Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, 2da. Fase (13ra. entrega)

(Continuación)

Con los veintidós puntos presentados en el artículo anterior, quedó de entrada sustentada la legalidad de la pertenencia del Territorio Esequibo a la República Bolivariana de Venezuela, la cual define inequívocamente sus límites territoriales, que en su frontera sur-oriental siguen por el río Esequibo desde sus afluentes hasta la confluencia en el océano Atlántico; siendo esta la línea divisoria que separaba a la Nación de las colonias holandesas.

Durante el gobierno del Libertador Presidente Simón Bolívar, éste dio a conocer a la Gran Bretaña cual era la frontera venezolana mediante notas y memorias explicativas a través de sus diplomáticos (1821, 1823, 1824 y 1825), sin que esta manifestase objeción alguna y, en 1830, al separarse Venezuela de Colombia, le correspondió las mismas fronteras de la antigua administración española cuando era Capitanía General; entre tanto, la Gran Bretaña no tardó en reconocerla, dado que en ningún momento se planteó cuestión alguna sobre los límites respectivos. En dichas notas y memorias explicativas se manifestó lo siguiente:

ANEXO A UNA NOTA DEL MINISTRO PLENIPOTENCIARIO DE LA GRAN COLOMBIA, FRANCISCO ANTONIO ZEA, PARA LORD CASTLEREGH, PRIMER MINISTRO DE LA GRAN BRETAÑA.

LONDRES, 20/11/1821.

La República de Colombia ocupa en la América del Sur la parte más septentrional, extendiéndose en latitud desde los 12º N, hasta 6º S, y en longitud desde 58º hasta los 81º del meridiano de Greenwich. Sus límites son: al Este el Océano Atlántico que baña sus costas desde las bocas del Orinoco hasta Cabo Nassau; desde este cabo arranca una línea NS. que partiendo de este cabo termina en el río Esequibo, siendo la ribera izquierda de este río la frontera con la Guayana Holandesa.

Public Record Office (Londres) F.O. 97/114

INSTRUCCIONES DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE GRAN COLOMBIA PARA SU MINISTRO PLENIPOTENCIARIO EN LONDRES, SR. J. RAFAEL REVENGA (1822).

Séame lícito, sin embargo, llamar particularmente la atención de Usted al artículo 2º del proyecto de tratado en punto de límites. Los ingleses poseen en el día la Guayana Holandesa, por cuya parte son nuestros vecinos.

Convenga usted tan exactamente, como sea posible, sobre fijar la línea divisoria de uno y otro territorio, según los últimos tratados entre España y Holanda. Los colonos de Demarara y Berbice tienen usurpada una gran porción de tierra que, según aquéllos, nos pertenecen del lado del río Esequibo. Es absolutamente indispensable que dichos colonos, o se pongan bajo la protección y obediencia de nuestras leyes, o que se retiren a sus antiguas posesiones. Al efecto se les dará el tiempo necesario según se establece en el proyecto.

Public Record Office (Londres) F.O. 97/114
MEMORÁNDUM PRESENTADO POR EL MINISTRO PLENIPOTENCIARIO DE GRAN COLOMBIA, JOSÉ MANUEL HURTADO, AL GOBIERNO DE SU MAJESTAD BRITÁNICA, 16 / VII / 1824 (EXTRACTO).

Límites.
La República de Colombia, compuesta hoy en día de los pueblos conocidos antes bajo los nombres de Venezuela y Nueva Granada, está situada en el corazón de la Zona Tórrida en la América meridional. Este bello y rico país se extiende por la Mar del Norte desde el río Esequibo, o confines de la provincia de Guayana, hasta el río de las Culebras que la separa de Guatemala. Por la Mar del Sur, desde el Golfo Dulce, que está al Norte de la provincia de Veraguas en sus límites con Costa Rica, hasta la ensenada de Túmbez, lindante con las provincias del Perú. Desde Túmbez por un arco no bien determinado va al Amazonas más arriba de Jaén de Bracamoros, sigue por la orilla meridional de este río hasta Loreto; aquí se cambia a la del Norte, y en la embocadura del Iza separándose del Marañón se interna en el Continente hasta los límites de lo que antes era Guayana Holandesa.

