Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, Fase XXII, Entrega 225

(Continuación)

Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo

En el inicio de esta nueva fase de la disputa territorial entre Venezuela y Guyana sobre el espacio geográfico de nuestro Estado Guayana Esequiba (Fase XXII), la cual se inició el pasado 8 de abril del 2024, con la consignación de parte del Estado venezolano ante la Corte Internacional de Justicia, de las pruebas geohistóricas irrefutables sobre la titularidad del espacio geográfico integral del Esequibo, hoy en día denominado Estado Guayana Esequiba, han comenzado a emerger con mayor afinamiento y sensibilización, pero también con frontales manipulaciones sobre intereses geopolíticos y geoeconómicos regionales, variables estratégicas de primer orden, por lo que las posibles incidencias que se derivarían no pueden ni deben obviarse, dado que permitirán profundizar las inclinaciones del proceso de decisiones y futuras actuaciones a ser consideradas para su puesta en práctica, no solo por parte del citado Organismo Jurídico Internacional, sino también, en el proceso a establecerse sobre la mesa de entendimiento bilateral entre Venezuela y Guyana, con base a un sólido afianzamiento ceñido al marco del Acuerdo de Ginebra de 1966, e incluso para el análisis y la evaluación futura de parte de la Comisión de la Organización de las Naciones Unidas para la Delimitación de la Plataforma Continental, al inmiscuirse posteriormente en la delimitación de los espacios acuáticos en el océano Atlántico.

Así mismo, en la citada fecha, el Estado venezolano incorporó formal y definitivamente en Gaceta Oficial, la Ley Orgánica de Defensa del Estado Guayana Esequiba, conformando así un territorio de carácter administrativo sobre el área geográfica en disputa, mientras que el Gobierno de Guyana espera por la Corte Internacional de Justicia, que esta determine la validez del Laudo Arbitral de 1899, una decisión ya demostrada por Venezuela ante la comunidad internacional, que fue totalmente engañosa y arreglada a los intereses de Gran Bretaña y de Rusia, mientras que para el país vecino, éste se ha aferrado al único mecanismo jurídico manipulado del que dispone, alegando que ello ha sido “cosa juzgada”.

Y manifiesto reiteradamente que lo citado en el párrafo anterior se ubica en el marco de la frontal manipulación, dado que al Laudo Arbitral de París de 1899 lo circunscriben diferentes manejos y desajustes irrefutablemente distanciados de la verdad jurídica, siendo ellos, la clara demostración de la falsificación de los mapas utilizados en el Tribunal, en el que incluso la cuarta línea Schomburgk adulterada y espuria, alcanzó de su trazado original en el río Esequibo, la inclusión de Upata en el Estado Bolívar, además de la implementación del criterio jurídico no ajustado a lo que se había acordado en el Tratado de Washington de 1897, en el que se utilizó el principio de la Prescripción Facultativa en lugar del Uti Possidetis Juris, acompañado al hecho de haberse soslayado la clara jurisprudencia manejada en el Derecho Internacional Público de la época, en el que debía acompañarse la sentencia con la motivación respectiva, lo cual brilló por su ausencia en el caso de los derechos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba, acto que fue manejado por el Juez principal, el Profesor ruso Frederic De Martens, es decir, se generó un veredicto pronunciado sin establecerse las bases y justificaciones legales que motivaron dicha sentencia, y aun así, ante este descalabro inmoral, el Gobierno de Guyana pretende que se le dé validez a dicho dictamen.

Como complemento al edicto antes señalado, se le suma como parte del exceso que no fue contemplado por ninguna de las partes desde el Tratado de Washington de 1897, el dictamen pronunciado respecto a la navegación fluvial por los ríos Barima y Amacuro, entre otros, hecho que hoy en día constituye en su conjunto, parte de las variables fundamentales que permitirán esgrimir y ajustar en un próximo futuro, las disposiciones manipuladas de aquel entonces, a las nuevas realidades del siglo XXI, las cuales se irán ventilando como elementos dependientes de la geopolítica y geoeconomía en el contexto interconectado con el tablero estratégico mundial, y como factores independientes a las condiciones reinantes propias de la naturaleza, al generar estas hoy en día entre otros, cambios proclives a diferentes variaciones geográficas, climáticas y espaciales.

