(Continuación)
Venezuela: Rumbo a la recuperación del Esequibo
A menos de un mes para la entrega formal de la Contramemoria del Estado venezolano ante la Corte Internacional de Justicia, se han venido dinamizando con mayor intensidad, las variables primarias que conforman la ecuación matriz de la disputa territorial sobre el Esequibo, en el que las incidencias relacionadas con los contextos geohistóricos e internacionales de hoy en día, han incrementado la intensidad de sus efectos en una combinatoria jurídica, estratégica, geopolítica, geoeconómica y diplomática, pretendiendo que se exacerbe el logro de una aparente disminución de las tensiones ocurridas entre Venezuela y Guyana, pero la realidad es que aún continúa emergiendo a flor de agua la camuflada distensión y preocupación regional, con las manipuladas acciones y posiciones adoptadas por el país vecino, con miras
a un continuo desafío y evasión de su corresponsabilidad enlazada con el Acuerdo de Ginebra de 1966, al cual se le agrega el enfoque admitido por la comunidad internacional con las explotaciones de los recursos naturales que nos les pertenece, sumatoria de ilegalidades y exigencias descabelladas del Gobierno vecino, que lo enmarcan como Estado profundo,…, oscuro y revuelto en una ciénaga antiética y amenazante a la integridad territorial venezolana.
En el contexto señalado, al haberse ratificado en las recientes declaraciones del Gobierno de Guyana, la continuidad de la disputa territorial por la vía judicial ante el Tribunal Internacional de La Haya, en la que se espera que se entregue la citada Contramemoria venezolana, indistintamente de su participación o no en el proceso jurídico iniciado con la demanda de Guyana contra Venezuela, es importante que se aborde integralmente la situación actual ante los diferentes escenarios analizados en varios artículos anteriores, aunado a las posibilidades y probabilidades existentes, en las que se han leído escritos muy positivos a favor de Venezuela, y otros que por desconocimiento real de los hechos, se han emitido descalificando malintencionadamente la verdad geohistórica que le asiste al Estado venezolano.
En razón de lo anterior, es necesario realizar un alto y abordar a manera de repaso, algunas interrogantes básicas para entender el panorama sobre el cual se sustenta la disputa territorial ante el medio escogido unilateralmente por el Secretario General de la ONU, atendiendo intereses únicos de Guyana, en la que Venezuela refutó la decisión adoptada. Dichas interrogantes se presentan ante el lector, configuradas sobre un sencillo flujograma mental, que se puede visualizar centrado sobre diferentes hechos ocurridos y requeridos ante la Corte Internacional de Justicia, cuyas interrogantes y respuestas concretas permiten realizar el constructo del claro escenario sobre la situación jurídica que se avecina sobre esta disputa territorial, en el que no se puede obviar que se estarían manejando colateralmente varios intereses geopolíticos, geoeconómicos y geoestratégicos enmarcados en el tablero estratégico de este nuevo orden
mundial:

Antes de la sentencia del Laudo de París de 1899
- ¿Está demostrado que todo el territorio suramericano era del Reino de España, sustentado en los arbitrajes de las diferentes Bulas Papales realizadas luego del descubrimiento de América? Sí.
