Este 25 de mayo, se cumplen 20 años del Juicio por difamación que inicio el coronel del ejercito venezolano Ángel Alberto Bellorín contra la periodista venezolana Ibéyise Pacheco, por reiterados artículos de prensa donde denunciaba al oficial de actos deshonestos al supuestamente modificar calificaciones en materias universitarias en la carrera de Derecho como estudiante de la Universidad Santa María.

Así titulaban los diarios la noticia del momento:
ACUSÓ AL MILITAR DE FAVORECER UN ASCENSO
La justicia venezolana condena a una periodista a nueve meses de cárcel por difamar a un coronel
CARACAS (VENEZUELA).- La justicia venezolana ha condenado en primera instancia a nueve meses de cárcel sin ejecución inmediata a la periodista Ibéyise Pacheco, por difamación agravada continuada contra el coronel de Ejército Ángel Alberto Bellorín.
El juez Juvenal Barreto, titular de un tribunal de Caracas, ha condenado a Pacheco por denunciar hace dos años en el diario ‘El Nacional’ que el coronel alteró calificaciones universitarias y expedientes castrenses para lograr su ascenso militar.

«Es triste que yo tenga que hacer todo este ‘viacrucis’ para que rectifique. Ella no quiso y dice que esto es amedrentar. Yo no puedo hacer nada más; ella dice que apelará, pero a cualquier tribunal que vaya se demostrará que mintió. La mentira no está amparada por nadie y demostré que lo que dijo es mentira», afirmó el coronel.
Pacheco aseguró a los informadores, por su parte, que la sentencia en su contra no le quita el sueño ni le amedrenta y que «forma parte de una persecución política» del Gobierno del presidente, Hugo Chávez.
La comunicadora conminó a «los perseguidos políticos del Gobierno a que no se amedrenten, que no se detengan (…), aunque esto va a arreciar», sostuvo.


La sentencia fue dictada en la audiencia final el día 25 de mayo del año 2004.
Fue publicada el 09 de Junio del 2004 bajo el número 207.
Aquí la diapositiva de la sentencia.
DISPOSITIVA
«Por todos los razonamientos que preceden, este Juez Undécimo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere a la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara culpable a la ciudadana YBEYISE MARIA PACHECO MARTIN, titular de la cédula de identidad número v-5.564.462, de profesión licenciada en comunicación social por la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 444 primer aparte del Código Penal, en relación con el artículo 99 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO BELLORÍN, titular de la cédula de identidad número v-4.597.389 y la condena a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, en el lugar o condiciones que establezca el Tribunal de Ejecución correspondiente, todo de conformidad con los artículos 444 primer aparte, 99, 37, y 74 ordinal 4 todos del Código Penal.
SEGUNDO: Conforme a las previsiones del artículo 450 del Código Penal a petición de la parte acusadora se ordena a la penada a publicar el texto íntegro de la presente sentencia en el Diario El Nacional dentro de los quince días al adquirir la naturaleza de sentencia definitivamente firme.
TERCERO: Se Condena en costas a la ciudadana YBEYISE MARÍA PACHECO MARTINI, identificada plenamente anteriormente, de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 267, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
La parte dispositiva de la presente sentencia fue leída en audiencia publica en fecha de 25 de mayo de 2004, conforme a lo previsto en el segundo aparte del articulo 365 del Código orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la misma en el copiador de sentencia llevado por este Juzgado.»
Dada y firmada en la sede del Tribunal Undécimo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Años Federación 145° e Independencia 194°. En la ciudad de Caracas, a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil cuatro (2004).
EL JUEZ,
DR .JUVENAL BARRETO SALAZAR
EL SECRETARIO,
ABG. LUIS ANATO
JBS/LA/yadira
CAUSA: JU-11°-267-03.
Declaración de la periodista:
Declaración del Coronel:
También te puede interesar:
Somos Curadas.com Tu compañía en información
Únete a Curadas en tus redes sociales y aplicaciones favoritas
Nos alegra que te guste Curadas y quieras unirte a nosotros. Tienes varias formas de ser parte de Curadas:
- Síguenos en las redes sociales
- Entra a un grupo de Telegram o WhatsApp
- Recibe nuestro boletín en tu correo electrónico
Aquí tienes los enlaces a las redes sociales de Curadas
Recibe nuestro boletín por correo
Si quieres decirnos algo:
- Comenta al final de cualquiera de nuestras publicaciones
- Menciónanos en las redes sociales
- Escríbenos a [email protected]
Yo me habría ido de país, pero nunca disculpado por tener la razón.