(Continuación)
Desde que Guyana acudió unilateralmente a la Corte Internacional de Justicia a propósito de buscar solucionar el diferendo existente sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, han salido a relucir diferentes hechos históricos y del presente que no pueden eludirse, e incluso olvidarse, y que deben conformar parte del contexto que obligatoriamente le atañe a dicha Corte Internacional hoy en día. Este hecho en principio debe sustentarse indefectiblemente en que el Tribunal conformado en 1897 a raíz de la firma del Tratado de Washington, se conformó mediante la aceptación forzosa y luego legalizada por Venezuela, en la que los Estados Unidos de América representaría a nuestro país para culminar posteriormente en el Laudo Arbitral de París de 1899, hecho que indistintamente de lo viciado por los hechos ocurridos y manipulados entre Gran Bretaña y Rusia para favorecer sus propios intereses, había
sido aceptado por el Gobierno de Venezuela para su activación jurídica y actuación legal en aras de arribar a una justa solución sustentada, que debió haber culminado con los límites de Venezuela por el este con el Río Esequibo.
De lo contrario, es decir, sin la firma del Tratado de Washington, no se hubiese celebrado el Laudo Arbitral de París de 1899. En este contexto, hoy en día viene ocurriendo una situación aberrada que no puede omitirse, dado que la activación del Tribunal Internacional de Justicia se hizo por parte de Guyana de manera unilateral, obedeciendo claramente a intereses que soslayan lo establecido en el Acuerdo de Ginebra de 1966, demostrando con ello la mala fe puesta en juego por parte del Gobierno de ese país, y obviando lo que la historia se ha encargado de recordar una y
otra vez sobre la acción ejercida en aquel Tribunal de 1899, en el que le fueron traspasados a Gran Bretaña 159.500 kilómetros cuadrados de territorio que para entonces formaban parte indiscutible y jurídicamente sustentada de Venezuela.
En la ventana de reflexión histórica sobre los hechos ocurridos, no cabe duda que aquel Tribunal integrado sólo por dos jueces ingleses, dos norteamericanos y un ruso, culminó con la subordinación de éste último a los intereses británicos, y dictó sentencia sobre un asunto vital para la nación venezolana; sin embargo, a pesar de ello, el 17 de febrero de 1966 se firmó entre Venezuela y el Reino Unido el Acuerdo de Ginebra, en el que se estableció que a raíz de haberse considerado nulo e írrito el Laudo arbitral de París de 1899, se estaría conformando una comisión mixta para la búsqueda de soluciones prácticas y satisfactorias entre ambos países; a tal fin, Gran Bretaña procedió a concederle la independencia a la Guayana Británica ese mismo año, y como lo mencioné en el artículo anterior, el gobierno de Venezuela hizo el reconocimiento correspondiente con la clara reserva de su reclamación del Territorio Esequibo.
Luego de la culminación del Protocolo de Puerto España en 1982, al
reactivarse la reclamación respectiva, ambas partes acordaron acudir al Secretario General de la ONU para que éste propusiese una solución pacífica escogida entre las propuestas establecidas en la Carta de las Naciones Unidas, y tomando en cuenta que no se había llegado a una solución adecuada, el mismo Secretario General de dicha organización, Antonio Guterres, en contradicción a lo que debió ser su actuación, aunado a su posición política, recomendó al Gobierno de Guyana acudir a
la Corte Internacional de Justicia, sin olvidar que durante todo este período, Guyana cometió violaciones y aún las sigue cometiendo en materia de otorgamiento de concesiones tanto en el territorio continental como off shore (plataforma continental) del espacio geográfico integral del Esequibo, y éste no se pronunció ni ejerció acción alguna sobre dichas transgresiones.
Hace poco recibí como documento virtual, el libro “Venezuela en sus espacios marítimos en el Atlántico ayer y hoy” (2020), escrito por el Dr. Manuel Donís Ríos, en el que expone claramente que:
La aspiración guyanesa de cerrar a Venezuela la salida atlántica nos recuerda el interés de Gran Bretaña durante el siglo XIX y XX por controlar no solo las bocas del Orinoco, sino de navegar por nuestras arterias fluviales. Las líneas Shomburgk buscaron este objetivo. Y el Laudo de París de 1899 le concedió a Gran Bretaña, sin tener la menor sombre de Derecho, la libre navegación del Barima y el Amacuro como
salidas y aproximaciones del Orinoco (p. 60).
La sumatoria de todos estos intereses ha conllevado en el tiempo a que
Guyana necesita explorar y explotar todos los recursos allí existentes en el vasto espacio geográfico integral del Esequibo, y de allí, el interés en llevar a Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia; sin embargo, aquí entra otro elemento distinto al mencionado inicialmente en este artículo, el cual hace que sea incompatible al Acuerdo de Ginebra de 1966, dado que en ese documento acordado entre las partes, el acudir a un Tribunal Internacional de Justicia no encaja racionalmente en la búsqueda de un arreglo práctico, considerando que esa no es la usual inclinación en
cuanto a la toma de decisiones de un Tribunal, lo que constituye una flagrante violación de dicho Acuerdo por parte de Guyana.
