Título original: DELPINO EL RECTOR DESERTOR – Por Ángel Alberto Bellorín
Gracias a la providencia y a sus contactos, apareció en Panamá el rector Delpino luego de desertar para romper el viejo pacto con satanás que obliga el chavismo a todo aquel personaje que hará el rol de opositor en el CNE.
Apareció sano y salvo, muy cauto en su comunicado, sin el pendrive milagroso con la totalización, sin actas originales; pero poniendo fin a tanta especulación, titulares engañosos y un sin fin de ofertas de los mercaderes de esperanzas.

Disipado el «Mito Delpino», volvamos a la realidad que nos consume, y hay que hacerlo aceptando que a punto de cumplirse un mes de aquella noche de gran derroche de cinismo, está demostrado que el énfasis mediático de tanto «experto» opinando desde el momento de pasadas las 48 horas de ley, sigue siendo errado.
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No hay que esperar ni pedir actas, hay que convencer que las publicadas son originales, válidas y MUCHO más legítimas que las actas de totalización que nunca se publicaron. Sobran argumentos.
Tienen un valor probatorio tan suficiente que en condiciones de normalidad, son ellas las necesarias y aceptadas para corregir los errores materiales de las actas de totalización ahora inexistentes, que correspondía hacer públicas al órgano respectivo.
Estoy convencido que una vez proclamado Maduro antes de totalizar, adjudicar y lo que es peor, antes de las 48 horas para que esas dos etapas se cumplieran, fue ordenada la destrucción de toda prueba física. Nada debe existir.

Vengo escribiendo eso desde ese momento y creo tener credenciales suficientes para explicarlo como ya lo he publicado y tomado en serio.
Solo hay que hacer entender con explicaciones precisas, soportadas en nuestras normas y el sentido común que «LA TOTALIZACIÓN» es sólo una sencilla pero necesaria sumatoria automatizada de todas las actas de escrutinios entregadas a los testigos de los mas de 30 mil centros de votación.
El CNE manifestó inicialmente que habían superado el ciber ataque y logrado la trasmisión del 80 por ciento de esa actas para dar un primer boletín irreversible. Sin embargo luego manifestó no haber actas. Allí comenzaron las contradicciones
Eso demostró que jamás el CNE haría la totalización detallada y sólo era necesario respetar y esperar el lapso de 48 horas
El que cualquier partido político realice en forma inmediata esa sumatoria para conocer el resultado no es otra cosa que el EJERCICIO DIRECTO DE SOBERANÍA previsto en el artículo 5 Constitucional y puesto de manifiesto según el artículo 140. La oposición la hizo con mas del 40 por ciento dentro las 48 horas. ¡ Imposible que sean fraudulentas.!
Al no hacerlo en el lapso de ley el órgano público encargado incurre en omisión fraudulenta, y siendo INTRANSFERIBLE la soberanía, un legítimo protagonismo y suma de voluntades del pueblo, procedió a hacer esa totalización.
Eso no es ilegal ni mucho menos delito, es participación protagónica.
Hay que reafirmar que vencido el lapso de ley para totalizar esos votos, el CNE se declaró en pleno desacato a la «Soberanía Popular» y por se activo el poder soberano. Ya lo he escrito (Cito)
«El artículo 140 de la Ley de Procesos Electorales ordena que el acto de escrutinio sea público y que el resultado de todas las actas de escrutinios impresas en cada centro electoral sean leídas en dichos centros ante sus electores «sin más limitaciones de público presente, que las del espacio físico».
Aquí el protagonista es el pueblo y el acto citado no es más que el «Ejercicio Directo de Soberanía». Después de efectuado el sufragio los miembros de la mesa le dan carácter público a esa lectura en el sitio y en el momento; no es el poder constituido el que hace pública esa lectura, es el pueblo en forma directa, en vivo y sin tiempo posible para fraudes.» (Fin de la cita)
Caracas, 25 de agosto del 2024

Coronel Ángel Alberto Bellorín
Abogado Magna Cumlaude
Doctor en Ciencias Jurídicas mención
Derecho Constitucional
Profesor con categoría de Titular
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