Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo, Fase XVI, Entrega 161

(Continuación)

Por: José Chachati Ata

Habiéndole presentado a todos mis lectores la semana anterior un breve análisis sobre las proyecciones de este año 2023, resaltando las prioridades que manejará el Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, es necesario agregar también la reciente declaración de dicho Gobierno, en cuanto a mantener su posición del no reconocimiento del Gobierno Nacional, hecho que como tema de Estado para Venezuela, podría generar posibles complicaciones en cuanto a la posible participación frontal de Gran Bretaña en el proceso de entendimiento sobre la reivindicación del espacio geográfico integral de Esequibo, por supuesto, una vez que la Corte Internacional de Justicia se pronuncie sobre las excepciones preliminares presentadas el pasado mes de noviembre del 2022, en el que fueron reafirmados los derechos históricos, jurídicos y políticos del país, los cuales han sido clara y evidente consecuencia de la sucesión proveniente de España durante las guerras de independencia, y así se había reconocido sin objeciones, cuyo inicio de este declaración y aceptación, data desde la firma del Tratado entre las Coronas de España y de la Gran Bretaña, para restablecer la Amistad y Buena Correspondencia en América; firmado el 18 de Julio de 1670, ratificado el 12 de Agosto y 3 de Octubre de 1670, siendo ajustado en Madrid el 18 de Julio de 1670.

Adicionalmente, desde el año de 1616 hasta 1814, solo existía una colonia neerlandesa en la región oriental del río Esequibo, que pasó a formar parte del Imperio británico en 1815, conformada por las colonias de Berbice y Demerara, estructurando así lo que debió haber sido realmente la denominada Guayana Británica, y ese es precisamente el territorio que le debió corresponder a Guyana desde su independencia en 1966. Por ninguna parte existe soporte de ningún tipo histórico, ni jurídico que involucre al Esequibo como parte de Gran Bretaña. He aquí el gran engaño, la evasión británica y el apuro de Guyana en validar la sentencia del Laudo de París de 1899 ante el Tribunal Internacional de La Haya, dado que no posee sustento de ningún tipo para adjudicarse el territorio en reclamación.

Así mismo, no olvidemos que Venezuela mantuvo su posición en la exposición de las excepciones preliminares, en el que sostuvo que el organismo jurídico internacional de La Haya no tiene jurisdicción para conocer sobre el caso, dado que como se mencionó en el párrafo anterior, Guyana presentó una solicitud unilateral pretendiendo obtener el pronunciamiento sobre la validez del Laudo Arbitral de 1899 (por cierto, debo decir en mi opinión, que a estas alturas del proceso, considero que Guyana le hizo un gran favor a Venezuela, dado que cometió el mayor error al levantar una polvareda de la que no tiene basamento de ningún tipo para sustentarlo), hecho que se contradice con el objeto y la razón por la cual se firmó el Acuerdo de Ginebra 1966, y con ello se acordó que se buscarían soluciones aceptables, prácticas y satisfactorias de la controversia territorial surgida entre Venezuela y el Reino Unido, Tratado que se firmó como resultado de la afirmación venezolana en que el Laudo Arbitral de París de 1899 es nulo e irrito. ¿O es que eso no quedó claro desde ese entonces tanto para Guyana como para Gran Bretaña, y posteriormente para el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas? ¿Por qué el Tribunal Internacional continúa actuando y obviando esta realidad, en el que pareciese que se encuentra en espera de instrucciones provenientes de niveles superiores, cuando se supone que tiene la autonomía para decidir e impartir justicia? ¿Por qué sobrevive aún el silencio ensordecedor de la mayoría de los países a nivel global ante una verdad latente que no puede seguir oculta porque no tiene como mantenerse en esa condición?

