Decreto que exonera Impuesto Sobre La Renta. Han estado circulando en forma paralela dos criterios diferentes para aplicar la exoneración prevista en el Decreto N°. 4.420 del 18/01/2021, en cuanto al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).
LOS DOS CRITERIOS EN EL DECRETO QUE EXONERA IMPUESTO SOBRE LA RENTA SON:
- P
ersona natural residente en el país, por enriquecimiento anual de fuente territorial, durante el 2020:cuyo salario o ingreso no supere los 5 salarios mínimos. Persona natural residente en el país, por enriquecimiento anual de fuente territorial, durante el 2020:si supera las 5.000 U.T
OBLIGADOS A DECLARAR ANTES DEL DECRETO QUE EXONERA IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Personas naturales residentes en el país y herencias yacentes: que obtuvieran ganancia mayor a 1.000 Unidades Tributarias de enriquecimiento global neto, o ingresos brutos mayores a 1.500 Unidades Tributarias.
Personas jurídicas: deben declarar, independientemente de los enriquecimientos obtenidos o de las pérdidas sufridas.
DECRETO QUE EXONERA IMPUESTO SOBRE LA RENTA N° 4.420 DEL 18/01/2021:
En una primera versión, se exonera al: enriquecimiento anual de fuente territorial, obtenido por personas naturales residentes en el país, durante el 2020, cuyo salario normal o ingreso no supere 5 salarios mínimos.
En una segunda versión, se exonera a: Las personas naturales residentes en el país, deberán pagar el Impuesto sobre la Renta solo por los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos durante el 2020, que superen las 5.000 U.T.
Quedando gravado el excedente que pudiesen tener sobre dicho monto.
CONCLUSIÓN DECRETO QUE EXONERA IMPUESTO SOBRE LA RENTA:
Como podrá concluir nuestro lector, la mayoría de las personas en nuestro país obtuvieron ingresos superiores a 5.000UT (7.500.000Bs.), durante el 2020, por lo que casi todos deberán cancelar el impuesto en cuestión.
Lo anterior a consecuencia de mantener subvaluada la Unidad Tributaria, por lo que la exoneración tiene realmente un alcance si se quiere, virtual.
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Pura paja loca.
Lo ponen, lo cambian o lo eliminan cuando les de la gana. A capricho de las ratas rojas.
Jubilados y pensionados pagan ISLR?
Antes estábamos exonerdaros ahora no sabemos.
Es una burla al ciudadano. No creo haya ninguna persona en Venezuela que sus ingresos en el 2020 sean inferiores a cualquiera de las dos versiones. Y es un indicativo inequívovo de los amplios conocimientos fiscales/tributarios de varios «jefes» en el SENIAT.