En mi escrito anterior afirmé lo siguiente:
Cito: «Un ciudadano interesado, en cualquier momento, acudirá al Tsj porque «presume» que el reglamento de las primarias, o su ejecución afecta algunos de sus derechos y presentará un rosario de estupideces en su «demanda de justicia».
Al día siguiente en justicia expedita, el bufete chavista que despacha desde ese secuestrado tribunal, responderá otorgando cualidad al patriota solicitante por algún derecho colectivo o difuso, que le ha sido o le será violado y decidirá mediante sentencia y jurisprudencia que reivindicará tal derecho.» (Fin de la cita)
Es una afirmación que vengo manifestando desde hace muchos años, pero que sin embargo al utilizarlo en mi último escrito sobre las primarias de oposición, ha recibido algunas críticas por considerarse un juicio sin mucho fundamento.
Es posible que sea una especulación ,sin embargo, como abogado y experto titulado en Derecho Constitucional, tengo años haciendo seguimiento al tema y muchos escritos con ensayos publicados y disponibles que desde el 2004 han analizado detalladamente todo lo referido al fraude Constituciónal.
Tal fraude es en si un hecho delictivo, una conspiración que el partido de gobierno ha realizado para acabar con el Estado de Derecho que representa el cumplimiento de esa Constitución.
Según el razonamiento anterior, se puede afirmar que soy un investigador planteando hipótesis a partir de la observación.
Sin duda alguna también afirmo con pruebas contundentes y así lo he denunciado en forma oficial desde el año 2010 ante las instituciones respectivas, que desde la aprobación del texto Constitucional el propio gobierno inicio esa conspiración para modificar en forma fraudulenta sus mandatos expresos.
Tal situación se hizo evidente a partir del año 2002 comenzando por el secuestro de los poderes de contrapeso y otras instituciones que hoy están bajo su total control.
Para tal fin, siempre ha requerido de tontos útiles, actores secundarios y desechables necesarios, tanto para activar desde afuera en aparente legalidad ,como para ejecutar desde adentro de esa institucionalidad secuestrada.
Son demasiadas las veces que en forma torpe y grotesca han utilizado las instituciones y en especial un tribunal supremo de Justicia clave para emitir sentencias con la finalidad complice de desaplicar el texto constitucional que de hecho, han derogada en la práctica.
Está ha sido una actividad constante de un plan que por años se ha estando ejecutando en forma continuada para evadir el cumplimiento de la constitución, haciendo letra muerta su verdadero contenido, empleando desde el poder una violencia de estado con muchas variables.
Son demasiadas las pruebas de lo que aquí expresó y sobre las que he escrito, pero el delito y mis afirmaciones pueden probarse desde los pequeños detalles . Me permito en este escrito evidenciar solo dos sentencias. Veamos.
PRIMERO: LIBRETO PARA LAS PRIMARIAS DEL 12 DE FEBRERO DEL 2012.
En la Sentencia Nro 66 del 14-02-2012, expediente Nro 12-0219, en su párrafo inicial se puede leer lo siguiente: (Cito)
“Mediante escrito presentado en esta Sala Constitucional el 13 de Febrero del 2011, el cddno. Rafael Antonio Velásquez Becerra, titular de la Cédula de Identidad número 4131712, asistido por la abogada Enna Lucía Rosales Ascanio, inscrita en el instituto de Previsión Social del abogado número 86 445 actuando en nombre propio y como “candidato a las elecciones primarias celebradas el día 12 de Febrero de 2012, interpuso acción de Amparo Constitucional conjuntamente con Medida Cautelar Innominada contra la Comisión Electoral de la Mesa de la Unidad por la presunta violación de los derechos a la Seguridad Jurídica, la información, al sufragio y a la defensa, a consecuencia del anuncio de destrucción de los cuadernos electorales utilizados en el referido proceso comicial, luego de 48 horas de realizado el proceso comicial» (Fin de la cita).

BREVE ANÁLISIS.
En este ejemplo, sin entrar en cantidad de detalles del contenido de la solicitud, ni calificaciones y cualidad jurídica del accionante, solo se debe sacar sencillas cuentas en las fechas.
Las elecciones se realizaron el 12 de Febrero del 2012, el accionante fue candidato perdedor en el Edo Yaracuy, al día siguiente 13 de Febrero se presentó en Caracas y ya tenía redactado un tremendo recurso que presentó en el TSJ.
Al día siguiente 14 de Febrero del 2012 el TSJ sentenció ordenando la entrega de los cuadernos electorales. ¿ Que piensa usted?
Sobre mi apreciación de lo que ocurrió en esas primarias y como se manipuló la Constitución sobran escritos.
SEGUNDO : LIBRETO PARA LA MUERTE DE CHÁVEZ E IMPOSICIÓN DE SU HEREDERO.
En Sentencia Nro. 141 del 08 de Marzo del 2013 se puede leer lo siguiente. (Cito)
«El 6 de Marzo de 2013, el ciudadano OTONIEL PAUTT ANDRADE titular de la cédula de identidad número 13.638.880,abogado inscrito en el instituto de previsión del abogado bajo el número 154.755, «procediendo con el carácter de miembro de la sociedad civil venezolana»,interpuso ante esta sala escrito contentivo de la solicitud de interpretación Constitucional del artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.» (Fin de la cita)

BREVE ANÁLISIS.
El día 5 de Marzo del 2013 aproximadamente a las 17 horas (05:00 PM), se anunció el polémico fallecimiento de Hugo Rafael Chávez Frías. En horas de la noche del mismo día el entonces Canciller Elías Jaua aseguró ante los medios que, el Vicepresidente Ejecutivo Nicolás Maduro, asumiría de manera temporal la Presidencia de la República. (Eso no es lo que establece la Constitución)
Al día siguiente, 06 de Marzo del 2013 y basado en ese anuncio como se desprende del recurso, el abogado escribió “tremendo recurso de interpretación”, tan bien sustentado, que todos sus argumentos fueron acogidos por los magistrados en una sentencia que a pesar del duelo nacional, fue publicada en tiempo récord el día 8 de Marzo y ese mismo día a las 8 de la noche, Nicolás Maduro fue juramentado como presidente encargado tal como lo ordenó la sentencia que fue la que creó ese cargo diferente a la de vicepresidente.
Los que hemos redactado recursos de interpretación a la carrera necesitamos por lo menos una semana y reconozco que este escrito tiene sus falacias muy bien estructuradas .
¿No les parece un libreto pensado y escrito con antelación?
Hoy se ha hecho noticia de un recurso interpuesto por un venezolano sediento de justicia, contra la primarias. Se abrió el telón, esperemos.
Caracas 31 de mayo del año 2023
Coronel del Ejército Ángel Alberto Bellorín
Abogado, Doctor en Derecho Constitucional
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