Public Record Office (Londres). F.O. 18/10.
Adicionalmente, es necesario agregar que si se hubiesen originado dudas sobre la legitimidad a favor del territorio y espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela en el territorio Esequibo, entonces por qué Schomburgk en 1.834, con su proyecto de exploración, presentó un mapa en el que la frontera entre Venezuela y aquellas colonias británicas era el río Esequibo? ¿Por qué ese mapa fue alterado y lo tuvo oculto Gran Bretaña y solo recientemente ha sido descubierto por Venezuela en los archivos de la Royal Geographical Society de Londres? (ver mapa siguiente):

MAPA No. 05

LINEAS SCHOMBURGK Y MÁXIMA ASPIRACIÓN TRAZADA DE GRAN BRETAÑA SOBRE EL TERRITORIO VENEZOLANO

2da línea Schomburgk

4ta línea Schomburgk

Fuente: Ministerio del Poder Popular Popular Para las Relaciones Exteriores Unidad Especial: Guyana, 1988. Publicado en 1896 Cuenca amazónica

1ra línea Schomburgk

3ra línea Schomburgk

Dados estos hechos existentes, indiscutibles e ineludibles, simplemente con el trazado alterado sobre el mapa de los verdaderos límites (río Esequibo) y, el hecho de esconder lo que representaba la inminente aspiración de obtener el Territorio Esequibo para Gran Bretaña, la llevó a esta al ocultamiento en sus archivos del mapa verdadero con los espacios geográficos y territorio que Venezuela poseía desde ese entonces legítimamente en su región este y sureste:

MINUTA SUSCRITA POR LORD STANLEY, MINISTRO DE COLONIAS,

LONDRES 7/ IX / 1841.

Este informe de Schomburgk debe ser comunicado al Ministerio del Exterior. Los mapas en mi poder no nos permiten ver el curso seguido por el Sr. Schomburgk y él no presta facilidades para hacer un trazado del mismo.

Extractos de este informe deben comunicarse a la Real Sociedad de Geografía, pero debe tenerse cuidado en no insertar acusaciones vagas contra el Gobierno de Venezuela, las cuales aunque posiblemente fundadas, carecen de la autoridad suficiente y aunque la tuvieran quizás no proporcionarían ventaja alguna si se publicaran. El Sr Schomburk no proporciona ningún dato en qué fundamentar la frontera reclamada por él, que según él define una y otra vez, fundamenta los “indudables” derechos de la Corona Británica.

Public Record Office (Londres). C.O, 111/179.
MEMORÁNDUM CONFIDENCIAL DEL MINISTERIO DEL EXTERIOR BRITÁNICO. 24/XI/ 1857

Sería difícil, dentro de límites razonables, discutir el valor que debe atribuirse a la evidencia aducida por ambas partes de las diversas personas que han escrito con respecto a esta frontera; pero en lo que respecta a Sir R. Schornburgk, esa evidencia está limitada por sus objeciones a los escritores franceses a título de celotipias nacionales, como por sus objeciones contra los escritores Católicos Romanos por razón de sus motivos sectarios…

Hasta ahora se ha dirigido la atención a los derechos en lo que respecta a esta porción de la frontera, y ciertamente parece dudoso que nuestros derechos estén libres de dudas, de forma que resulta recomendable reclamar la frontera según lo establecido por Sir R. Schornburgk, si es que se reinician las negociaciones.

Public Record Office (Londres). C.O, 111/179.

Como podrá observarse, de manera unilateral Gran Bretaña realizó la demarcación hasta el Caño Barima, junto a las Bocas del Orinoco, trayendo esto como consecuencia que el pueblo y el gobierno de Venezuela protestasen enérgicamente, y tras las gestiones del ministro venezolano en Londres, el gobierno británico dispuso que fuesen derribados los postes de demarcación dejados por aquél. Si existía tal certeza sobre los límites por parte de Gran Bretaña, por qué se ordenó el desmontado de los postes? En 1.842 la Embajada Británica en La Haya, solicitó a la Cancillería holandesa información acerca de las posesiones territoriales y los límites de esta con la corona española en la Guayana, dado que habían surgido discusiones respecto a los verdaderos límites entre la Guayana Británica y la República de Venezuela. La Cancillería holandesa respondió el 20 de agosto de 1842 que  aparentemente” los holandeses tenían en 1.669 un asentamiento militar en el río Barima, en las Bocas del Orinoco, sin embargo, fue posteriormente mudada al Moroco por lo cual probablemente el territorio comprendido entre Moroco y Barima quedó despojado de toda señal de posesión efectiva por parte de los holandeses”. (archivos de la Public Record Office. Foreign Office 80-108 – archivos de la Cancillería holandesa documentación de la DGSLAF)