- ¿Está sustentado que fue el Reino de España quien creó la Capitanía General de Venezuela en 1777? Sí
- ¿Está sustentado con hechos geohistóricos que la Guayana Esequiba estaba ocupada en ese entonces por España y no por Holanda o Gran Bretaña? Sí
- ¿Está sustentado que Holanda ocupó forzosamente un espacio geográfico aproximado de 22.000 kilómetros cuadrados ubicados entre el río Moroco y el río Esequibo, siendo ello un territorio perteneciente a España? Sí
- ¿Está sustentado que geohistóricamente, Holanda a través de la Dutch East India Company, por razones geoeconómicas no rentables a sus intereses, abandonó posteriormente el espacio geográfico ubicado al oeste del río Esequibo? Sí
- ¿Está sustentado a través del Tratado de Paz de Westfalia, que el Reino de España le reconoció el territorio ocupado por Holanda en la región de las Guayanas, en el que no hay manifiesto alguno de posesión de territorio de parte de Holanda sobre la Guayana Esequiba? Sí
- ¿Está sustentado que en los diferentes hechos históricos ocurridos durante la época de conflictos con España, el Libertador Presidente Simón Bolívar se manifestó sobre los colonos ingleses como invasores, y sobre la posesión del Esequibo, en la que Gran Bretaña jamás presentó objeción alguna sobre este señalamiento? Sí
- ¿Está sustentado que existe la documentación emitida por el Embajador de Gran Bretaña en Venezuela, el Gral. O´Leary, ex Edecán del Libertador, alertando a la Corona inglesa sobre la importancia estratégica de tomar el control de Punta Barima para fortalecer la posición británica en el continente suramericano? Sí
- ¿Está sustentado que fue a partir de la cuarta década del siglo XIX, que Gran Bretaña comenzó a ampliar como parte de su política, la invasión ilegítima y forzada con sus colonos hacia el Territorio Esequibo, claramente pertenecientes a Venezuela? Sí
- ¿Está sustentado que los mapas elaborados por Robert Schomburgk al igual que el mapa utilizado en el Tribunal de París entre 1897 y 1899 fueron alterados mediante cuatro presentaciones, lo cual demuestra ineludible e indiscutiblemente la falsificación de los mismos? Sí
- ¿Está sustentado el reconocimiento del Gobierno de Brasil, firmado con Venezuela en el Tratado de Límites y Navegación Fluvial del 5 de mayo de 1859, ratificado por el Protocolo de 1929, en el que reconoce que los límites de Venezuela llegan hasta el río Esequibo? Sí
- ¿Está sustentado que lo acordado en el Tratado de Washington de 1897, NO fue lo que realmente se manejó en el Tribunal de París de 1897 a 1899? Sí
Laudo Arbitral de París de 1899
- ¿Está sustentado que el Laudo Arbitral de París de 1899 careció de motivación jurídica, además de haberse excedido en sus funciones de acuerdo a lo establecido en el Tratado de Washington de 1897, aunado a que el mapa utilizado era falso, sumatoria de hechos que anulan total y legalmente dicha sentencia por írrita y desajustada al Derecho Internacional de la época? Sí
- ¿Está sustentado que en el Derecho Internacional Público del siglo XIX, existía clara jurisprudencia sobre la obligación de establecerse la motivación jurídica de las sentencias? SÍ
- ¿Está sustentado que el principio del Uti Possidetis Juris NO fue considerado en el Tribunal de París, prevaleciendo el de la Prescripción Facultativa, lo cual NO estaba previsto en el Tratado de Washington de 1897 para su consideración en el arbitraje respectivo? Sí
- ¿Está sustentado que el propio Juez Principal del Tribunal de París de 1897 a 1899, el Profesor ruso Frederic De Martens, había sido juez principal en casos anteriores, y sustentó la necesidad de establecer la motivación jurídica de las sentencias emitidas, lo que constituye clara jurisprudencia del momento, hecho que NO se consideró ni se realizó en la sentencia del Laudo de París de 1899? SÍ
- ¿Está sustentado con documentación “original y de probada autenticidad”, que el escrito en el Memorándum del Abogado Principal norteamericano, quien representó los intereses de Venezuela en el Tribunal de París de1897 a 1899, Severo Mallet-Prevost, constituye una prueba fehaciente en el que se complementa la aberrada actuación de Gran Bretaña y Rusia, dado que se señaló la procura de éstos jueces en satisfacer intereses propios de sus países a costillas de arrebatarle a Venezuela 159.542 kilómetros cuadrados en el Territorio Esequibo? Sí