Y si hubiese duda alguna sobre lo señalado anteriormente, quien lo desee puede revisar el Acuerdo de Ginebra de 1966, en el que no hay absolutamente nada que indique que las partes acordaron resolver la nulidad o la validez del mencionado Laudo Arbitral, sino que fue precisamente entre los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña y Venezuela, que ambos llegaron a un acuerdo para resolver dicha controversia. En este contexto y para todos los venezolanos, no existe un marco racional, lógico o ectoplasmático, si se requiere abordar este campo, en el que se pueda entender cómo Guyana ha pretendido evadir su corresponsabilidad en cuanto a la búsqueda de una solución ajustada al mencionado Acuerdo de Ginebra firmado en 1966, dado que atender la validez o invalidez de un Laudo Arbitral, no se compagina bajo ningún concepto con la búsqueda de una solución aceptable, práctica y satisfactoria.

Adicionalmente, la pretendida demanda que introdujo Guyana contra Venezuela, se corresponde como bien lo señaló el grupo venezolano durante su exposición ante la Corte Internacional de La Haya, con un país que no existía y que tampoco participó en el engaño y la falacia manipulada entre los Gobiernos participantes a partir de la firma del Tratado de Washington, para arribar luego a la nefasta sentencia del Laudo Arbitral de París en 1899, a pesar que Guyana para el año de inicio de su independencia en 1966, junto con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, reconoció el reclamo venezolano, y se comprometió a la búsqueda de una solución enmarcada en el Acuerdo de Ginebra; sin embargo, a pesar de las evasivas demostradas por el Gobierno de Guyana en el tiempo, aunado a las declaraciones irrespetuosas, ofensas, manipulaciones, acusaciones y victimizaciones que el país vecino ha manifestado ante la comunidad internacional, intentando malponer el nombre de Venezuela, ha conllevado más bien a demostrar el desapego jurídico y la actuación mal intencionada por parte del Gobierno del país vecino, hecho que indudablemente demuestra su intención de incidir sobre los intereses vitales de la República, particularmente en el sentido de integridad territorial como parte de la Defensa Integral de la Nación venezolana.

Y en el marco de esta aseveración, Venezuela ha sostenido que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, constituye la parte obligante que debería estar participando para atender y resolver el objeto de la controversia territorial que está solicitando Guyana, hecho que quedó en el tapete para la decisión de la Corte Internacional de Justicia. Ahora bien, esta solicitud por supuesto que representa un severo dolor de cabeza tanto para Gran Bretaña como para Guyana, en el que a como dé lugar, saldrán a flote pretextos de todo tipo para evadir la presencia británica; sin embargo, el citado organismo jurídico tiene otra responsabilidad que no puede evadir, al haberse expuesto por parte de Venezuela con las pruebas sustanciales en mano, que existen elementos probatorios que complican y exacerban a la vez, la farsa montada por Guyana, dado que desde la creación de la Capitanía General de Venezuela en 1777, que luego pasó a ser la República de Venezuela, nacida con la declaración de su independencia en 1811, el Territorio Esequibo ya era parte de dicha Capitanía General.

Y resalto con la afirmación anterior que Gran Bretaña no había manifestado ninguna objeción, dado que en el año de 1825, el Imperio británico había reconocido el territorio correspondiente a la Gran Colombia, cuyo límite oriental estaba claramente establecido en el territorio Esequibo hasta el río del mismo nombre, y ello ya era parte indiscutible de Venezuela; así mismo, el Reino Unido nunca tuvo ni demostró poseer título alguno sobre el espacio geográfico del Esequibo; sin embargo, una vez descubiertos los recursos auríferos existentes en dicho territorio, Gran Bretaña inició a partir de 1841 la penetración ilegal hacia pequeños sectores ubicados en la región norte del Esequibo, adentrándose al oeste del río del mismo nombre, lo cual fue protestado por Venezuela, y durante los años restantes el siglo XIX, Gran Bretaña hizo caso omiso a dichas protestas, tratando de hacer valer unilateralmente nuevos derechos sobre la tierra, y para ello se valió de la publicación de falsos mapas elaborados por el geógrafo de origen prusiano, Robert Schomburgk, en el que se trazaron líneas fronterizas que a la vez fueron falsamente modificadas en diferentes oportunidades a favor de Gran Bretaña, además de haber afirmado ése Gobierno que “los límites no estarían sujetos a negociación, ya que serían defendidos por el uso de la fuerza”, hecho que demuestra el descaro, el abuso y las ínfulas del poder británico, en tomar por las buenas o por las males el control del territorio actualmente en disputa.