Esta evidencia histórica señala que Gran Bretaña tampoco tenía sustentadas las posesiones del territorio ni de los verdaderos límites de la Guayana Británica con Venezuela, recurriendo a la Cancillería Holandesa, quien dejó en claro que durante el lapso comprendido entre la firma del Tratado de Munster hasta 1.842, en la región al norte de la Sierra de Imataca y al oeste del Moroco, no existían asentamientos efectivos y continuos de los holandeses ni británicos. La acción tomada por Felipe Inciarte al encomendársele la tarea de evitar las incursiones de los holandeses entre el caño Barima y el río Esequibo con el fin de asegurar el control de toda la cuenca del Bajo Orinoco, constituye otro precedente que ratifica el derecho de propiedad que tenía España sobre la totalidad de las tierras ubicadas en ese espacio geográfico.

Aun cuando existen hechos de caracteres históricos y jurídicos que demuestran la posesión legítima de la República Bolivariana de Venezuela sobre el espacio geográfico integral esequibense, luego de la firma del Acuerdo de Ginebra en 1.966, el factor tiempo, ha actuado de manera inconveniente tanto para Venezuela como para Guyana. La predisposición guyanesa para solucionar la controversia a través de conversaciones realizadas en la mesa de entendimiento, estuvo hasta principios del siglo XXI puesta de manifiesto circunstancialmente de acuerdo a la información suministrada por la Cancillería venezolana, demostrando el tácito reconocimiento de Guyana en  cuanto la posesión legítima de la Nación venezolana sobre el Esequibo, además de su percepción pragmática heredada de la cultura anglosajona para solucionar problemas de carácter internacional. Sin embargo, el cambio suscitado en cuanto a las políticas actuales manejadas por el Estado venezolano, ha generado cambios que se han traducido en aprovechamientos y manipulaciones de parte de la República Cooperativa de Guyana y otras naciones, creando posibles vulnerabilidades que en el tiempo podrían crear tensiones con tendencia a una sostenida crisis entre las partes.

En este sentido, el tiempo actúa inclemente con la actitud adoptada por ambas Naciones; los venezolanos deben obtener la reivindicación integral del espacio geográfico en el Esequibo en aras de salvaguardar la integridad territorial; pero los guyaneses intentan crear la matriz de opinión tratando de consolidar el ejercicio de la soberanía, favorecidos por la actitud un tanto retraída e indolente del Estado venezolano. Y esto ha venido ocurriendo como consecuencia de las injustas y unilaterales manipulaciones exhibidas por potencias imperialistas, aunado a la posición y actitud histórica de los venezolanos, quienes han sido anticolonialistas y pacifistas para satisfacción de sus intereses en contraposición con las apetencias extranjeras, quienes irrefutablemente han originado daños que lesionan la independencia, soberanía y salvaguarda de la integridad territorial de esta Nación.

Señalados los hechos históricos y jurídicos sobre la legitimidad de la posesión de Venezuela sobre los espacios geográficos integrales del Esequibo, los venezolanos hemos esperado un cambio de actitud en el Gobierno de Guyana en cuanto a intención y voluntad, pero si esta persiste en su obstinación y no adopta la posición sensata para solucionar esta controversia de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1.966, esta quedará ante el mundo y su eterno vecino (Venezuela) como cómplice del despojo sufrido por el colonialismo británico. La coyuntura actual de Venezuela, el liderazgo y los cambios acelerados que origina el entorno geopolítico, señalan cuanto Guyana podría ganar o perder al solucionar esta controversia, dependiendo en esencia de su actitud, la cual no ha sido adecuada ni ajustada a Derecho.

El siglo XXI evoca el fin de esta historia con el surgimiento de concepciones geopolíticas trascendentes en el devenir de las naciones y los hombres, no fundadas en hechos provenientes de la temporalidad sujeta a leyes que fueron manipuladas unilateralmente por Gran Bretaña, en dirección y sentido motorizados por intereses a voluntad en perjuicio consciente y premeditado hacia la Nación venezolana. Con novedosas lógicas del sentido, se podrá reconstruir otra historia y, esta será asumiendo responsabilidades con variables totalmente dependientes tanto de Venezuela como de Guyana, pero para ello se requiere la Voluntad y el deseo de alcanzar en definitiva la necesidad de obtener la recuperación de un territorio que no tiene cabida a discusión alguna en cuanto a su pertenencia legítima de todos los venezolanos.

 

 

José Chachati Ata

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