Aunado a dichas violaciones, no podemos olvidar las implicaciones de cesión de soberanía que involucraron intereses extranjeros, daños ambientales irreversibles en la zona en reclamación y compromisos contractuales por 99 años, con la instalación de una base de cohetes para lanzamiento de satélites en el área de Guainía (25 kilómetros del Estado Delta Amacuro), lo que constituía un claro mensaje de que el gobierno guyanés no estaba tomando en serio su compromiso de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia, surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera Venezuela y Guayana Británica es nulo e irrito. La reacción venezolana convocó distintos recursos del Estado para anular esta
acción estratégica guyanesa, logrando su neutralización y reconsideración guyanesa sobre el compromiso adquirido con el Secretario General de la O.N.U., lo que señala el vacío que existe sobre la racionalidad que debía predominar en la consciencia y el campo ético, al pretender originar daños ecológicos inescrupulosos en un espacio geográfico integral que ambas partes entienden y conocen de su legítima pertenencia a la República Bolivariana de Venezuela, de lo contrario, Guyana hubiese continuado.
La trascendencia de los temas ecológicos requiere actualizar el lenguaje que
se utilizaba hacia las Naciones en vías de desarrollo. El fracaso del experimento económico implantado por el modelo neoliberal, obligó a que los Estados realicen profundas revisiones, que en el caso de Venezuela tiene actualmente un alcance sobre los siete ámbitos del interés nacional. La inquietud por el impacto ambiental de los planes económicos, prevalece como tema trascendental sobre la decisión para su ejecución, que aunado a los derechos del Estado venezolano sobre el espacio geográfico integral del Esequibo, constituye ineludiblemente un irrespeto de Guyana el siquiera haber intentado llevar a cabo dicho proyecto.
Otro factor en favor de Venezuela, ha sido la insistencia en definir una posición ante la comunidad internacional, al trazar la zona económica exclusiva en el océano Atlántico, previo el Tratado de Delimitación de aguas marinas y submarinas con Trinidad & Tobago, lo que constituye con la presencia de la flota pesquera y de la Armada un aval jurídico en el principio de la soberanía sobre los espacios acuáticos del Atlántico. La exploración y explotación conjunta en asuntos energéticos ha fortalecido esta aseveración. Esta acción posibilita la aparición de elementos objetivos
para el Estado venezolano alineados con los siete ámbitos del interés nacional; de allí que en los espacios acuáticos del Atlántico, la retórica de Guyana frente a la comunidad internacional había sufrido un drástico retroceso, lo cual está compensando hoy en día con el otorgamiento de concesiones a potencias extranjeras.
Una racionalidad desviada como los argumentos presentados por Guyana, pone en tensión los núcleos del poder, abriendo cursos para el desarrollo de otros pensamientos, valores, políticas y prioridades que conformen distintos modos de actuación, que mejoren y fortalezcan el entendimiento en el marco del Acuerdo de Ginebra. Solo así, es posible que en una época de cambios acelerados con el dinamismo y la coyuntura geopolítica del continente, se den las condiciones apropiadas para otras formas de consciencia donde los contenidos de la racionalidad que utiliza Guyana ante la comunidad internacional sobre Venezuela queden desplazados, al reconocer esta la obligación que tiene de otorgar la reivindicación del
espacio geográfico integral venezolano en el Esequibo.
La Comisión Bilateral de Alto Nivel es una instancia de entendimiento que debe convidar por la cooperación y no por la confrontación; el gobierno venezolano debe promover la consolidación de toda iniciativa acordada con Guyana. Aún cuando la coyuntura ha señalado lo contrario, nuestra Nación debe mantener la firme convicción que la controversia territorial debe ser solucionada pacíficamente, optando por el desarrollo de unas relaciones bilaterales armoniosas fundamentadas en la amistad, la integración y la cooperación, pero siempre procurando el interés nacional de reivindicar su soberanía y salvaguardar su integridad territorial en el espacio geográfico integral del Esequibo, y ello se puede lograr a través del Acuerdo de Ginebra y no erróneamente como lo ha hecho Guyana a través de la Corte Internacional de Justicia.
Mis estudios e investigaciones en el tiempo me señalan que desde la activación del mecanismo de los Buenos Oficios, este había logrado parcialmente su objetivo al crear un clima propicio entre las partes, pero la dinámica del tema fue debilitándose aceleradamente, enfriándose y luciendo ya agotado, hecho que fue aprovechado por Guyana para conformar una actuación frustrante y tóxica, por lo que no podemos
seguir tapando el sol con un dedo. El Gobierno venezolano ha venido planteando un mayor afán en la mesa de entendimiento, exponiendo sus aspiraciones por discutir el mandato del Acuerdo de Ginebra de 1966 sobre los medios de solución de la controversia en cuanto al espacio geográfico integral del Esequibo, pero esta actuación no ha sido totalmente consistente, por lo que la imagen proyectada por la República Bolivariana de Venezuela ante la comunidad internacional merece una revisión, y debe resurgir como prioridad de la Cancillería junto con los demás organismos del Estado en provecho de las actividades que realiza la diplomacia venezolana.
Cuando los mandatarios nacionales de ambos Estados originan políticas y
actitudes plausibles, que suman más bien a las acciones generadas por los líderes precedentes que condujeron la reclamación territorial sobre un contexto de difícil entendimiento, ello adquiere perspectivas muy diferentes sobre esta temática dada la realidad geopolítica de la Nación venezolana ante la comunidad internacional que, acompañada con los procesos políticos que se circunscriben hoy en día, se abre una ventana estratégica bidireccional que plantea alternativas a la controversia sobre el
espacio geográfico integral esequibense, en la que la Corte Internacional de Justicia no es precisamente la mejor alternativa. Guyana no puede olvidar que será nuestra vecina por siempre, más temprano que tarde nos necesitará, y el territorio en reclamación siempre tendrá en la frente de su historia “el sol de Venezuela nace en el Esequibo”.
José Chachati Ata
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