No debe olvidarse que como última actuación de la Corte Internacional de Justicia, resalta la advertencia que se le hizo a las dos partes (Venezuela y Guyana), de inhibirse de tomar medidas que agravasen las tensiones existentes entre ambos Gobiernos, dado que se había generado la alerta regional orientada a un posible conflicto, razón por la que el Gobierno de Brasil intervino junto con la CELAC (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños), para llevar a cabo la Reunión de Argyle, en la Isla de San Vicente y Granadinas, y posteriormente la de Brasilia, tendientes a calmar las tensiones con los mandatarios de ambos países. Y mientras se dieron la mano ambas partes, acordando respetar el Acuerdo de Ginebra de 1966, el Gobierno de Guyana ha continuado con sus actividades de otorgamiento ilícito, explotando y comercializando para su propio beneficio los recursos energéticos, mineros y forestales del Estado Guayana Esequiba. En respuesta, Venezuela realizó algunos movimientos militares en la frontera con los intercambios de comunicados por la vía diplomática que se han suscitado hasta la presente fecha.

Así mismo, el Estado venezolano se ha basado en los postulados establecidos en el Acuerdo de Ginebra de 1966, mediante la búsqueda bilateral de una solución aceptable, práctica y satisfactoria para ambas partes. En este contexto, y a raíz de los acontecimientos generados, surgen como ya se indicó en el libro titulado “La Daga de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo”, dos opciones sobre lo concerniente al Laudo Arbitral de París de 1899, siendo estos que se reconozca o no la validez del mismo, derivándose el reconocimiento de la frontera actual o la línea de la nueva frontera; sin embargo, ello no termina allí, dado que hay una nueva variable que en su dimensión geográfica y marítima, daría posible cabida a la necesidad de la revisión por parte del Organismo Jurídico Internacional sobre la situación de facto que se acopla en función del citado Laudo, señalamiento que fue recientemente realizado por Blanco (2024), quien ha denotado que ello podría estar imbuido en la decisión sobre que ninguna nave perteneciente a terceros Estados, incluyendo a Guyana, podría acceder a los ríos Barima y Amacuro a través del Orinoco, además de no aplicarse el principio de la costa seca en el rio Cuyuní.

De ser evaluada la variable anterior, y tomando en consideración los cambios geográficos existentes hoy en día, dando cabida también a la Tesis realizada por el suscrito sobre el tema en cuestión, se estructuró el constructo gnoseológico trinomial, basado en que la naturaleza política del mar no es diferente a la terrestre, aunado a que el mar en su conjunto estructural de masa de agua y de tierra, comenzando por el suelo y subsuelo marino, conforman la continuación geográfica y jurídica del territorio terrestre en materia de soberanía e integridad territorial, y que estos se consolidan como derechos que emergen como puntales de la Defensa Integral de la Nación, razones por las que encaja adicionalmente la reciente Tesis de Blanco (2024), quien ha sostenido la necesidad de actualizar el estudio de la costa desde Punta Barima hasta Punta Playa (frontera actual de Venezuela con el Estado Guayana Esequiba), cuyos resultados arrojarían algunas de las transformaciones naturales existentes hoy en día, lo que conllevaría incluso a la necesidad de realizar las actualizaciones de los mapas terrestres y de las cartas náuticas, hecho que conllevaría en principio, a que Punta de Playa dejaría de ser el límite de Venezuela al Este, impuesto erróneamente por manipulaciones jurídicas desde 1899.

En otro orden de ideas, es necesario que la desbocada actuación sin rumbo fijo de la Comunidad del Caribe (CARICOM), quien acusó una vez más a Venezuela de provocar una inaceptable escalada de tensiones con Guyana, aludiendo que el país amenaza con socavar la paz y la seguridad en América Latina y el Caribe, culmine mediante actuaciones adecuadas del Estado venezolano a través de su política exterior, lo cual a pesar del tiempo, recursos y esfuerzos realizados sin reciprocidad alguna, no se ha alcanzado el fin deseado, aunado a que los señalamientos realizados, además de la profunda omisión y desconocimiento demostrado sobre la materia de parte de los gobiernos de dicha organización contra Venezuela, no buscan sino satisfacer sus propios intereses para la obtención de los recursos energéticos, considerando que de seguro los precios de comercialización de Guyana a estos países aliados, estarán manejándose por compromiso a valores muy cercanos a la regalía, olvidando que Venezuela les abrió las puertas durante años en el proceso de acercamiento e integración sin recibir nada a cambio.

