Título original: VENEZUELA MARGINADA ¿Que más te puede pasar? Por Ángel Alberto Bellorín
(Un escrito publicado el 12 de diciembre del año 2020 que al ser leído hoy, después de lo que se pudo lograr en las primarias de Octubre del año 2023 (sin CNE) y en las elecciones del 28 de Julio del 2024, (a pesar del CNE), merece ser compartido y revisado en su esencia)
Lo del fraude electoral Chavista por su magnitud y su continuidad histórica de tantas variables vergonzosas, no tiene discusión.

Ahora bien, referido a la consulta popular promovida por un grupo de «renombrados abogados,» patrocinada por una de las varias oposiciones y con tantas consideraciones surgidas de cualquier simple análisis, debo asegurar mi entender diferenciador entre legitimidad, constitucionalidad y legalidad. (en ese estricto orden de precedencia)
Enfocado estrictamente en ese punto y en tal precedencia, difiero de muchos «expertos jurídicos» adorados por el imaginario colectivo, que cada comentario que hablan o escriben, se reproducen como verdades categóricas sin dejar espacio para la sana dialéctica.

Como abogado y doctor en derecho constitucional (no constitucionalista por gracia mediática), debo afirmar que en Venezuela, al no existir estado de derecho y estar la constitución derogada de hecho, desde hace años, (esto si es verdad categórica que no admite contradicción) todo lo que está ocurriendo, y se hace noticia incesante y repetida sin procesar, son estrategias políticas algunas más toscas y descaradas que otras, promovidas por devaluados actores de esta opereta política en la que se convirtió Venezuela..
Ellos, los promotores de la mentada consulta popular ante un órgano electoral corrupto, tratan de la mejor manera posible, simular de jurídicos tales hechos que plantean cuando en verdad solo aportan nuevos insumos políticos de poco nivel para una comunidad internacional que en realidad no le interesa lo que en verdad establece nuestra constitución, ni están para revisar los detalles específicos de sus violaciones que, desde el mismo momento de su aprobación, acabó con la separación de poderes.
Sobran profesionales sin escrúpulos ni talento, carentes de verdadero conocimiento de nuestra carta magna, que siguen el guion y se prestan para el engañó pueril.
Ahora bien, en este caso de tal consulta me parece excelente que en vez de seguir el juego al Chavismo, propongan utilizar la figura de «Asamblea de Ciudadanos» prevista en el Artículo 70 y proyectarla al nivel nacional, como máximo medio de participación protagónica de la sociedad, haciendo énfasis en la calidad de «carácter vinculante» que le otorga dicho artículo constitucional.
Sería una novedosa salida constitucional de un pueblo organizado para intentar actúar en un ejercicio directo de su soberanía sin necesidad de intervención de un poder constituido puesto allí para para mantenerse en el poder y acallar la voluntad soberana.

Solo hay que comprender el mandato previsto como principio fundamental en el artículo 5 y en función de dicho principio, desarrollar esa forma de participación protagónica prevista en el citado artículo 70.
En mi opinión, al no existir ninguna ley que lo regule y ningún órgano gubernamental nacional con legitimidad para validar o deslegitimar una asamblea ciudadana a nivel nacional, es una herramienta legítima, constitucional y por lo tanto totalmente legal a pesar de no tener ley que lo regule.
Por tal razón, tiene un buen barniz jurídico para la validación internacional como opción política, si es que acaso para algo sea necesaria tal validación, y como otra nueva esperanza nacional para buscar la libertad perdida.
Si se deja en manos de el poder constituido, con su sistema de identificación, registros civiles y electorales viciados, contaminados y en nada confiables, por supuesto que veremos muertos votando, votantes repetidos, multicedulados, votantes venezolanos no inscritos en registro electoral y una cruenta guerra informativa de lado y lado.
A estas alturas del partido, el miedo no es opción. Parafraseando al monumental de Maracaibo pero pensando en Venezuela .
¿Qué más te puede pasar que ya no te haya pasado?
Caracas, 12 de diciembre de 2020

Coronel Ángel Alberto Bellorín
Abogado Magna Cumlaude
Doctor en Ciencias Jurídicas mención
Derecho Constitucional
Profesor con categoría de Titular
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