Título original: LA PERIODISTA ESTRELLA Y LAS ESTRELLAS DEL CORONEL: HISTORIA DE UN JUICIO INÚTIL. Por Ángel Alberto Bellorín (35ta. entrega).
LA PATADA EN LAS BOLAS
Esa mañana del viernes 10 de febrero de 2006 tuve que enfrentar a las cámaras de televisión y aunque para nada me sentía satisfecho con lo leído por la periodista Ibéyice Pacheco, yo cumpliría con mi palabra.
¡Cuánto me hubiera gustado que ese día hubiese tenido el escrito de Duque en mis manos!
Mi presencia en los tribunales fue sólo para declarar ante esa rueda de prensa y debía estar sereno, aunque no tenía palabras para el momento. Estaba indignado, frustrado, e intentaba parecer sosegado y moderado.
Sin duda que de haber leído el «Efecto Piñango», me habría referido a sus dos últimos párrafos con una sonrisa, a pesar del agudo dolor de bolas. Era sorprendente que no habían pasado 24 horas y ya todos habían olvidado el «exqiusmi‘ de Ibéyice.

Aunque ese señor periodista de nombre José Roberto Duque (a quien no conocí), lo hizo público en el portal chavista de Aporrea la tarde de aquel 10 de febrero, es una lástima que lo vengo a leer más de 18 años después.
Ahora que escribo esta historia le doy importancia a esa frase contundente expresada por Duque al afirmar que Ibéyice ‘era un termómetro bastante preciso» de lo que ocurría en el periodismo de aquel momento.
En este momento, me atrevo a afirmar que Ibéyice Pacheco era también un espejo donde se reflejaban todas aquellas taras sociales y conductas deshonestas de la sociedad venezolana llegadas al gobierno con el chavismo y que estaban haciendo metástasis en una sociedad fallida en su moralidad
ME DI MI POSTÎN PARA ESE PERDÓN
Quedaban dos semanas para la nueva fecha fijada a ese juicio que me había comprometido a detener, y aproveché algunos días para no pensar en los tribunales penales. En verdad me di todo el postín posible para hacer oficialmente y por escrito, mi decisión de solicitar la extinción del proceso.
Con el documento en mano, regresé a los tribunales el día 23 de febrero de 2006, fecha fijada para dar comienzo a ese segundo juicio. Con mucha firmeza y preparado mentalmente, me presenté en el Juzgado 17 de Juicio para concluir el tedioso litigio y ponerle fin a esta caricatura judicial.
Allí estaban los abogados de la periodista Ibéyice Pacheco, quizás temerosos de que, en lugar del perdón, hubiera decidido continuar con el juicio. En fin, era mi exclusiva decisión estar o no satisfecho con la conciliación y en una sociedad fallida haberlo hecho era normal; pero soy apegado a mis convicciones y tengo como norma existencial demostrar mis principios morales bajo cualquier circunstancia.
SRA. JUEZ YO PERDONO A IBÉYICE
En forma inmediata introduje en el tribunal un breve escrito de 4 folios donde, amparado en el mandato del artículo 106 del Código Penal Venezolano, solicité al tribunal la homologación judicial de mi decisión voluntaria y sin apremio alguno, para otorgar a la periodista Ibéyice Pacheco el perdón del ofendido respecto a las especies difamatorias por ella difundidas y así dar por concluido ese proceso penal.

Por tal razón comparto aquí el párrafo textual del petitorio planteado en el documento. (Cito)
«Por lo antes expuesto, solicito con todo respeto al Tribunal, se sirva en la oportunidad legal correspondiente, dictar el acto decisorio que conforme a derecho deba declararse en esta causa penal, producto del perdón que como victima (perdón del ofendido) hago en este acto, haciendo mención expresa en dicha decisión de la inexactitud de las acusaciones públicas objeto de este juicio, efectuadas por la acusada, tal como puede desprenderse de las declaraciones antes citadas que constituyen la motivación del presente perdón, así como también, el pronunciamiento referido a la reserva expresa de las acciones por la responsabilidad civil a que hubiere lugar, mi renuncia de las costas procesales incluyendo los honorarios profesionales y demás pronunciamientos de ley. (Fin de la cita)
Ese día 23 de febrero, ya introducido el perdón del ofendido; sólo quedaba esperar que la juez publicara su resolución judicial homologando la solicitud y otorgando las condiciones allí expresadas.
Con esa actuación se extinguía ese segundo juicio y se cerraba ese capítulo, quedando pendiente que finalizara lo relativo al ya desgastado primer juicio, con aquella condena que sin llegar a cumplirse, ya estaba casi extinguida.

RESUCITARON LA CONDENA DE IBÉYICE
En ese momento de estar en el Juzgado 17 de Juicio y revisar el expediente, me enteré que el lunes 13 de febrero la Corte de Apelaciones había declarado con lugar mi apelación, anulando la última actuación de Eliana Cherubini y ordenado nombrar una nueva juez para terminar de ejecutar devaluada sentencia de 9 meses de prisión.
En el expediente pude leer el oficio número 0377-08 de fecha 17 de febrero de 2006 firmado por la juez Belén Gamboa Curiel, Jueza Undécima de Primera Instancia en Función de Ejecución solicitando copia certificada del auto de admisión de ese segundo juicio contra la periodista Pacheco. Ella era la nueva juez de ejecución y había resucitado la condena de Ibéyice
El lector que lleve la secuencia de los eventos relatados en esta historia, sabrá que se refiere al mismo oficio de fecha 28 de mayo de 2005 firmado por la juez Ivonne Ayaach y recibido con acuse de recibo de la juez Eliana Cherubini.