De hecho, la CARICOM, quizás esperando que Venezuela le diese la espalda total a su compromiso de entrega de la Contramemoria a la Corte Internacional de Justicia el pasado 8 de abril del 2024, lo cual fue totalmente contrario a las aspiraciones anglosajonas, acudió al plan alterno denunciando cínica, irónica e irresponsablemente, que el Estado venezolano ha actuado de manera unilateral, precipitada y potencialmente peligroso, al haber aprobado la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, exhortando al Gobierno Nacional a su abstención de realizar nuevas acciones que obstaculicen la paz, la estabilidad regional y hemisférica, subrayando que el diálogo y la adhesión al Derecho Internacional son los únicos caminos viables para lograr una solución justa y duradera de los problemas en cuestión; sin embargo, la citada organización no mencionó absolutamente nada del compromiso frontal con el Acuerdo de Ginebra de 1966. Definitivamente, tanto para Guyana como para la CARICOM, mencionar la corresponsabilidad firmada en 1966, tiene un efecto totalmente molesto para todos ellos. También, la tendencia de la Organización de los Estados Americanos (OEA), se sumó a los señalamientos efectuados contra Venezuela.

El Gobierno de Guyana advirtió desesperada e irresponsablemente que no tolerará la anexión u ocupación de ninguna parte de su territorio soberano, después que se promulgara la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, declaración que luce totalmente descalabrada, y por ende, desechada en todo su contexto, dado que Venezuela no se estaría anexando en absoluto el territorio de la Guyana Esequiba, sino que dicho espacio geográfico integral ubicado al oeste de la medianía del río Esequibo, le pertenece geohistóricamente a Venezuela desde la creación por parte de la Corona española, de la Capitanía General de Venezuela en 1777, y más bien, habría que manifestar que dicho territorio fue obtenido fraudulentamente por la Corona inglesa en el siglo XIX, y entregado al momento de su independencia, a la República Cooperativa de Guyana. Es así, que entre actuaciones que apuntan a desasosiego, exasperación y desaliento, ha quedado entumecido el Gobierno de Guyana a partir del pasado 8 de abril del 2024, quien ha señalado ante diferentes organismos internacionales, incluyendo a la Organización de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad, que este intento de Venezuela en anexarse más de dos tercios del territorio de Guyana y convertirlo en su parte territorial, es una flagrante violación de los principios más fundamentales del Derecho Internacional consagrados en la Carta de las Naciones Unidas.

Venezuela ha cumplido la presentación de la Contramemoria ante la Corte Internacional de Justicia, con la defensa irrefutable de fondo, cuyo material constituye el conjunto de elementos probatorios que desarticulan la patética demanda de Guyana contra Venezuela. Al haberse presentado la citada documentación con las 135 pruebas que dispone el Estado venezolano, a pesar que éste ha manifestado que el citado Organismo Jurídico carece de competencia jurisdiccional, se ha dado un paso muy importante en favor del país, por lo que el juicio con la presencia o no del Estado venezolano continuará, y los jueces deberán a la hora de pronunciar la sentencia definitiva y vinculante, tomar en cuenta las pruebas existentes y lo que lo que hasta ahora ha venido alegando Venezuela.

De hecho, los soportes que han levantado una tolvanera muy preocupante para el Gobierno de Guyana, a pesar de todo cuanto ha realizado para opacar la posición y soportes de Venezuela, han sido la sumatoria de razones geohistóricas, jurídicas, políticas, diplomáticas, cartográficas y geográficas que posee el país, para demostrar la nulidad del Laudo Arbitral de París de 1899, aunado a los títulos jurídicos e históricos que demuestran la soberanía venezolana sobre la Guyana Esequiba, además de sustentar el marco jurídico para resolver la disputa territorial mediante el proceso de entendimiento bilateral establecido y firmado corresponsablemente en el Acuerdo de Ginebra de 1966.