Ante el abuso sobre el ejercicio de la soberanía y del despojo generado por Gran Bretaña, Venezuela se vio en la necesidad de buscar el apoyo de los Estados Unidos de América, lo cual se obtuvo mediante la
representación obligada de dicho país en las negociaciones, dado que Gran Bretaña se negó a negociar con Venezuela, iniciando con ello, una etapa de entendimiento entre los intereses de quien era en ese entonces la mayor potencia imperial del mundo (Gobierno de Gran Bretaña), con los de la potencia emergente en el continente americano (Gobierno de los Estados Unidos de América). En este contexto, la historia real, demostrada con documentos fehacientes, conlleva a que el Reino Unido de Gran Bretaña estaba claro que tenía que apoderarse a como dé lugar, del Territorio Esequibo, considerando la importancia geopolítica y geoeconómica, razón de peso que conllevó con la ausencia obligada de los venezolanos, a que Gran Bretaña pudiese manipular la situación conjuntamente con Rusia, prevaleciendo los intereses de cada país por encima de la razón jurídica reinante sobre el caso, que favorecía lógicamente a Venezuela, aunado a la presión aberrada que se les impuso a los Jueces norteamericanos, para arribar así a la nefasta sentencia del Laudo Arbitral de 1899. Y en este contexto, está claro que todo este contexto histórico, incluida la decisión adoptada por el Tribunal de París, gira precisamente en torno a Gran Bretaña y Venezuela como sujetos de Derecho, mas no para Guyana.

Años después, con la aparición del Memorándum de Severo Mallet-Prevost, se evidenciaron las acciones fraudulentas que se tejieron detrás del telón contra Venezuela, hecho que motivó la investigación más a fondo en archivos oficiales tanto de Gran Bretaña como de los Estados Unidos de América, encontrándose información histórica desconocida, que reafirma la evidencia de todo cuanto se ha mencionado sobre el fraude del Laudo Arbitral de París de 1899, generando ello como consecuencia la denuncia presentada por el Gobierno de Venezuela a partir del año de 1962 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, y con ello, el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte duró cuatro años efectuando negociaciones con Venezuela, en el que se admitieron las anomalías encontradas en el proceso que condujo al nulo e írrito Laudo Arbitral de París de 1899, hecho que conllevó a la firma del Acuerdo de Ginebra, incorporando posteriormente a Guyana en la firma y compromiso respectivo. Si Gran Bretaña no hubiese admitido la irregularidad de los hechos existentes, es obvio que jamás hubiese accedido a la firma del citado Tratado de 1966, y ello es una razón irrefutable. Los detalles de fondo y amplitud de todo cuanto se ha señalado, pueden encontrarse en la página web de libros www.amazon.com, analizados bajo diferentes aristas, en los libros titulados “Integridad Territorial de Venezuela sobre el Espacio Geográfico del Esequibo” y “La Daga de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo”.

En esa nueva etapa de entendimiento, sin llegar bajo ningún concepto a conformar juicio de valor de parte del suscrito, una vez más el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte volvió a mentir con la firma del Acuerdo de Ginebra, en el que se había acordado el compromiso de las partes para arribar a una solución aceptable, práctica y satisfactoria para ambas partes, hecho que aún no se ha materializado, y es que para Gran Bretaña, el hecho de participar abiertamente ayer y hoy, implicaría que no podría seguir encubriendo su actuación indebida, y como prueba de ello presentada durante las excepciones preliminares del 2022, resalta la Nota de noviembre de 1963, proveniente de la Embajada Británica en Caracas, dirigida al Foreign Office en Londres, la cual cita textualmente: “Tarde o temprano habría que decirle al Gobierno de Venezuela que el Gobierno de Su Majestad no podía aceptar la modificación de la Guayana Británica y frontera con Venezuela. El problema era cómo y cuándo transmitir esta información”. Mayor descaro, imposible. Las caretas comenzaron a desmoronarse, y esta realidad no puede seguir oculta ni para Venezuela ni para el mundo.