Acuerdo de Ginebra de 1966 hasta hoy en día
- ¿Está sustentado que el Acuerdo de Ginebra de 1966, estableció el compromiso de Venezuela, del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y posteriormente el de Guyana, en buscar una solución aceptable, práctica y satisfactoria para las partes? Sí
- ¿Es entendible que la posición venezolana sobre la nulidad del Laudo Arbitral de París de 1899, fue la base sobre la que partió la firma del Acuerdo de Ginebra de 1966, en la que Gran Bretaña tácitamente aceptó el mismo, porque de lo contrario, no hubiese tenido sentido alguno la firma del citado Acuerdo? Sí
- ¿Existe el sustento por el que el Gobierno de Guyana ha evadido llegar a una solución aceptable, práctica y satisfactoria para ambas partes durante el proceso de entendimiento a través del mecanismo de los Buenos Oficios? Sí
- ¿Está sustentado el ilícito mediante el cual el Gobierno de Guyana ha otorgado licitaciones a empresas trasnacionales, para la explotación de recursos mineros y forestales en el territorio continental en disputa, ha violado abiertamente lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966? Sí
- ¿Está sustentado que el Estado venezolano realizó en 1990 la delimitación marítima con Trinidad & Tobago en los espacios acuáticos del océano Atlántico, y el Gobierno de Guyana nunca objetó dicho trazado? Sí
- ¿Está sustentado que el Gobierno de Guyana trazó unilateralmente la línea de sus pretensiones marítimas en el océano Atlántico, desconociendo la delimitación realizada entre Venezuela con Trinidad & Tobago, además de intentar cerrarle al país, la libre salida hacia el mencionado océano, cuyos espacios acuáticos se generan a través del Estado Delta Amacuro? Sí
- ¿Está sustentado que el Gobierno de Guyana le ha mentido al mundo mediante el falso positivo utilizado, de acusar a Venezuela de querer quitarle las dos terceras partes de su territorio, a pesar que es el Estado venezolano y no el guyanés quien posee la titularidad jurídica enmarcada en el Uti Possidetis Juris y en su creación por el Reino de España en 1777, mientras que Guyana no posee absolutamente nada que le adjudique el derecho al territorio en disputa que no sea la viciada, írrita y nula sentencia del Laudo Arbitral de París de 1899? Sí
- ¿Está sustentado que el Gobierno de Guyana ha violado repetidamente el Acuerdo de Ginebra de 1966, otorgando licitaciones a empresas trasnacionales en los espacios acuáticos del Esequibo, los cuales no están delimitados hasta tanto se defina la frontera territorial en disputa, aunado a que el Laudo Arbitral de París de 1899 no mencionó en su sentencia el vocablo “mar”, cuyas acciones unilaterales del Gobierno de Guyana se han inclinado en autorizar la realización de exploraciones, explotaciones y comercializaciones petroleras que satisfacen intereses de otros países, y cuyas utilidades obtenidas han sido manejadas para beneficio único de Guyana, a expensas de los recursos que le pertenecen a todos los venezolanos? Sí
- ¿Está sustentado que la Memoria guyanesa presentada ante la Corte Internacional de Justicia, gira única y exclusivamente sobre la nefasta y viciada sentencia realizada sin motivación justificativa, del Laudo Arbitral de París de 1899, en el que se ha pretendido enfatizar que el caso debería manejarse convenientemente para ella bajo el precepto de “cosa juzgada”, intentando descalificar los hechos y pruebas irrefutables de los derechos de Venezuela sobre el Esequibo? Sí
Las interrogantes anteriores, conforman un panorama genérico que le permitirían al lector entender a groso modo, no solo la conveniencia de ir o no a la Corte Internacional de Justicia, sino entender también que ante cualquier intento de manipulación (que de por sí, en mi opinión ya la hay) de parte de la Corte Internacional de Justicia, ésta tendría que sustentar la razón jurídica contraria a lo ya señalado, lo cual generaría una seria dificultad al intentar rebatirse los argumentos de Venezuela. En este contexto, es que el suscrito se circunscribe a la necesidad de entregar la Contramemoria venezolana ante el Tribunal Internacional de La Haya, el próximo 8 de abril del 2024.
