¿QUÉ HACER SI LA JUNTA DE CONDOMINIO NO QUIERE ENTREGAR SUS FUNCIONES A LA NUEVA JUNTA ELECTA?
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SALUDOS A TODOS:
Saludos a todos apreciados escuchas, les saluda su abogado condominial Rafael Ángel Viso Ingenuo, Presidente de Asesoría Pro Condominios, C.A. para abrir una vez más la ventana informativa de Curadas.com para todos los condominios de Venezuela, hoy para presentarles nuestro PROCONDOTIPS donde trataremos el tema: ¿QUÉ HACER SI LA JUNTA DE CONDOMINIO NO QUIERE ENTREGAR SUS FUNCIONES A LA NUEVA JUNTA ELECTA?; como nuestro aporte diario en el empeño de brindar orientación legal y compartir nuestras experiencias profesionales, útiles para educar a las comunidades inmobiliarias.
Esta es una situación atípica dentro de la dinámica condominial pero que se da con mucha frecuencia en la realidad de los condominios en Venezuela. Y la situación específica se presenta de la siguiente forma: se realiza una elección de la nueva Junta de Condominio en un edificio por parte de la Asamblea de Copropietarios legalmente convocada para tales fines y resulta que la Junta saliente, no le entrega los efectos contables, administrativos, materiales y ni las llaves de la oficina de administración, se niegan a colaborar en las diligencias bancarias para la exclusión de sus firmas y la incorporación de las de los nuevos miembros de la Junta, impidiéndoles de facto ejercer sus funciones y saboteando la nueva gestión.
Como especialista dedicado por más de 20 años al estudio de la materia condominial y comunitaria en nuestro país, he tratado de encontrar una explicación a estas conductas perjudiciales y autodestructivas de quienes las producen; y quiero compartirla con ustedes. Tiene que ver con el falso empoderamiento que varias personas sienten cuando ejercen unas funciones de representación de otras en un grupo social, creyéndose indispensables para la vida del cuerpo social, comunitario, cuando en verdad, la realidad nos dice todos los días que nadie es indispensable para nada en esta vida. Siempre habrá alguien con capacidad de realizar las funciones o trabajo de otra persona que por cualquier causa, lo deja de hacer.
Entonces, vemos un denominador común en estas personas que se creen indispensables: son poco tolerantes a la crítica; bastante arrogantes y prepotentes; basan el liderazgo en el ejercicio de una función de representación que mal entienden como si fuera de poder; no creen en el relevo funcional; son propensas a incurrir en abuso de derecho por la posición que ejercen; en síntesis, son personas con muy poca cultura democrática y cívica. Pero, ¿qué hacer entonces para que la Junta recién electa tome funciones? A continuación les doy mi receta para contrarrestar tales conductas perniciosas que atentan contra la buena marcha del condominio:
a- Denunciar ante todos los propietarios a los responsables de la Junta saliente que están entorpeciendo las tareas de la nueva Junta de Condominio. Utilizar los medios de comunicación electrónica y convocar a reuniones en la comunidad, ayuda a hacer entrar en razón a los irreflexivos.
b- En un caso extremo de no entrega, debe acudirse ante el Juez competente para intimar a los miembros salientes que resulten responsables de no entregar todos los efectos a la nueva Junta, de conformidad con lo establecido en el artículo 640 del Código de Procedimiento Civil Venezolano que dispone que: “Cuando la pretensión del demandante persiga el pago de una suma líquida y exigible de dinero o la entrega de cantidad cierta de cosas fungibles o de una cosa mueble determinada, el Juez, a solicitud del demandante, decretará la intimación del deudor, para que pague o entregue la cosa dentro de los diez (10) días apercibiéndole de ejecución. El demandante podrá optar entre el procedimiento ordinario y el presente procedimiento, pero este no será aplicable cuando el deudor no esté presente en la República y no haya dejado apoderado a quien pueda intimarse, o si el apoderado que hubiere dejado se negare a representarlo”.
c- Determinar con precisión los eventuales daños y perjuicios que la demora en la entrega cause a la comunidad de copropietarios, a los fines de imputar los daños y perjuicios a los responsables, judicialmente, atacando su patrimonio personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.185 del Código Civil Venezolano, norma que señala que quien cause daño a otro está obligado a repararlo.
De esta forma, con el rápido y categórico actuar de la Junta de Condominio entrante, se podría neutralizar las conductas perversas de la Junta saliente, como mecanismo ejemplar para que no vuelvan a repetirse en la vida futura del condominio.
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Por hoy, nos despedimos; no sin antes recordándoles que PROCONDOMINIOS es una empresa socialmente responsable, “educando a las comunidades inmobiliarias de Venezuela por un mejor vivir”. Saludos a todos.
Asesoría gratuita para Juntas de Condominio
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Temas legales, administrativos y gerenciales, para aprender respecto a Juntas de Condominio y otras comunidades inmobiliarias en Venezuela. Ideal para juntas de condominio, administradores y copropietarios. En exclusiva para Curadas, el abogado Rafael Viso, director de asesorías Procondominios, conduce este espacio.
Rafael Ángel Viso Ingenuo
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Muchas gracias Dr. Viso, sus comentarios os además de respetuosos y confirmados válidamente desde los puntos de vista humanos, y jurídicos, hacen muy instructivos sus valiosos aportes. Más que académicos son humanos muy comprensibles. Pedro Romero
Buenos días la entrega de una junta saliente a una nueva se debe hacer en el mismo día de ser elegida. Ó tiene la junta saliente algún tiempo establecido x ley para hacer entrega de llaves artículos, oficina,materiales o todo lo relacionado.
buenas tardes, cuantos dias hay que esperar para que una junta de condominio entregue a la nueva junta
Hola Ada. Pasamos tu consulta a Rafael Viso, experto en condominios.
La junta saliente no entrego a la actual las facturas, ni recibos de pago de los trabajadores ,ni ningún aval para el cobros de la deuda existente pues el tipo se robó casi todo y entrego solo un archivo excel con los montos de deudas por cobrar a los propietarios desde más de 12 años de atraso y los propietarios quieren pagar pero exigen las facturas ..que puede hacer la nueva junta que no recibió nada?