Lo anterior fue una razón adicional que adujo Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia, para que dicho organismo jurídico pudiese examinar la validez del Laudo Arbitral, de acuerdo a la decisión pronunciada en el año 2020, por lo que la participación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte debería tener un carácter obligante, dado que éste fue el actor principal. Y particularmente con Guyana, es obvio y bien conocido por todos que a partir del año 2015, el proceso de entendimiento entre las partes (Venezuela y Guyana) cambió radicalmente para el Gobierno de Guyana, sesgada torcidamente por las presiones que ejercieron empresas transnacionales del área energética, al haber encontrado petróleo en los espacios acuáticos del Esequibo, sabiendo que ello le pertenece a Venezuela, además de haber un Acuerdo firmado entre las partes, lo cual incluye a Gran Bretaña, hecho que aceleró el proceso de la demanda introducida por Guyana, y con el silencio perturbador de Gran Bretaña, para reclamar la validez del Laudo Arbitral de 1899. No podemos olvidar tampoco, que el Gobierno de Guyana ha irrespetado el Acuerdo de Ginebra de 1966, otorgando unilateralmente grandes concesiones a empresas transnacionales, beneficiándose unilateralmente, y Venezuela ha protestado constantemente dichas acciones ilícitas, aunado a que se han generado mediante las explotaciones desmedidas otorgadas a diferentes empresas transnacionales, sensibles daños ecológicos; adicionalmente, no podemos dejar de lado el hecho que la Corte Internacional de La Haya no haya generado ninguna medida cautelar al respecto, hecho que desdice mucho sobre la confiabilidad sobre el manejo del caso por parte de dicha organización.

De acuerdo a todo lo señalado hasta ahora, lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966 acorde con lo expuesto en las excepciones preliminares, o en caso colateral, el proseguir con el proceso jurídico ante la Corte Internacional de Justicia sin la presencia de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, es inadmisible, y menos que se trate de atribuirle la presunta validez al Laudo Arbitral de 1899, cuando voluntariamente Gran Bretaña convino con Venezuela en dejarlo prácticamente sin efectos jurídicos. De lo contrario, lo pregunto una vez más, ¿para qué se firmó el citado Tratado, si ello no hubiese sido así?

El Tribunal de La Haya como organismo fiel y dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, tiene en su seno a Jueces pertenecientes a los tres países que participaron en la nefasta sentencia de París en 1899, por ser éstos parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en el que tienen el voto y la oportunidad en conjunto con los otros Jueces (quince en total), de reivindicar el daño que se ha venido arrastrando por más de un siglo en contra de Venezuela, y para Gran Bretaña un error de esa naturaleza cometido en el pasado como parte de su historia imperialista, pero admitido hoy en día, lejos de avergonzar al Gobierno de ese país, constituye más bien un punto de honor que ensalzaría y elogiaría los principios éticos que deberían regir a las Naciones, pero ello será alcanzado cuando de veras exista la voluntad política de adoptar un cambio de actuación, acorde no solo a los intereses de Gran Bretaña, sino también de los Estados Unidos de América, de la OTAN, de la ONU, de la Corte Internacional de Justicia, y otros, por lo que el camino es aún muy complejo, y en particular con la posición adoptada por Gran Bretaña y sus proyecciones en este año 2023. El impulso principal debe provenir del Tribunal Internacional si así lo decide éste, pero es obvio que existen mecanismos de posibles retrasos, y en este particular, a Gran Bretaña le conviene ello por ahora, pero también a Venezuela se le brinda la oportunidad de una sólida preparación jurídica e histórica con los fundamentos y la razón que acompaña al país, así como el fortalecer y ampliar la intensidad de su política exterior, de manera de poder dinamizar un probable proceso de entendimiento por diferentes vías para afianzar que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.

Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata

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