La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia afecto a Nicolás Maduro reconoció, mediante una sentencia, que los consejos comunales pueden otorgar constancias de residencia.
La ONG Acceso a la Justicia dio a conocer la información donde se señala que estas instancias pueden ejecutar estos actos administrativos que son legítimos y legalmente válidos.
La sentencia es la número 3 de esa sala y la emitieron el 11 de febrero de 2021.
Esta atribución corresponde a las Alcaldías, que son entidades de carácter constitucional, mientras que los consejos comunales son instancias de organización de carácter político y no son autoridades administrativas, indica la organización.
«Aunque los consejos comunales fueron creados al margen de la Constitución, para la Sala son instancias de participación ciudadana reconocidas en los arts. 62 y 70 constitucionales, y que entre sus funciones legales está emitir constancias de residencia», señala la ONG.
«Es preocupante cómo el juez administrativo cataloga con ligereza a estas declaraciones que acreditan la dirección de residencia de las personas sin tomar en cuenta una serie de aspectos relacionados con la teoría del acto administrativo», alerta Acceso a la Justicia.
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«También cabe preguntarse qué ocurre cuando un consejo comunal niega por alguna arbitrariedad o por razones políticas la emisión de esas constancias u otros documentos que tiene a su cargo», destaca la organización.
«Por ser catalogadas como actos administrativos, ¿las constancias de residencia deben ajustarse a las formalidades y prescripciones previstas en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos? Ello genera una inquietud adicional», alerta la institución.
La ONG aclara que la sentencia específica no está disponible, porque la página web del máximo tribunal «se encuentra inactiva».
Janet Yucra
Buen muchacho, dale un aplauso al secuestrador del país, se lo merece toda la atención de los medios!!!
Feliz que todos tenemos el síndrome de Stockholm.
Pa’lante entonces por el gran comandante!!