Ante qué organismos se debe acudir para presentar la autorización de viaje fuera del país con retorno a Venezuela para niños, niñas y adolescentes
Respuesta dependeremos de la aprobación, e intervención y participación de los padres o representantes legales en ejercicio pleno y compartido de la Institución Patria Potestad, bien sea que estén casados entre sí o no, en los casos siguientes:
A) Cuando ambos padres se encuentren en el país-Venezuela, el padre le dará la autorización a la madre que acompañará en el viaje a los hijos o viceversa, o ambos padres, o el tutor presentan su consentimiento al tercero que sea pariente consanguíneo (hermano mayor de edad, tio, abuelo, demostrada la filiación), la solicitud de autorización la prepara un Abogado Privado, puede presentar la solicitud ante Notaría Pública (solo en la autorización que da un padre al otro padre) o ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con jurisdicción en el domicilio de los menores de edad.
Inquietud se puede presentar al Tribunal de Lopnna solicitud de Autorización de Viaje fuera del país de Niños, Niñas y Adolescentes solos, sin la compañía de su representante legal?
Sí se puede a partir de determinada edad, normalmente los 7 años de edad pueden viajar solos sin la compañía de su representante legal, con el servicio de acompañamiento que presta la aerolínea y normas particulares, en vuelos con conexión, sin escalas internacionales, hasta un máximo de 10 niños menores sin acompañante por vuelo, pero por vía terrestre NO pueden viajar solos sin acompañante.
B) Cuando alguno de los 2 padres se encuentre de viaje de turista o de visita fuera del país, y el otro está en Venezuela que acompañará en el viaje a los hijos, o si los niños mayores de 7 años viajarán solos, el padre que está en el país solicitará la autorización preparada por Abogado Privado ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con jurisdicción en el domicilio de los menores de edad.
C) Cuando alguno de los 2 padres se encuentre establecido o residenciado fuera del país, y el otro en Venezuela que acompañará en el viaje a los hijos, el padre que está fuera del país dará la autorización la prepara un Abogado Privado en el formato establecido por el SAREN, la puede presentar ante el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela en el país donde éste se encuentre y enviarla en original al padre que se encuentre en Venezuela que viajará con el Niño, Niña o Adolescente.
Inquietud: ¿En caso que el consulado de la República Bolivariana de Venezuela no esté atendiendo a sus connacionales a dónde acudir?
Entonces puede presentar la autorización de viaje ante un Notario o Notaría Pública del país extranjero en idioma castellano o en el idioma extranjero, apostillar, traducir al castellano y enviarla en original al padre que se encuentre en Venezuela que viajará con el Niño, Niña o Adolescente.
D) Cuando uno de los padres haya fallecido, el otro padre presenta copia certificada del acta de defunción sin errores de nombre, apellido y numero de cedula de progenitor difunto, ante la autoridad migratoria, ya que queda en ejercicio absoluto y pleno de la patria potestad, podrá viajar fuera del país con su hijo o hijos.
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Abogado: Alfredo José Radaelli Marín
