No es legal multar a los morosos en el condominio – Rafael Viso

¿Es legal cobrar multas a las personas que están en mora con el condominio?

No es legal cobrar multas a los deudores. En estos casos debe seguirse el Código Civil venezolano.

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11 comentarios en «No es legal multar a los morosos en el condominio – Rafael Viso»

  1. Deseo preguntar: Hay un escape de gas en el edificio fuera de los apartamentos. Se le puede reclamar a la empresa de gas o a la alcaldía para que repare la fuga?

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  2. Buenas tardes,

    Soy el administrador de una Junta de Condominio la cual cesó su función el 15/01/2022, ya que comenzamos a ejercer nuestras funciones el 15/01/2021; el punto es que llamamos a 3 reuniones baja solo el 20% de los copropietarios y nadie se postula para formar la próxima junta de condómino, nosotros ya asentamos en el libro de actas e informamos por el grupo del condominio que no seguiremos en dicha junta porque ya finalizó nuestro tiempo.
    1. ¿Que debemos hacer?
    2. Hasta donde es nuestra responsabilidad ahora?
    3. Hay algún artículo en la Ley que nos proteja, porque algunos copropietarios dicen que hasta que alguien no se postule nosotros debemos seguir ejerciendo, es cierto?
    Mucho agradecería su información.

    Buenas tardes,

    Soy el administrador de una Junta de Condominio la cual cesó su función el 15/01/2022, ya que comenzamos a ejercer nuestras funciones el 15/01/2021; el punto es que llamamos a 3 reuniones baja solo el 20% de los copropietarios y nadie se postula para formar la próxima junta de condómino, nosotros ya asentamos en el libro de actas e informamos por el grupo del condominio que no seguiremos en dicha junta porque ya finalizó nuestro tiempo.
    1. ¿Que debemos hacer?
    2. Hasta donde es nuestra responsabilidad ahora?
    3. Hay algún artículo en la Ley que nos proteja, porque algunos copropietarios dicen que hasta que alguien no se postule nosotros debemos seguir ejerciendo, es cierto?
    Mucho agradecería su información.

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  3. Gracias, por este medio informativo. Quisiera realizarle una consulta.Que hacer en los casos de la no cancelación de los pagos de canón condominios por algunos propietarios, y solo algunos solventamos los gastos, los que nos parece injusto. La administración bajo las quejas nuestras nos informa, que es más gastos realizar procedimientos administrativos. Qué Hacer con nuestros derechos?

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  4. Buenas noches,por medio de la presente, le hago estás preguntas.
    1.-En caso de existir morosidad con dos recibos de condominios, la administradora, puede aplicar el diferencial cambiario si este diferencial es aplicable a los condominios.
    2.-El libro de actas debe de las asambleas, debe o no estar en manos de la administradora.
    3.-Es legal que la administradora intervenga en la elección de una junta de condominio.
    4.-A que organismo hay que dirigirse para que el presidente del condominio, junto con la administradora rindan cuentas,la junta de condominio tiene 7 años y jamás a entregado rendición de cuentas a los co-propietarios.
    5.-Es legal que el presidente,tomé decisiones sin consultar a los co-propietarios, sin realizar asambleas.

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  5. Buenas tardes, hay alguna manera de hacer que los deudores de un condominio realicen el pago del mismo? en vista de que hay personas que llevan hasta mas de un año sin realizar el pago.

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