Esa admisión de acusación tenía que estar en el expediente y me extrañó la innecesaria solicitud. Además, ya hemos afirmado que no es común esta iniciativa del juez en una acción penal privada. Algo no estaba bien.
Nada quise investigar sobre la causa de la solicitud de esa nueva juez de ejecución, aunque no pude dejar de comparar lo que me costó que esa notificación se hiciera posible en mayo de 2005.
NUNCA FUE OTORGADO EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN DE LA PENA.
Esta vez y por el contrario del 2005, en el expediente también estaba la expedita respuesta plasmada en oficio 087-06 de fecha 20 de febrero de 2006 donde la Juez de Juicio Ingrid Bohórquez Manrique en menos de 72 horas respondió remitiendo el auto de admisión e informando además que: «El mismo se encuentra para el debate oral y público el cual esta fijado para el dia 23-2-2006»
Por supuesto, para la fecha de ese oficio, la juez de juicio Ingrid Bohórquez no podía conocer e informar que tres días después, el 23 de febrero me presentaría a detener el proceso como estaba haciendo en ese momento.
Sin embargo, debo nuevamente aclarar que una vez estando firme la condena, el beneficio procesal de suspensión condicional de la pena no puede otorgarse si existe una admisión de una nueva acusación penal. (Artículo 494- 5 del COPP). Si el beneficio se ha otorgado debe ser revocado por la misma causa.(Artículo 500)
Esa admisión del 28 de abril de 2005, fue previa al trámite de aquel beneficio que nunca se acordó porque simplemente no podía ser otorgado; pero que sin embargo el 19 de mayo de 2005 la juez de turno ordenó un ilegal y fraudulento régimen de presentación para evadir la prisión ordenada por sentencia.
VER LOS TOROS DESDE LA BARRERA
En pleno derecho, el perdón del ofendido otorgado para este segundo juicio, no tenía nada que ver con la ejecución de sentencia que prácticamente ya estaba extinguida. La admisión de la acusación por si sola, surtía el efecto jurídico de impedir el beneficio.

Por tal razón, en ese momento obtuve alguna aproximada respuesta del porqué de la llegada del abogado José Luis Tamayo como nuevo pitcher y su apuro en conciliar.
Todas esas actuaciones ocurridas tan rápidamente, una vez que me había retirado de esta extenuante querella, eran por demás extrañas. Mas extraño fue que de ninguna de ellas fui notificado, ni siquiera de mi apelación, al momento de ser declarada con lugar.
Algo raro había en el ambiente, pero no quise profundizar sobre ese tema y decidí que no iba a intervenir en esa prolongada ejecución de sentencia, luego de haber perdonado el segundo juicio. Me limité a pedir dos copias simples para mi archivo y me retiré a mi oficina en Fuerte Tiuna para ver los toros desde la barrera.
Confieso que después de entregar personalmente el documento de solicitud de otorgamiento del perdón a la periodista estrellada, me propuse no pisar más los tribunales penales y sólo tenía que estar pendiente de la resolución judicial homologando el fin de ese proceso.
TRES EVENTOS SIMULTÁNEOS, NUEVAS COINCIDENCIAS
El día lunes 13 de marzo de 2006 fue otro de esos días de noticias y eventos que con extraña coincidencia, ocurrieron casi en forma simultánea. En condición de espectador me enteré de ello y era natural relacionarlos y dudar.
La revisión de tales eventos con un escrutinio racional, es necesario para poder concluir esta historia. Por tal razón serán enunciados y desarrollados en el orden como se presentaron.
- En primer lugar esa mañana fui informado que el Tribunal 17 de Juicio había publicado la orden judicial con la homologación del perdón del ofendido y por tal razón se sentenciaba la extinción del segundo juicio.
- En segundo lugar y casi en forma sincronizada, se hace noticia que el Tribunal de Ejecución niega el beneficio procesal de sustitución de condena y ordena la reclusión de la periodista Ibéyice Pacheco.
- En tercer lugar, una noticia señalada en esa misma fecha por todos los grandes medios, que al momento no di importancia pero que a los pocos días comprendí que si tenía alguna (o mucha) relación con los dos anteriores.
Me refiero a una reunión anual de la Sociedad Interamericana de Prensa que ese día lunes 13 de marzo fue noticia muy difundida informando que esa misma semana en Quito, capital de Ecuador, desde el 16 hasta el 20 de marzo, se llevaría a efecto
Los tres eventos anteriores deben ser relatados para hurgar en su interrelación, y aunque los días siguientes 14 y 15 de marzo fueron de muchas situaciones noticiosas, prefiero referirme inicialmente al día jueves 16 de marzo, cuando luego de varios días regresé a los tribunales a darme por notificado de la sentencia de homologación.
Cerrada la historia del segundo juicio, retomaré los siguientes eventos.
Caracas, 19 de octubre del 2024
Próxima entrega: «Primer evento, perdón homologado pero inmerecido.»

Coronel Ángel Alberto Bellorín
Abogado Magna Cumlaude
Doctor en Ciencias Jurídicas mención
Derecho Constitucional
Profesor con categoría de Titular
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