Es ahora cuando Venezuela inicia su proceso de fortalecimiento, al exhibir ante el mundo y la Corte Internacional de La Haya, las pruebas irrefutables de sus derechos irrenunciables de soberanía sobre el Esequibo, que le fueron despojados maquiavélica y vilmente en el Tribunal de París, mediante una sentencia sin motivación ni fundamento jurídico alguno, que fue avalada manipuladamente por el Profesor De Martens, como Juez Principal en ese entonces, en conjunto con los jueces ingleses y bajo presión los jueces norteamericanos que representaron los intereses de Venezuela, todo ello narrado por escrito en un Memorándum efectuado por el Abogado Principal norteamericano que participó en el proceso de aquel entonces, Severo Mallet-Prevost.

Entre 1897 y 1899, Venezuela participó en el arreglo judicial sin permitírsele su presencia en el tribunal por capricho de los ingleses, quienes se negaron en principio a resolver la disputa territorial por la vía judicial, y luego que la aceptaron, se negaron a negociar directamente con Venezuela, razón por la que fue el Gobierno de los Estados Unidos de América quien representó los intereses del país, y ciento veinticinco años después, el Estado venezolano se encuentra de nuevo en una coyuntura creada perversamente por el país vecino. Por ello, le preguntaría a la Corte Internacional de Justicia, si teniendo hoy en día todas las pruebas irrefutables a favor de Venezuela, desenmascarándose la farsa jurídica presentada por el Gobierno de Guyana bajo la fusión deletérea y mefítica de la empresa Exxon Mobil y otros gobiernos afines a los intereses geopolíticos y geoeconómicos allí creados,

¿Qué excusa tendrá dicho organismo jurídico internacional, para avalar una decisión distinta que no sea la de anular la validez del Laudo Arbitral de París de 1899 y devolverle a su dueño legítimo (Venezuela) el Territorio continental de la Guayana Esequiba?

NO MÁS PREGUNTAS SU SEÑORÍA.

La realidad actual a partir de esta fase que se maneja sobre una base jurídica para Guyana, y sobre el entendimiento bilateral y directo, firmado en el Acuerdo de Ginebra de 1966 para Venezuela, exacerba la necesidad de aclarar para todos los lectores, nacionales e internacionales, de sustentar básicamente que el Gobierno de Guyana fue quien generó la chispa que ha estimulado toda la escalada de tensiones actuales entre ambos países, al elevar éste, la disputa del espacio geográfico integral del Estado Guayana Esequiba a la Corte Internacional de Justicia desde el año 2018, en el que éste a raíz de su tambaleante situación enlazada al compromiso firmado y abiertamente evadido sobre el Tratado de Ginebra, cuyo documento partió del reconocimiento por parte del Gobierno de Gran Bretaña y posteriormente lo firmó el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, sobre la posición venezolana en cuanto a la invalidez de la sentencia dictada en 1899, siendo ello el fundamento evadido durante años por el Gobierno de Guyana para negociar con Venezuela, y la razón por la que el país vecino adelantó sus acciones (por cierto, muy mal asesorado), en son de pretender el alcance por la vía judicial, de validar jurídicamente el Laudo Arbitral de París de 1899, por supuesto, sin base alguna que lo sustente.

Estimados lectores, no olviden que en 1824, Inglaterra reconoció que el límite oriental de Venezuela es el río Esequibo, y de hecho, la primera línea trazada por el geógrafo prusiano contratado por el Gobierno de Inglaterra y no por Venezuela, Robert Schomburgk, lo trazó sobre el mencionado río, realizándose años después, modificaciones no sustentadas en ningún documento. Aunado a ello, la anormalidad manejada en el proceso de arbitraje del Tribunal de 1897 a 1899, no permitió a raíz del Tratado de Washington de 1897, que los reales interesados, es decir Venezuela, estuviese representada por sus propios abogados, sino que éstos fueron los designados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, negociándose el territorio en favor de los intereses ingleses, tal como se ha demostrado reiterativamente. Por supuesto, el Gobierno de Guyana no ha mencionado nada de esto.

