inadmisible, conformando de entrada, la razón de peso y de la experiencia histórica obtenida por el país, para la no aceptación de la jurisdicción del citado organismo jurídico internacional, debiendo abocarse más bien el país, a la búsqueda de los mecanismos pacíficos a través de la diplomacia y las relaciones internacionales, para continuar con el proceso de entendimiento directo y bilateral con el Estado de Guyana, y no por decisión de terceros, cuyo compromiso jurídico obligante de 1966, fue ratificado por ambos Gobiernos en la Reunión de Argyle y de Brasilia, pero incumplido continuamente por el Gobierno de Guyana con el silencio complaciente de organismos internacionales y gobiernos afines, cuyo norte ha venido apuntando exclusivamente al acceso de los inmensos recursos allí existentes.
Y a propósito de intentar señalar una posición que no sea radical de parte del suscrito, en cuanto a la decisión que se arrogase en un futuro la instancia judicial de La Haya, y sustentado en que la sentencia final se inclinase a la invalidez del Laudo Arbitral de París de 1899, ello acoplaría la concatenación de dicho dictamen, a la decisión sobre la línea de la frontera entre Venezuela y Guyana, razón por la que la Corte Internacional de Justicia al haber manifestado anteriormente la legalidad de su competencia jurídica en el Acuerdo de Ginebra de 1966, tendría que definir obligatoria e ineludiblemente la nueva línea ajustada al citado Acuerdo, pronunciándose sobre una solución aceptable, práctica y satisfactoria para ambas partes, lo que conllevaría a posibles escenarios que por supuesto, no irán contrarios a los intereses de los países del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y que requerían desde ya su evaluación por parte del Estado venezolano, partiendo de:
- La obligación establecida hacia las partes, Venezuela y Guyana, para renegociar nuevamente y alcanzar un entendimiento de mutuo acuerdo en un plazo determinado. (Mediana probabilidad)
- Definir la línea fronteriza de Venezuela hasta la medianía del río Esequibo, acompañando la decisión con planes, programas y proyectos socioeconómicos de desarrollo conjunto entre las partes, dado que las condiciones geográficas así lo permiten. (Baja probabilidad)
- Reconocerle únicamente a Guyana la invasión forzada y el establecimiento de la colonia inglesa durante el siglo XIX, en un espacio no mayor de 24.000 kilómetros cuadrados al oeste del río Esequibo. (Mediana probabilidad)
- Establecer una línea fronteriza en el marco de una recuperación parcial, como la que se estableció preventivamente por Venezuela en el año 2003, definiendo la posibilidad de una línea fronteriza a partir del río Moroco, acompañando la decisión con planes, programas y proyectos socioeconómicos de desarrollo conjunto entre las partes. (Mediana probabilidad)
Pero por lo pronto, la realidad es que se siguen cometiendo atrocidades por parte del Gobierno de Guyana en conjunto con la empresa transnacional Exxon Mobil con la exploración, explotación y comercialización petrolera, hecho que constituye una evidente violación del Derecho Internacional, dado que las acciones unilaterales ejercidas en las áreas marinas y submarinas del Estado Guayana Esequiba, constituyen la clara contravención al abrogarse derechos unilaterales sobre espacios acuáticos pendientes por delimitar. Todas las agresiones incrementadas en estos últimos años por parte del Gobierno de Guyana, no han hecho más que ratificar la desesperación de dicho país, al saber que la actuación de su demanda no se ha correspondido con lo esperado, aunado a que el escenario sobre el tablero estratégico mundial ha ido cambiando escalonadamente, y no precisamente apuntando a las proyecciones que aspira, al igual que se le ha ido desmoronando el falso positivo de su supuesto crecimiento económico propiciado por terceros, cuando la realidad interna del país, pulula en un ambiente de corrupciones, inseguridades y muy sensibles descuidos en materia socio económica.
De hecho, Guyana acaba de firmar el otorgamiento de un proyecto de 13 mil millones de dólares a la empresa transnacional ExxonMobil, la cual tiene adjudicado al bloque venezolano denominado Stabroek, y ello conformaría el sexto plan de desarrollo a ejecutarse en alta mar. Una de las preguntas que ha resaltado por parte de algunos lectores hacia el suscrito es, si el mencionado desarrollo se tiene previsto ejecutarlo en alta mar, lo cual es un espacio internacional, entonces ¿por qué se menciona que la explotación pretendida, afectaría la soberanía de Venezuela, si precisamente es el Derecho Internacional del Mar el que abarca actualmente el ejercicio de determinadas actuaciones jurisdiccionales hasta la zona económica exclusiva?