En paralelo, ante la negativa actual de Guyana en continuar negociando la disputa territorial sobre el espacio geográfico integral del Esequibo directamente con el Estado venezolano, aferrada rudamente al ámbito
jurídico internacional, pese a que el Presidente del país vecino manifestó su adherencia al Acuerdo de Ginebra de 1966 en las recientes reuniones de Argyle, de Brasilia y de la CELAC en San Vicente y las Granadinas, se continúan realizando actividades ilícitas en cuanto a explotaciones petroleras en los espacios acuáticos del Esequibo, al igual que las explotaciones mineras y forestales en el propio territorio continental en disputa, además de los diferentes proyectos establecidos con los supuestos países que dicen ser aliados de Venezuela, como lo son China y Brasil, incluyendo a otros, sumatoria de acciones que son totalmente contrarias a lo establecido en el mencionado Tratado de 1966, además que es apropiada la ocasión para recordarle al Gobierno de Guyana, que ninguna de las acciones geopolíticas, ni geoeconómicas y menos geoestratégicas realizadas en el espacio geográfico en disputa, generan peso jurídico alguno como acto de soberanía (Artículo V, Aparte 2 del mencionado Acuerdo), el cual reza:
Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos Territorios, excepto en cuanto tales actos o actividades sean resultado de cualquier convenio logrado por la Comisión Mixta y aceptado por escrito por el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guyana. Ninguna nueva reclamación o ampliación de una reclamación existente a soberanía territorial en dichos Territorios será hecha valer mientras este Acuerdo esté en vigencia, ni se hará valer reclamación alguna sino en la Comisión Mixta mientras tal Comisión exista. (el subrayado es nuestro)
El señalamiento anterior estriba en que el Presidente de Guyana recientemente reiteró, que la frontera de su país con Venezuela se corresponde con la establecida por el Laudo Arbitral de 1899, y afirmó cínicamente que Venezuela estuvo de acuerdo con dicha delimitación; sin embargo, omitió descaradamente los reclamos hechos por los distintos Gobiernos venezolanos en el tiempo sobre el espacio geográfico continental del Esequibo, y con la inadvertencia que ha caracterizado al país vecino, se incluye a flor de agua la irrespetuosa evasión a la corresponsabilidad firmada en el Acuerdo de Ginebra de 1966, en el que la invalidez del viciado Laudo señalado, fue resuelto con la firma del citado Tratado, y éste pasó a ser el único instrumento legal para resolver la disputa en torno al Esequibo, pero Guyana después de firmarlo y comprometerse, ha pretendido desconocerlo en complicidad con varias compañías petroleras transnacionales, como lo ha sido la Exxon Mobil.

El resultado de estas perversas inclinaciones del Gobierno de Guyana, continúa ampliando la necesidad del Estado venezolano en orientar sólidos esfuerzos en materia de Seguridad, Defensa y Desarrollo Integral de la Nación, de manera de prever las complejas transiciones y fluctuaciones entre las tensiones y las crisis generadas unilateralmente con el apocado y medroso apoyo de algunos actores internacionales que juegan continuamente al mejor postor, conformando tergiversada y equívocamente, un cuadro muy complejo en búsqueda de restaurar el supuesto velo de la paz y de la estabilidad regional, mientras continúan realizándose violaciones tras violaciones que motivan la apertura inminente a la ignición de futuros conflictos, dejando que el Derecho Internacional sea disminuido en su contexto instrumental como elemento de persuasión, limitándose en su uso a cuestiones humanitarias y hieráticas.
