El Tribunal constituido bajo las Reglas de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI”), organización del Banco Mundial, determinó que la expropiación sin compensación de Agroisleña constituyó una violación del Acuerdo España-Venezuela.
“El 23 de marzo de 2022 dictó su laudo en el proceso arbitral iniciado por el Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos en julio de 2016 contra la República Bolivariana de Venezuela (“Venezuela”), bajo el Acuerdo entre el Reino de España y Venezuela para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (“Acuerdo España-Venezuela”).
La información se conoció a través de un comunicado de las sociedades españolas del Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos.
El Tribunal CIADI determinó que la expropiación sin compensación por parte de Venezuela en octubre de 2010 de las inversiones del Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos en las sociedades venezolanas Agroisleña C.A., Insecticidas Internacionales C.A., Proyefa C.A. y Venezolana de Riego C.A., constituyó una violación del Acuerdo España-Venezuela.
En consecuencia, el Tribunal ordena a Venezuela pagar al Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos la suma de US$1.629.000.000,00 como compensación por su incumplimiento del Acuerdo España-Venezuela, más intereses sobre la compensación concedida al tipo Libor aplicable a los depósitos a seis meses denominados en dólares estadounidenses más 4 puntos porcentuales, capitalizados anualmente desde el 4 de octubre de 2010 hasta la fecha en que Venezuela haya pagado íntegramente. Adicionalmente, el Tribunal CIADI ordena a Venezuela pagar US$1.108.819,24 por costos del procedimiento y US$16.308.725,30 por gastos incurridos por el Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos en la defensa de sus derechos.
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La misión del Grupo Agroinsumos Ibero-Americanos es contribuir con el desarrollo de la producción agrícola en los países en los que opera, ofreciendo apoyo integral a los agricultores, mediante la oferta oportuna y suficiente de insumos, maquinarias y equipos agrícolas, la recepción y almacenamiento de cosecha, asistencia técnica e incorporación de nuevas tecnologías.
De acuerdo con este árbitro, la medida del chavismo constituyó una violación del acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de Venezuela, firmado en por ambos países en Caracas en 1995.
Fue en 2016 que los afectados introdujeron la demanda y en febrero de 2017 se efectuó la primera audiencia.
Hubo algunos avances durante dos años, hasta que en junio de 2019 el proceso se suspendió por acuerdo entre las partes. En octubre de ese año, los demandantes solicitaron la reanudación del procedimiento, que se cerró en enero de 2022.
No obstante, el 23 de marzo de 2022, el tribunal emitió una sentencia en la que condena al Estado venezolano a pagar los casi 1.500 millones de euros como compensación.
Janet Yucra