La respuesta a esta interrogante es categórica y muy interesante, lo cual señalaré de la manera más sencilla posible para su comprensión, dado que la determinación de la plataforma continental de los países de acuerdo al Derecho del Mar está claramente fijada, y en el caso de la plataforma continental venezolana en el océano Atlántico, con el relleno de las profundidades marinas provenientes de los sedimentos que arroja continuamente el río Orinoco al océano Atlántico, se han cubierto los espacios acuáticos de las aguas interiores, mar territorial, zona contigua y zona económica exclusiva, continuando el relleno de dichas profundidades hasta la alta mar, permitiendo mantener la continuidad respectiva del fondo marino, es decir, que inclusive en la zona marina denominada alta mar hasta una profundidad aproximada de 4.000 mts., Venezuela continúa ejerciendo su soberanía sobre el suelo y subsuelo marino, cuyos recursos le pertenecen indiscutiblemente a ella, y la empresa Exxon Mobil a costillas de la ilegítima licitación otorgada por el Gobierno de Guyana, pretende explorar y explotar los mismos, sabiendo muy bien que la licitación es ilícita, y los recursos allí existentes, le pertenecen a los venezolanos.

Con estas declaraciones y acciones ejercidas por el binomio Guyana – Exxon Mobil, se vislumbra que el Gobierno del país vecino no dará marcha atrás a sus ilegalidades amparadas por terceros, continuando con la explotación de los espacios acuáticos correspondientes al territorio en disputa, pese a que existe un Acuerdo firmado en 1966, el cual no ha sido respetado nunca por éste, demostrándose cada vez más, que continuará con los planes anunciados tendientes a la expansión de su economía mediante las explotaciones energéticas, mineras y forestales en el Estado Guayana Esequiba, razón para preguntarle al Estado venezolano, y mientras se envían las notas de protesta diplomática sin resultado de parte del Gobierno de Guyana ni de la comunidad internacional, ¿se mantendrá el actual statu quo en espera de una decisión jurídica que Venezuela por lo pronto no acatará, o de un proceso de entendimiento acorde al Acuerdo de Ginebra de 1966, el cual Guyana no ha dado la mínima muestra de respetarlo o de llegar a un entendimiento bilateral? “Ni se está lavando,…, ni se vislumbra que se preste la batea”. ¿Y entonces?
Es preciso entender que el Gobierno de Guyana no se detendrá, puesto que hacerlo, implicaría que estancar el mejoramiento sustancial de su economía actual a costillas de los venezolanos, explotando los recursos
energéticos, mineros y forestales que le pertenecen al gentilicio nacional, conllevaría a un retraso enlazado con su pasado reciente, inmerso en un círculo de pobreza, corrupción, inseguridad y debilitamiento político, y eso jamás lo hará dicho gobierno, sino más bien lo evitará, mientras éste tenga el respaldo obtenido de forma victimizada ante los ojos de países del primer mundo y de la comunidad internacional. Es obvio que los escenarios que se están visualizando, apuntan a que apenas emana a flor de agua la punta de un
gigantesco iceberg, cuya verdadera masa representada por manos indudablemente turbias cual Estado profundo, con una considerable masa de dinero e intereses manipulados por el poder que se juega sobre el tablero estratégico mundial, son las variables que estarán prevaleciendo en aras de alcanzar una decisión contraria a la fortaleza esgrimida por Venezuela con las pruebas irrefutables que se tienen sobre la titularidad del Estado Guyana Esequiba.
No puede dejarse de lado, que recientemente la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, sustituyó la Licencia 44 por la Licencia 44A, buscando liquidar las operaciones de hidrocarburos con la industria venezolana, hecho que luce como la apertura a una posible repetición de escenarios anteriores en cuanto a las sanciones impuestas al país, sin embargo, la operación con la empresa Chevron, Eni y Repsol, amparadas por la licencia 41, no está aún sujeta a revisión, aunado a que el comunicado refleja que tras haber expirado la Licencia 44, el Gobierno norteamericano emitirá una nueva rescisión de 45 días, considerando que se van a evaluar las solicitudes de las licencias específicas para continuar actividades
más allá del período de culminación.

Las circunstancias actuales que vienen escalando con el conflicto en el Medio Oriente, y el de Ucrania con Rusia, son pilares que se encuentran imbuidos en el proceso de toma de decisiones como factores colaterales de primer orden de la Corte Internacional de Justicia, en el que solo el Gobierno venezolano sabe por ahora, cuanto peso representará la documentación consignada ante el Tribunal de La Haya, al confrontar su contenido en una matriz de posibilidades a favor y en contra de las variables antes mencionadas. Si el camino a seguir es prosperar el entendimiento mediante el Acuerdo de Ginebra de 1966, es necesario frenar y reprimir todo el descalabro inmoral que se está generando por el gobierno vecino. La forma de hacerlo lo marca en definitiva la actitud y la tendencia que se viene proyectando por parte del Estado venezolano.
No puede permitirse bajo ningún concepto que continúen estos atropellos, y menos aún cuando se han dado pasos incuestionables para afirmar con la mayor contundencia, que ciento veinticinco años después del írrito y viciado Laudo Arbitral de 1899, continúa a flor de agua enarbolándose que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Guayana Esequiba”.
Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata
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