Es por ello, que además de ser lo aquí presentado, una opinión del suscrito, el diagnóstico de este proceso de paz propiciado por quienes han participado directa e indirectamente desde la Reunión de Argyle, en clara y frontal búsqueda de frenar a Venezuela, más NO a Guyana con las acciones violatorias que ha venido realizando en el espacio geográfico integral del Esequibo, constituye la tarea diplomática asumida usualmente por quienes contribuyen con las hipócritas pinceladas demostradas ante una cara pública y otra privada, en manejar sus intereses en tiempos de paz, buscando reducir las probabilidades de conflictos, pero es claro que los factores de riesgo asociados a las diferentes variables que conforman la ecuación matriz de la disputa territorial, que no fueron resueltas o peor aún, fueron abordadas a conciencia cual saludo a a la bandera, conforman una verdadera crítica que hasta ahora continúa manteniéndose ignorada por la opinión pública internacional, y por el Gobierno del país vecino.
Obviamente, el petróleo ha jugado un rol fundamental en este proceso geopolítico y geoeconómico, en el que no puede obviarse además de las diversas interrogantes presentadas anteriormente, que Venezuela fue marginada ante el Grupo BRICS, a pesar que se le intentó enmendar el capote con la colocación de pañitos políticos inmersos en agua caliente, además del doble discurso generado por países del primer y tercer mundo que han atendido unilateralmente sus propios intereses a costillas de los recursos que posee Venezuela, sin dejar de considerar las posiciones adoptadas por los Gobiernos de Gran Bretaña y Estados Unidos de América, quienes tuvieron y tienen una corresponsabilidad ineludible con el Estado venezolano desde la firma del Tratado de Washington de 1897.
Todos los factores señalados, han desplazado variables anteriores, conformado nuevas dimensiones geoeconómicas en el proceso de la disputa territorial sobre el Esequibo, en el que se han incrementado los intereses geopolíticos, así como de la participación de nuevos actores, especialmente en cuanto a los espacios acuáticos del Atlántico, en el que a pesar de no estar sujetos aún a la delimitación de la frontera entre Venezuela y Guyana, han sido objeto de violaciones y de actuaciones unilaterales por parte de esta última, en el que el Gobierno de ese país, continúa intentando disminuir el efecto jurídico del Acuerdo de Ginebra de 1966, al igual que lo establecido en el Derecho del Mar, mediante torpes, patéticas y evasivas confusiones creadas en las percepciones de soberanía, jurisdicción y de la exclusividad económica de Venezuela.

La toma de decisiones sobre las próximas actuaciones de Venezuela está en el tapete. Llegó la hora en hacer valer los derechos que le asiste al gentilicio nacional, a la patria que con sangre, sudor y lágrimas, se consolidó a través de nuestros próceres y no de otros que han utilizado viles artimañas para apropiarse de lo que no les pertenece. Por un lado, debe consignarse en pocas semanas la Contramemoria venezolana que maneja y prepara la Comisión Técnico-Jurídica ante la Corte Internacional de Justicia, de manera de demostrar sustentada y no empíricamente, la titularidad jurídica sobre el Territorio Esequibo, al igual que desenmascarar la demanda interpuesta por Guyana contra Venezuela, con la farsa manejada en el Laudo Arbitral de París de 1899.
Y por otra parte, es necesaria una profunda revisión de las alianzas internacionales, al igual que la prospección petrolera que Guyana ha planeado poner en práctica en los espacios acuáticos correspondientes al territorio en disputa, incluyendo las áreas marítimas adyacentes que ha pretendido autorizar para la exploración y explotación respectiva a empresas trasnacionales de terceros países, considerando que ya existe el estudio realizado por el Servicio Geológico de los Estados Unidos de América, en el que se determinó desde el año 2000, la existencia de petróleo y de gas natural en la cuenca de Guyana-Surinam, razón por la que Venezuela a través de la empresa PDVSA, debería realizar los estudios necesarios complementarios, que determinen la cantidad ineludible de recursos no renovables que le pertenecen al país, siendo ello otra gnosis adicional que consolidaría el entendimiento por el que “el sol que brilla sobre Venezuela, nace en nuestro Estado Esequibo”.
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Por: C/A (r) Dr. José Chachati Ata
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