Para la Corte Internacional de Justicia, será muy sencillo admitir si esta actúa con ética y justicia, que a raíz de las pruebas consignadas por Venezuela el pasado 8 de abril del 2024, el Laudo de Paris de 1899 no resolvió absolutamente nada, sino más bien, incitó a la conformación de condiciones inadecuadas para elevar las tensiones entre las partes. Y hoy en día, este Tribunal de La Haya, lejos del beneficio que le pudiese generar a los intereses personales de los jueces y de terceros gobiernos, entenderá que la presencia de la disputa territorial entre las partes para su dictamen a través del citado organismo jurídico internacional, no es en definitiva el método más adecuado para arribar a una solución beneficiosa de ambos países, considerando que el marco de actuación legal conllevaría a una posición obligada y contraria al Acuerdo de Ginebra de 1966, la cual extiende su actuación proclive a una solución aceptable, práctica y satisfactoria para ambas partes.

Así mismo, no se requerirá de mayor investigación y análisis de parte del organismo jurídico antes citado, para comprender la actuación malsana y deletérea del Gobierno de Guyana, al haberse aprovechado nocivamente de su carácter administrativo en el Estado venezolano denominado “Guayana Esequiba”, para otorgar indebida e ilegítimamente las licitaciones tendientes a las concesiones de exploración y explotación tanto energéticas, como mineras y forestales, en los espacios acuáticos del océano Atlántico y el espacio geográfico continental respectivamente, con el consecuente deterioro ecológico, aunado al marcado abandono que existe en materia social. Y así como Guyana se ha referido ante el mundo, que Venezuela pretende

cercenarle las dos terceras partes del territorio, Venezuela le manifiesta al mundo, que en el ejercicio único de la soberanía que abarca tanto el territorio continental como la plataforma continental de la Guayana Esequiba, el gobierno del país vecino continúa intentando administrar aproximadamente 400.000 kilómetros cuadrados que son exclusivamente de Venezuela, y ello representa el 42% del territorio venezolano, o sea, las dos quintas partes respecto a la superficie territorial de 916.450 kilómetros cuadrados. El territorio de Guyana, se corresponde legalmente hoy en día a 37.000 kilómetros cuadrados que la Corona Holandesa le vendió a Inglaterra en 1814, cuya ubicación geográfica se corresponde con el este y no al Oeste del río Esequibo, razón para entender que ni el Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ni el Gobierno de Guyana pueden continuar esgrimiendo como parte de su propiedad, el territorio de la Guayana Esequiba, cuya superficie es de 159.542 km2, para lo cual no se tiene fundamento geohistórico alguno para sustentar que le pertenecía a Inglaterra.

En paralelo, Venezuela ha sido exageradamente paciente al permitir que continúen las arbitrariedades que se están cometiendo por el Gobierno de Guyana, siendo este último quien se ha mantenido oculto bajo los zahones de terceros, para que éstos den la cara por ella, hecho que luce totalmente patético y amilanado por decisiones de otros.

Pero también, Venezuela debe admitir que a partir de ahora hay mucha tela que cortar aún, dado que con las patrañas fraguadas en materia de forma, la Corte Internacional actuó en el pasado, maniobrando las sentencias acordes a intereses de carácter netamente geopolítico, sin olvidar el origen de la Presidente de dicho organismo jurídico, y sin olvidar también que en el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, se encuentran permanentemente los representantes de los Gobiernos de los Estados Unidos de América, Gran Bretaña, Rusia, China y Francia (todos, sin excepción, con intereses abiertos en Guyana, principalmente en el espacio geográfico integral del Esequibo), por lo que habrán serias dificultades que carear y contraponer, aunado a las nuevas negociaciones que se deberán emprender con diferentes niveles de lobby y en diferentes instancias, generando participaciones abiertas en diferentes foros y conferencias, con arreglos establecidos a través de compromisos, entendimientos frontales y colaterales, sumatoria de eventos que demuestran la complejidad de todo este proceso, que le generan por lo pronto a Venezuela, un puntal muy positivo para seguir luchando por nuestra soberanía e integridad territorial, de manera que peldaño a peldaño, se logre consolidar pronto que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Guayana Esequiba”.

Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata

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